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En fecha 9 de diciembre de 2011, se ha dictado la siguiente resolución de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud:
«Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Doce de Sevilla se ha efectuado requerimiento para que se aporte el expediente administrativo correspondiente al recurso P.A. núm. 660/11, interpuesto por doña Eva María Díaz Hernández contra la desestimación por silencio administrativo del recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de 6 de junio de 2011, de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueba a propuesta de la Comisión de Valoración, el listado definitivo de personas candidatas de Enfermera y Enfermera de Áreas Específicas (Cuidados Críticos y Urgencias, Diálisis, Neonatología, Quirófano y Salud Mental) de la Bolsa de Empleo Temporal, correspondientes al período de valoración de méritos de 31 de octubre de 2010.
De conformidad con lo previsto en el art. 48.4 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, remítase al Juzgado copia precedida de un índice de los documentos que lo integran.
Emplácese a cuantos aparecen como interesados en dicho expediente para que puedan personarse ante el órgano jurisdiccional como demandados. Sevilla, a 9 de diciembre de 2011. El Director General de Personal y Desarrollo Profesional. Fdo.: Antonio José Valverde Asencio.»
Por dicho órgano judicial se señala para la celebración de la vista el día 11.2.13, a las 10,35 horas.
En consecuencia, de conformidad con lo ordenado por el órgano jurisdiccional,
HE RESUELTO
Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso-administrativo P.A. núm. 660/11.
Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para que, de conformidad con el artículo 78 en relación con el 49.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, los interesados puedan comparecer y personarse en el plazo de nueve días ante dicho Juzgado en legal forma, haciéndoles saber que de personarse fuera del indicado plazo se les tendrá por parte sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento y que, de no hacerlo oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación alguna.
Sevilla, 9 de diciembre de 2011.- El Director General, Antonio José Valverde Asencio.
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