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De acuerdo con lo establecido en el art. 84 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el art 110.1 del Reglamento para el Régimen de la Minería, se le concede un plazo de 10 días para alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes al inicio de la caducidad de las 4 cuadrículas mineras que forman el Permiso de Investigación citado en el asunto.
Motivo de caducidad: Art. 108, apartado e), del Reglamento para el Régimen de la Minería: por no iniciarse o realizarse los trabajos en los plazos, forma e intensidad aprobados por la Delegación Provincial correspondiente.
Almería, 23 de noviembre de 2011.- El Jefe del Servicio de Industria, Energía y Minas, José López García.
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