Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 254 de 30/12/2011

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Consejería de Educación

Resolución de 28 de noviembre de 2011, de la Delegación Provincial de Granada, por la que se asignan subvenciones a entidades sin fines de lucro para la puesta en marcha de acciones encaminadas a la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar en el curso 2011/2012.

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Esta Delegación Provincial, en el ejercicio de la delegación de competencias atribuidas por la Orden de 22 de septiembre de 2003, y conforme al artículo 15 de la Orden de 15 de abril de 2011, que regula la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar, una vez estudiadas las solicitudes conforme al procedimiento y con las condiciones establecidas en dicha Orden, valorados los proyectos y emitida su propuesta por la Comisión Evaluadora provincial a quien compete:

RESUELVE

Primero. La Resolución de la convocatoria que realiza la Orden de 15 de abril de 2011 de concesión de subvenciones para financiar programas de absentismo escolar en el curso 2011/2012, otorgando dichas subvenciones a las entidades sin fines de lucro que se relacionan er el Anexo I.

Segundo. Desestimar las restantes solicitudes que han participado en la convocatoria por los motivos que se especifican en el Anexo II.

Tercero. Disponer el plazo de ejecución de las actividades subvencionadas que se extenderá desde la publicación de esta Resolución hasta la finalización del curso académico 2011/2012, y asimismo, el plazo de justificación de las ayudas recibidas, desde la finalización del proyecto de actividades y hasta el 31 de agosto de 2012, debiendo presentar una cuenta justificativa de cumplimiento de la actividad, ante esta Delegación Provincial, acompañada de la documentación preceptiva que señala el artículo 27 de la Orden de 15 de abril.

Cuarto. El pago de las subvenciones se realizará en un solo pago anticipado por el total de la cuantía concedida, mediante transferencia bancaria a las cuentas designadas por las entidades beneficiarias de estas ayudas y, cuyo importe conjunto de noventa y ocho mil setecientos nueve euros (98.709,00 euros) estará a cargo de la aplicación presupuestaria: 0.1.11.00.02.18.481.00.42F.9.

Quinto. La presente Resolución pone fin al procedimiento y agota la vía administrativa pudiendo interponerse contra ella recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio (BOE 167, de 14 de julio), reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente, recurso de reposición en los términos establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE 285, de 27 de noviembre).

Granada, 28 de noviembre de 2011.- La Delegada, Ana Gámez Tapias.

ANEXO I
ENTIDADES CIF PRESUPUESTO SUBVENCIÓN PORCENTAJE
Secretariado Gitano G-83117374 22.709 22.709 100%
Asociación Romí G-18222240 20.000 20.000 100%
Caritas Diocesana R-1800085A 7.000 7.000 100%
Asociación Anaquerando G-18234583 7.000 7.000 100%
Federación Asoc. Culturales y Cristianas G-23426465 5.000 5.000 100%
Federación Padres Alumnos Alhambra G-18048520 7.000 7.000 100%
Asociación Almanjáyar en Familia G-18710558 10.000 7.000 70%
Federación Gitana Kali G-91274035 7.000 7.000 100%
Asociación Ensorema G-18651992 8.000 8.000 100%
Unión Romaní G-78339587 8.000 8.000 100%
TOTAL 98.709
ANEXO II
ENTIDADES CAUSA DE
EXCLUSIÓN
ORDEN DE
15-ABRIL-2011
Cruz Roja Crédito agotado Artículo 5.1
ACCEM Crédito agotado Artículo 5.1
ALCOBITA Crédito agotado Artículo 5.1
Asociación Los Primeros Crédito agotado Artículo 5.1
REC-Radio Educativa Crédito agotado Artículo 5.1
Fundación Don Bosco Crédito agotado Artículo 5.1
Fundación VECA Crédito agotado Artículo 5.1
Asociación Hogar 20 Crédito agotado Artículo 5.1
Asociación Arca Empleo Crédito agotado Artículo 5.1
Fundación Ave María Crédito agotado Artículo 5.1
Asociación Asperger Crédito agotado Artículo 5.1
Federación de Sordos Crédito agotado Artículo 5.1
Asociación Amefa Crédito agotado Artículo 5.1
Asociación Pranadanza Crédito agotado Artículo 5.1
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