Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 238 de 05/12/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de Violencia sobre la Mujer

Edicto de 21 de noviembre de 2011, del Juzgado de Violencia sobre la Mujer núm. Tres de Sevilla, dimanante de autos núm. 150/2010.

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NIG: 4109142C20090035686.

Procedimiento: Familia. Modificación medidas supuesto contencioso 150/2010. Negociado: JM.

De: Doña Macarena Escudero Villalba.

Procuradora: Sra. María Cruz Forcada Falcón.

Contra: Don Roger Akpa.

EDICTO

En el presente procedimiento Familia. Modificación medidas supuesto contencioso 150/2010 seguido a instancia de Macarena Escudero Villalba frente a Roger Akpa, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA Núm. 60/11

En Sevilla, a catorce de noviembre de dos mil once.

Vistos por doña María del Rosario Sánchez Arnal, Magistrada Juez del Juzgado de Violencia sobre la Mujer núm. Tres de Sevilla, los autos del juicio de modificación de medidas de hijos de uniones de hecho 150/10 seguidos a instancia de doña Macarena Escudero Villalba, representada por la Procuradora doña María Cruz Forcada Falcón y asistida por el Letrado don Alberto Manuel Aliaño Cabrera, contra don Roger Akpa, en situación de rebeldía, siendo parte el Ministerio Fiscal, de acuerdo con los siguientes

FALLO

Que estimando la demanda de modificación de medidas interpuesta por la Procuradora doña M.ª Cruz Forcada Falcón, en nombre y representación de doña Macarena Escudero Villalba, contra don Roger Akpa, debo declarar y declaro haber lugar a modificar la estipulación segunda de la sentencia dictada en fecha 4 de mayo de 2009 por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer Núm. Tres de Sevilla en el procedimiento 54/08 en el sentido de suspender el régimen de visitas establecido en la misma a favor del progenitor no custodio. Y todo ello sin hacer expresa imposición de costas.

Contra esta resolución cabe recurso de Apelación en ambos efectos para ante la Audiencia Provincial de Sevilla que en su caso deberá interponerse por escrito ante este mismo Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente a su notificación (artículos 455 y 457 de la LEC).

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 3702-0000-02-015010, indicando en las Observaciones del documento de ingreso qué tipo de recurso se trata, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos para su debido cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la Sra. Magistrada-Juez que la suscribe, en el día de la fecha y hallándose celebrando Audiencia Pública por ante mí. Doy fe.

Y encontrándose dicho demandado, Roger Akpa, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla, a veintiuno de noviembre de dos mil once.El/La Secretario/a Judicial.

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