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Esta Delegación Provincial, en el ejercicio de la delegación de competencias atribuidas por la Orden de 22 de septiembre de 2003, y conforme al artículo 15 de la Orden de 15 de abril de 2011, que regula la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar, una vez estudiadas las solicitudes conforme al procedimiento y con las condiciones establecidas en dicha Orden, valorados los proyectos y emitida su propuesta por la Comisión Evaluadora provincial a quien compete:
RESUELVE
Primero. La Resolución de la convocatoria que realiza la Orden de 15 de abril de 2011 de concesión de subvenciones para financiar programas de absentismo escolar en el curso 2011/2012, otorgando dichas subvenciones a las entidades sin fines de lucro que se relacionan er el Anexo I.
Segundo. Desestimar las restantes solicitudes que han participado en la convocatoria por los motivos que se especifican en el Anexo II.
Tercero. Disponer el plazo de ejecución de las actividades subvencionadas que se extenderá desde la publicación de esta Resolución hasta la finalización del curso académico 2011/2012, y asimismo, el plazo de justificación de las ayudas recibidas, desde la finalización del proyecto de actividades y hasta el 31 de agosto de 2012, debiendo presentar una cuenta justificativa de cumplimiento de la actividad, ante esta Delegación Provincial, acompañada de la documentación preceptiva que señala el artículo 27 de la Orden de 15 de abril.
Cuarto. El pago de las subvenciones se realizará en un solo pago anticipado por el total de la cuantía concedida, mediante transferencia bancaria a las cuentas designadas por las entidades beneficiarias de estas ayudas y, cuyo importe conjunto de noventa y ocho mil setecientos nueve euros (98.709,00 euros) estará a cargo de la aplicación presupuestaria: 0.1.11.00.02.18.481.00.42F.9.
Quinto. La presente Resolución pone fin al procedimiento y agota la vía administrativa pudiendo interponerse contra ella recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio (BOE 167, de 14 de julio), reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente, recurso de reposición en los términos establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE 285, de 27 de noviembre).
Granada, 28 de noviembre de 2011.- La Delegada, Ana Gámez Tapias.
ANEXO I | ||||
ENTIDADES | CIF | PRESUPUESTO | SUBVENCIÓN | PORCENTAJE |
Secretariado Gitano | G-83117374 | 22.709 | 22.709 | 100% |
Asociación Romí | G-18222240 | 20.000 | 20.000 | 100% |
Caritas Diocesana | R-1800085A | 7.000 | 7.000 | 100% |
Asociación Anaquerando | G-18234583 | 7.000 | 7.000 | 100% |
Federación Asoc. Culturales y Cristianas | G-23426465 | 5.000 | 5.000 | 100% |
Federación Padres Alumnos Alhambra | G-18048520 | 7.000 | 7.000 | 100% |
Asociación Almanjáyar en Familia | G-18710558 | 10.000 | 7.000 | 70% |
Federación Gitana Kali | G-91274035 | 7.000 | 7.000 | 100% |
Asociación Ensorema | G-18651992 | 8.000 | 8.000 | 100% |
Unión Romaní | G-78339587 | 8.000 | 8.000 | 100% |
TOTAL | 98.709 |
ANEXO II | ||
ENTIDADES |
CAUSA DE EXCLUSIÓN |
ORDEN DE 15-ABRIL-2011 |
Cruz Roja | Crédito agotado | Artículo 5.1 |
ACCEM | Crédito agotado | Artículo 5.1 |
ALCOBITA | Crédito agotado | Artículo 5.1 |
Asociación Los Primeros | Crédito agotado | Artículo 5.1 |
REC-Radio Educativa | Crédito agotado | Artículo 5.1 |
Fundación Don Bosco | Crédito agotado | Artículo 5.1 |
Fundación VECA | Crédito agotado | Artículo 5.1 |
Asociación Hogar 20 | Crédito agotado | Artículo 5.1 |
Asociación Arca Empleo | Crédito agotado | Artículo 5.1 |
Fundación Ave María | Crédito agotado | Artículo 5.1 |
Asociación Asperger | Crédito agotado | Artículo 5.1 |
Federación de Sordos | Crédito agotado | Artículo 5.1 |
Asociación Amefa | Crédito agotado | Artículo 5.1 |
Asociación Pranadanza | Crédito agotado | Artículo 5.1 |