Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Acuerdo de fecha 2 de diciembre de 2011 de la Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, por el que se ordena la notificación por edicto del Inicio de Acogimiento Familiar Preadoptivo, de la Resolución de extinción del acogimiento familiar permanente y la Resolución definitiva de acogimiento familiar preadoptivo de la menor L.D., a doña Corina Dobre, al estar en ignorado paradero en el expediente incoado.
En virtud de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se les significa que pueden personarse en el Servicio de Protección de Menores de Córdoba a fin de ser notificados del contenido íntegro de los actos así como que disponen de un plazo de quince días hábiles desde el siguiente a la publicación del presente anuncio para prestar el consentimiento a dicho acogimiento, según lo dispuesto en el artículo 44 del Decreto 282/2002, de 12 de noviembre, de Acogimiento Familiar y Adopción.
Córdoba, 2 de diciembre de 2011.- La Delegada, Silvia Cañero Horcas.
Descargar PDF