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Primero. De conformidad con lo establecido en los artículos 13 y 21 de la mencionada Orden de 7 de julio de 2011, en relación con lo dispuesto el articulo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 24 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, se informa que, detectados errores en las solicitudes presentadas, mediante Resolución de esta Gerencia se requiere a las personas interesadas que figuran en su Anexo, para subsanen las faltas o deficiencias que en el mismo se indican para cada una de ellas.
Segundo. El contenido íntegro del requerimiento será expuesto en el tablón de anuncios de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, sito en Edif. Estadio Olímpico, puerta M. Isla de la Cartuja, s/n, 41092, Sevilla, y en la página web de dicha entidad (w.aaiicc.es).
Tercero. El plazo para efectuar la subsanación es de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de a publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Se informa igualmente a las personas interesadas que, en caso de no atender el presente requerimiento completando la subsanación dentro del plazo establecido, se les tendrá por desistidas de su solicitud de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, previa resolución que deberá ser dictada en los términos del artículo 42.1 de la referida Ley 30/1992.
Sevilla, 29 de noviembre de 2011.- El Gerente, Alberto Mula Sánchez.
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