Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 238 de 05/12/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Decreto 349/2011, de 22 de noviembre, por el que se acepta la cesión gratuita de la propiedad a la Comunidad Autónoma de Andalucía, acordada por el Ayuntamiento de Aznalcázar (Sevilla), del inmueble sito en la calle Antonio Machado, núm. 7, de dicho municipio, con destino a Consultorio Local, y se adscribe al Servicio Andaluz de Salud.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Por el Ayuntamiento de Aznalcázar (Sevilla), se ha acordado ceder gratuitamente la propiedad a la Comunidad Autónoma de Andalucía de un inmueble sito en la calle Antonio Machado, núm. 7, de dicho municipio, con una superficie construida de 576 m², con destino a Consultorio Local.

Por la Consejería de Salud se considera de interés la aceptación de la referida cesión gratuita, ya que permitirá la mejora del dispositivo de asistencia sanitaria primaria ahora existente, en beneficio de toda la población de la zona.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 22 de noviembre de 2011,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo previsto en el artículo 80, y concordantes, de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la cesión gratuita de la propiedad acordada por el Ayuntamiento de Aznalcázar (Sevilla) de un inmueble de su titularidad sito en la calle Antonio Machado, núm. 7, de dicho municipio, con una superficie construida de 576 m².

Consta inscrito en el Registro de la Propiedad número 1 de Sanlúcar la Mayor (Sevilla), finca registral número 11.354, tomo 2.788, libro 192, folio 39, con referencias catastrales 4123032QB4332S0001GW, 4123031QB4332S0001YW y 4123002QB4332S0001PW.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, la cesión gratuita de la propiedad se formalizará en escritura pública o documento administrativo y se inscribirá en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Tercero. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la cesión gratuita de la propiedad del inmueble indicado en el apartado primero, que se adscribe al Servicio Andaluz de Salud, con destino a Consultorio Local.

Cuarto. Por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 22 de noviembre de 2011

José Antonio GriñÁn Martínez

Presidente de la Junta de Andalucía

Carmen Martínez Aguayo

Consejera de Hacienda y Administración Pública

Descargar PDF