Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.
BASES GENERALES QUE REGIRÁN LOS PROCESOS SELECTIVOS DE COBERTURA DEFINITIVA DE PLAZAS EN TURNO LIBRE MEDIANTE CONCURSO OPOSICIÓN Y DE PLAZAS ACOGIDAS AL PROCESO DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DE PERSONAL INTERINO INCLUIDAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE 2010 DEL CONSORCIO PROVINCIAL DE BOMBEROS DE MÁLAGA
1. Objeto de la convocatoria.
Esta convocatoria tiene por objeto regular los procesos selectivos para la provisión en propiedad de las plazas vacantes en la plantilla del Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga (en adelante CPBMA).
Las citadas plazas están incluidas en la Oferta de Empleo Público para el año 2010 aprobada por la Junta General del CPBMA de 8 de julio de 2009.
2. Naturaleza y características de las plazas.
Las funciones y retribuciones que correspondan a las plazas objeto de esta convocatoria serán las establecidas por el CPBMA para cada categoría de acuerdo con la legislación vigente.
Los puestos de trabajo relacionados con las plazas a cubrir por la presente convocatoria se detallan en el Anexo I.
Una vez superado el proceso selectivo, el personal seleccionado podrá ser destinado, para prestar sus servicios en cualquier centro de trabajo que el CPBMA tenga abierto o pueda abrir dentro de la provincia de Málaga.
3. Régimen jurídico aplicable.
A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante EBEP), y en aquello que no esté derogado o no se oponga a la citada Norma, la Ley 7/1985, de 2 de abril; Ley 30/1984 de 2 de agosto; R.D. Legislativo 781/1986, de 17 de abril; R.D. 896/91, de 7 de junio, las Bases de la presente convocatoria, y supletoriamente el Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, R.D. 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso en la Administración del Estado. Igualmente le será de aplicación, en aquellas materias que les pueda afectar, la Ley 2/2002, de 11 de noviembre, de Gestión de Emergencias en Andalucía.
4. Requisitos de los aspirantes.
Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos a la fecha de presentación del plazo de solicitudes, y deberán gozar de los mismos durante todo el proceso selectivo:
a) Ser español o nacional de otro Estado miembro de la Unión Europea, o tener relación de parentesco en los términos señalados en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, desarrollado por el R.D. 800/1995.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión de la titulación requerida para cada plaza. Los/las aspirantes que aleguen estudios equivalentes a los especificados en estas bases, deberán aportar certificación que reconozca la equivalencia por el organismo competente.
d) Estar en posesión del permiso de conducción requerido en cada una de ellas.
e) No haber sido separado, ni despedido mediante expediente disciplinario del Servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
f) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias para la plaza a la que se opte.
g) No hallarse en causa de incompatibilidad, según lo dispuesto en el artículo 57, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
h) Los que se determinen en los requisitos específicos de cada plaza.
i) Abonar la tasa establecida por derechos de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes.
Estos requisitos y los que se requieran en las bases específicas estarán referidos a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias. Los requisitos exigidos deberán mantenerse con posterioridad hasta el nombramiento como funcionarios de carrera.
5. Solicitudes.
1. Las solicitudes para tomar parte en los procesos selectivos regulados por las presentes bases generales deberá cumplimentarse en el modelo oficial que está a disposición de los interesados en la página web www.cpbmalaga.es, y en el registro general del CPBMA.
Los aspirantes que deseen tomar parte en los procesos selectivos regulados por las presentes bases generales, deberán hacerlo constar en instancia en la que se manifieste que reúne todos y cada uno de los requisitos recogidos en las bases de esta convocatoria, conforme a los Anexos III y IV.
2. Todas las solicitudes deberán estar acompañadas obligatoriamente de la siguiente documentación, sin perjuicio de que en el anexo específico de cada convocatoria se determine alguna más:
- Fotocopia DNI en vigor.
- Carnet de Conducir requerido en vigor.
- Fotocopia de la titulación requerida en la convocatoria específica.
- Relación de méritos alegados, hoja de auto baremación, conforme al Anexo IV para la fase de concurso.
- El impreso de solicitud cumplimentado se presentará con el justificante de ingreso, resguardo bancario o sello acreditativo del ingreso realizado dentro del plazo de presentación de solicitudes (núm. cta. 2103 3000 40 0030020551) de los derechos de examen y por el importe que se corresponda según el siguiente cuadro:
Para acceso, como funcionario de carrera, al grupo de titulación A1 | 90 € |
Para acceso como funcionario de carrera, al grupo de titulación A2 | 80 € |
Para acceso, como funcionario de carrera, al grupo de titulación C1 | 70 € |
Para acceso, como funcionario de carrera, al grupo de titulación C2 | 60 € |
En dicho justificante de ingreso deberá constar: nombre y apellidos del opositor, DNI y plaza a la que opta.
La hoja de auto baremación (Anexo IV) deberá cumplimentarse en modelo oficial. En ella se relacionarán de forma ordenada y detallada los méritos alegados por el aspirante, experiencia profesional y/o formación, acompañando fotocopia de los mismos, debiendo estar estos referidos a la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes. Sólo se podrán valorar los méritos señalados acompañados de justificación documental, dentro de los plazos de presentación de instancias y subsanación, quedando sin valorar aquellos que se presenten fuera de dichos plazos.
No procederá devolución alguna de la tasa por derechos de examen en los supuestos de exclusión definitiva de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado.
La presentación de la solicitud supone el compromiso de aceptación de las condiciones y requisitos exigidos en las bases.
3. El lugar de presentación de las solicitudes será:
- En el Registro General del CPBMA, ubicado en Paseo Reding, núm. 16, 1.º dcha., 29016, Málaga.
- A través de las oficinas de correos, debiendo ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.
- En relación con las solicitudes presentadas en el extranjero, las mismas podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes.
- En los lugares dispuestos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
4. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE. Cuando las solicitudes se presenten en otros lugares distintos al Registro General del Consorcio, el aspirante deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos o en el organismo oficial que proceda, y hacer llegar vía fax la remisión de sólo la solicitud mediante fax al núm. 952 069 358 o telegrama en el mismo día como aviso de presentación. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la solicitud si es recibida en el Registro de Entrada del Consorcio con posterioridad mayor a quince días naturales desde la fecha de terminación del plazo. Transcurridos esos 15 días naturales siguientes a la fecha de finalización del plazo de solicitud sin haberse recibido la documentación, no será admitida en ningún caso.
6. Admisión de aspirantes.
1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Presidente del Consorcio dictará Resolución, que se publicará en el tablón de anuncios del CPBMA y a efectos meramente informativos en la web www.cpbmalaga.es, en el plazo máximo de un mes, conteniendo la aprobación provisional de la lista de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, indicando las causas de exclusión, y concediendo a los interesados un plazo de diez días hábiles, desde la publicación de la reseña de la citada lista en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, para la subsanación en su caso, con indicación de que si así no lo hicieran se les tendrá por desistidos, archivándosele la instancia sin más trámite, de acuerdo con el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Determinándose además en esta Resolución la composición del órgano de selección.
2. Transcurrido el plazo de reclamaciones, en caso de haberlas, serán aceptadas o rechazadas en la resolución (dictada en el plazo máximo de un mes desde la finalización del plazo de reclamaciones) por la que se aprueban las listas definitivas, a la que se dará publicidad a través de la inserción de edictos en el BOP de Málaga y en el tablón de anuncios del CPB MA. Esta publicación será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones y recursos contra las listas definitivas de admitidos.
3. En el plazo máximo de dos meses desde la publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos, el Tribunal valorará los méritos de la fase de concurso, publicando en el tablón de anuncios y en la página web del CPBMA a efectos meramente informativos, los resultados provisionales de la misma, dándose un plazo de diez días a efectos de reclamaciones, tras lo cual se publicará en los mismos lugares la lista definitiva con las valoraciones de la fase de concurso y se anunciarán los lugares y fechas para la celebración del primer ejercicio de la fase de oposición.
4. El orden de actuación de los aspirantes será el establecido mediante la última resolución de la Secretaría General para la Administración Pública publicada en el BOE, por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiera el artículo 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
7. Sistema y procedimiento selectivo.
1. Sistema selectivo.
El sistema selectivo será con carácter general el concurso oposición por las siguientes causas:
a) La operatividad de los puestos de trabajo exige su desempeño por personal que acredite una formación y experiencia ya adquirida al objeto de contribuir a la agilización del funcionamiento del servicio así como al objeto de evitar paralizaciones en el desarrollo de su actividad.
b) En las plazas sujetas al procedimiento extraordinario de consolidación de empleo temporal, contribuir a la consolidación de empleo interino por un empleo definitivo en virtud de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, estando amparada esta actuación por lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público.
2. Fases.
A) Concurso.
La fase de concurso, que será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. El concurso no determinará, en ningún caso, por sí mismo el resultado del proceso selectivo. Los Tribunales Calificadores, tendrán la facultad de resolver cualquier duda que pueda surgir acerca de la experiencia, cursos, títulos y demás aspectos del concurso.
La valoración de méritos en la fase de concurso consistirá en la asignación a los aspirantes de una puntuación determinada de acuerdo con el baremo que se establece en el anexo para el acceso a cada una de las plazas, computándose los méritos obtenidos hasta la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.
No se podrá acumular a efectos de puntuación los periodos de tiempos coincidentes.
8. Órgano de Selección.
1. El Tribunal Calificador estará formado de acuerdo con lo previsto en el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del EBEP, por los miembros titulares siguientes:
Presidente.
Secretario/a: Con voz y sin voto.
Vocales: Constará además de cuatro vocales.
A todos los miembros titulares se les designará un suplente. Tanto los miembros titulares como los suplentes serán designados por el Sr. Presidente del Consorcio, y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá asimismo a la paridad entre mujer y hombre.
Los miembros integrantes del órgano de selección deberán poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en cada plaza convocada.
Deberán abstenerse de formar parte del Tribunal, aquellos miembros a los que le afecte cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Así mismo, y contra la composición del Tribunal podrá interponerse, por parte de los/as aspirantes y por los mismos motivos que pudieran dar lugar a la abstención antes referida, escrito de recusación en el plazo de diez días naturales a partir de la composición de los componentes del Tribunal.
Para la válida constitución del órgano se requerirá la presencia del Presidente y del Secretario/a, o en su caso, de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus vocales o suplentes indistintamente. Le corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, calificar las pruebas establecidas y aplicar el baremo correspondiente establecido por dicho órgano colegiado previo al inicio de las misma, teniendo además competencia y plena autoridad para resolver cuantas incidencias se presenten en el proceso selectivo y no se hallen previstas en las bases.
El Tribunal podrá contar con la asistencia de asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas, asesorando al órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de su especialidad técnica, actuando con voz y sin voto.
Todos los miembros del Tribunal tendrán voz y voto, excepto el secretario/a.
A efectos de lo determinado en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, los miembros del Tribunal percibirán asistencias y dietas por la concurrencia a sesiones de Tribunales y órganos de selección, señalándose la categoría segunda de entre las recogidas en el anexo cuarto del citado Real Decreto, en la cuantía legalmente establecida en el momento de la percepción, así como los gastos derivados de desplazamiento, manutención, etc. Durante todo el proceso.
9. Publicidad.
Atendiendo al principio rector de publicidad de las convocatorias y sus bases, así como al de transparencia, las presentes bases generales junto con sus anexos se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Asimismo, se publicarán en el Tablón de Anuncios del CPBMA y a efectos informativos en la página Web del Consorcio www.cpbmalaga.es.
De las respectivas convocatorias se publicará extracto en el BOE.
La publicación de anuncios de listas provisionales y listas definitivas, así como resultados de las pruebas y otros anuncios se publicarán en el tablón de anuncios del CPBMA y a efectos informativos en la página web del Consorcio www.cpbmalaga.es.
Aquellos anuncios cuya publicación sea preceptiva en otros medios, se realizará además en los mismos.
10. Propuesta de selección. Presentación de documentos. Nombramiento.
Relación de aprobados y propuesta de nombramiento.
Terminadas las pruebas selectivas, y realizadas las valoraciones por el Tribunal, el órgano de selección elevará a la autoridad convocante propuesta de nombramiento a favor de los aspirantes que mayor puntuación hayan obtenido en el proceso selectivo, no pudiendo proponer el nombramiento de un número de aspirantes superior al número de plazas convocadas.
Presentación de documentos.
Los aspirantes propuestos aportarán, dentro del plazo de 20 días naturales desde que se hagan públicas las relaciones de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos siguientes:
a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.
b) Declaración responsable de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por Resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario.
c) Fotocopia compulsada del título exigido o del resguardo del pago de los derechos de expedición del mismo.
d) Declaración responsable de no tener otro empleo retribuido con cargo a cualquier organismo público, incluida la Seguridad Social, el día de la toma de posesión, estándose a lo dispuesto en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas y, en especial, a su artículo 10.
e) Declaración responsable de no ejercer actividades privadas incompatibles con el puesto de trabajo que se va a desempeñar. En su caso de compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas que se desarrollen al margen de la plaza, objeto de esta convocatoria.
f) Copia compulsada del permiso de conducción de vehículos de acuerdo con los requisitos exigidos en la plaza a la que se opta.
g) Fotocopia compulsada de cada uno de los documentos presentados para la fase de concurso.
Quienes dentro del plazo indicado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, no podrán ser nombrados funcionarios, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia. En este caso se propondrá para su nombramiento a aquel candidato que le siga por orden de puntuación y que habiendo superado todos los ejercicios de la convocatoria no hubiese sido propuesto por no existir número suficientes de plazas a cubrir, requiriéndosele para que en el plazo de veinte días hábiles presente la documentación pertinente a efectos de poder ser nombrado.
Concluido el proceso selectivo y presentada la documentación por los interesados, el Presidente del CPBMA resolverá el nombramiento del personal seleccionado conforme a la propuesta del órgano de selección, debiendo notificarse el nombramiento a los interesados y debiendo éstos tomar posesión de sus plazas dentro del plazo máximo de un mes a contar desde la fecha de notificación del nombramiento a los interesados. Aquellos que no lo hicieren en el plazo señalado, sin causa justificada, perderán el derecho a adquirir la condición de funcionario, suponiendo la falta de este requisito la renuncia al empleo.
En el momento de la toma de posesión, los opositores nombrados prestarán juramento o promesa en la forma establecida en el Real Decreto 770/79, de 5 de abril.
Recursos.
Contra las presentes bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que las aprobó en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su última publicación en el BOP o en el BOJA o bien interponer directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses.
ANEXO I
RELACIÓN DE PLAZAS Y REQUISITOS
ESPECÍFICOS-CONSOLIDACIÓN
Estas bases tienen como objeto regular los procesos selectivos para la cobertura definitiva de plazas vacantes en la plantilla que se encuentren incluidas en la Oferta de Empleo Público del CPBMA, y que se encuentren provisionalmente desempeñadas interina o temporalmente con anterioridad a 1 de enero de 2005, dotándose de un instrumento ágil, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección, todo ello de conformidad de los principios rectores para el acceso al empleo público.
Denominación: Bombero-Conductor-Consolidación.
Número de plazas: 73.
Escala: Administración Especial.
Subescala: Servicios Especiales.
Clase: Extinción de Incendios.
Grupo: C2.
Titulación: Graduado Escolar.
Permiso de conducción: Clase C.
Sistema de selección: Concurso-oposición (sujeto al procedimiento extraordinario de Consolidación de empleo temporal previsto en la Disposición Transitoria IV del EBEP).
Requisitos específicos:
No padecer enfermedad o defecto físico de los relacionados en el cuadro de exclusiones del Anexo II, en grado que impida el normal ejercicio de las funciones correspondientes a la plaza a la que aspira.
1. Fase de oposición.
Consistirá en la superación de cuatro ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio cada uno de ellos, comunes para todos los aspirantes, que versarán sobre los programas que figuran en las presentes bases. La puntuación máxima total que podrá obtenerse en la fase de oposición será de 20 puntos, según se detalla a continuación.
Primer ejercicio:
De carácter teórico, que consistirá en contestar por escrito un test multirrespuesta relacionado con el Bloque 1 Materias Comunes y Bloque 2 Materias Especificas, del temario que se detalla en cada anexo, en un tiempo máximo de 90 minutos. La puntuación máxima será de 10 puntos, debiéndose obtener un mínimo de 5 puntos para entenderlo superado.
El Tribunal deberá informar a la/os aspirantes, antes de la realización del ejercicio tipo test, de las incidencias que tendrá en la puntuación del mismo las preguntas no contestadas (en blanco) o/y las contestadas erróneamente.
Segundo ejercicio:
De carácter teórico-práctico, que consistirá en contestar una o varias preguntas que determinará el Tribunal inmediatamente antes del comienzo de la prueba y relacionada con el conocimiento de los vehículos, herramientas, equipos y maquinarias del material fijo y móvil del Consorcio, utilizados en las intervenciones de prevención, extinción de incendios y salvamentos.
La puntuación máxima del ejercicio será de 10 puntos. Para superar esta prueba será preciso obtener una puntuación mínima de 5 puntos.
El tiempo concedido para la realización será determinado por el Tribunal y será comunicado a los opositores antes de su realización. Los opositores serán citados con indicación del día y hora.
Tercer ejercicio:
Aptitud física. Que consistirá en la realización de las pruebas físicas que a continuación se relacionan, con las marcas mínimas que asimismo se especifican, debiendo superar cada ejercicio para poder realizar el siguiente, siendo la calificación del mismo de «Apto» o «No apto».
Será requisito indispensable para la realización de este ejercicio que el Opositor presente un Certificado médico en modelo oficial del Colegio Médico, en el que se indique que no padece ningún tipo de lesión ni patología que le impida la realización de las pruebas físicas de que consta el ejercicio.
Si algún aspirante el día que le corresponda realizar las pruebas físicas, aportase ante el Tribunal, Certificado médico por enfermedad o lesión que acredite la imposibilidad de realizar las pruebas, se le aplazará la realización de las mismas al último día en que se realicen éstas, quedando eliminado en caso de no poder efectuarlas.
Del mismo modo, si durante la realización de las pruebas se lesionase algún aspirante y, a petición propia o prescripción del médico presente en las mismas, solicitase aplazamiento, se le concederá realizar las que les queden pendientes el último día de la celebración de las mencionadas pruebas, quedando eliminado en caso de no poder efectuarlas.
El Tribunal podrá elegir al azar de entre los aspirantes un número de ellos para la realización de un control antidoping, realizado por el Servicio de Seguimiento de la Salud del Consorcio, teniendo en cuenta que el hecho de haber consumido productos estimulantes de la capacidad física según la lista aprobada por el Consejo Superior de Deportes, supondrá la exclusión del afectado en el proceso selectivo.
Pruebas físicas.
Ejercicio 1: Natación.
- Disposición: Consistirá en nadar 25 metros estilo libre en el tiempo que se recoge en la tabla 1.
El/la aspirante podrá colocarse en la salida de tres formas: sobre el podium de salida, en el borde de la piscina o en su interior tocando la pared con una mano y los pies contra la pared.
- Salida: se realizará conforme al reglamento de natación, toque de silbato largo para aproximarse, una voz de preparados para colocarse en posición de salida y un toque de silbato corto para dar la salida. Se permitirá una salida falsa.
- Ejecución: Se nadará a estilo libre la distancia propuesta finalizando al tocar la pared con una mano.
- Será motivo de descalificación o no apto:
Apoyarse en cualquier borde de la piscina y corcheras.
Tocar el suelo en cualquier momento después de dar la salida hasta la llegada del aspirante.
El/la aspirante será descalificado/a del proceso selectivo a su segunda salida falsa.
Superar el tiempo establecido en la tabla 1.
Ejercicio 2: Salto de longitud con los pies juntos.
- Disposición: El/la aspirante realizará un salto a pies juntos partiendo de la posición de pie.
- Ejecución: Se colocarán los pies en paralelo detrás de una línea marcada en el suelo. Para la realización del salto se permitirá el balanceo.
La medición se realizará desde la línea hasta la marca más retrasada en el salto dejada por el aspirante.
Se dispondrá de un intento nulo.
- Será motivo de descalificación o no apto:
No alcanzar la distancia establecida en la tabla 1.
Si no salta con ambos pies a la vez.
Ejercicio 3: Carrera de 100 metros.
- Disposición: El/la aspirante deberá recorrer la distancia de 100 metros en el menor tiempo posible y no podrá superar el tiempo establecido en la tabla 1.
- Ejecución: El/la aspirante podrá adoptar la posición que desee para tomar la salida. No se dispondrá de tacos de salida y se permitirá el uso de zapatillas de clavos.
- Salida: El juez de salida dará la voz de «a sus puestos» y el/la opositor/a se aproximará. A la voz de «listos» adoptará la posición de salida que desee con la que esperará de forma estática el toque del silbato o la señal que el juez considere.
Cada opositor/a correrá por la calle asignada, terminando la prueba al cruzar la meta.
Se dispondrá de una salida falsa.
- Será motivo de descalificación o no apto:
Cometer dos salidas falsas.
Invadir otra calle que no sea la asignada para la carrera.
Molestar u obstruir a otro/a corredor/a.
Superar el tiempo establecido en la tabla 1.
Ejercicio 4: Carrera de 1.000 metros.
- Disposición: El/la aspirante deberá recorrer la distancia de 1.000 metros en el menor tiempo posible y no podrá superar el tiempo establecido en la tabla 1.
- Ejecución: El/la aspirante podrá adoptar la posición que desee para tomar la salida. No se dispondrá de tacos de salida y se permitirá el uso de zapatillas de clavos.
- Salida: El juez de salida dará la voz de «a sus puestos» y el/la opositor/a se aproximará. A la voz de «listos» adoptará la posición de salida que desee con la que esperará de forma estática el toque del silbato la señal que el juez considere.
Terminará la prueba al cruzar la meta. Se dispondrá de una salida falsa.
- Será motivo de descalificación o no apto:
Cometer dos salidas falsas.
Molestar u obstruir a otro corredor.
Invadir el interior de la pista, pisando por dentro de la cuerda.
Superar el tiempo establecido en la tabla 1.
Ejercicio 5: Press de banca.
- Disposición: El/la aspirante levantará un peso de 40 kg los hombres y 30 kg las mujeres y realizar las extensiones seguidas y sin interrupción establecidas en la tabla 1.
- Ejecución: El/la aspirante en el banco pondrá su espalda en contacto con su superficie.
Será a criterio del/de la aspirante la colocación de los pies.
Los brazos en una extensión completa agarrarán la barra a la anchura de los hombros.
Cuando el tribunal considere que la posición de inicio es la correcta avisarán para el inicio de la ejecución.
El tribunal contará en voz alta las repeticiones válidas e indicará en su defecto la repetición no contada y la causa.
- Será motivo de descalificación o no apto:
No tocar el pecho con la barra y no realizar la extensión completa.
No subir al mismo tiempo las dos manos.
Cometer dos intentos nulos.
No alcanzar las repeticiones establecidas en la tabla 1.
Tabla 1: Pruebas físicas | ||||||||||
Prueba |
1 Natación 25 m |
2 Salto longitud |
3 Carrera 100 m |
4 Carrera 1.000 m |
5 Press banca |
|||||
H: Hombre M: Mujer |
H | M | H | M | H | M | H | M | H | M |
Edad | ||||||||||
Hasta 29 años | 30 s | 35 s | 175 | 170 | 18 | 19 | 4:45 | 4:55 | 7 | 6 |
De 30 a 39 | 35 s | 40 s | 165 | 160 . | 19 | 20 | 4:55 | 5:05 | 6 | 5 |
De 40 a 49 | 40 s | 45 s | 155 | 150 | 21 | 22 | 5:05 | 5:15. | 5 | 4 |
Más de 49 | 45 s | 50 s | 145 | 140 | 23 | 24 | 5:15 | 5:25. | 4 | 3 |
segundos | centímetros | segundos | minutos | unidades |
Cuarto ejercicio:
Reconocimiento médico. Será eliminatorio y consistirá en un reconocimiento que será practicado por el Servicio de Seguimiento de la Salud del CPBMA. Se realizarán cuantas pruebas clínicas y complementarias de otra clase se consideren necesarias, en base a las causas de exclusión contenidas en el Anexo II (cuadro de exclusiones). En caso de negarse a realizar alguna de las pruebas o análisis propuestos por el servicio médico, quedará calificado el opositor como «no apto».
El reconocimiento médico se calificará como «apto» o «no apto». El Tribunal otorgará certificación de aptitud, siendo necesaria la calificación de «apto» en el reconocimiento médico, quedando eliminado el aspirante en caso contrario.
2. Fase de concurso:
Esta fase tendrá una puntuación máxima de 8 puntos y consistirá en la valoración por el Tribunal, con arreglo al baremo que se detalla a continuación, de los méritos que acrediten los aspirantes.
Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal requerirá a los aspirantes que la hayan superado para que en el plazo de diez días hábiles acrediten documentalmente, los méritos alegados en el impreso de auto baremación adjunto a su instancia.
La documentación justificativa de los méritos valorables deberá ir ordenada y numerada según el orden en que se citan los méritos en el impreso de auto baremación, debiendo consistir en fotocopias debidamente compulsadas, de acuerdo con los criterios establecidos en la presente convocatoria.
2.1. Experiencia profesional:
Se valorará el tiempo de servicios prestado en las distintas Administraciones Públicas y la experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria, pudiendo obtenerse una puntuación máxima en este apartado de 6 puntos, distribuidos de la siguiente forma:
- Por cada mes completo de servicios prestados en la plaza objeto de la convocatoria, en cualquier Administración Pública: 0,045 puntos.
- Por cada mes completo de experiencia en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria o en puesto de categoría superior en este Consorcio, desempeñado con anterioridad a 1 de enero de 2005, encuadrado en Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, señalado en las correspondientes bases específicas de cada plaza: 0,09 puntos.
Al tratarse la presente convocatoria de un proceso selectivo extraordinario de consolidación de empleo temporal, la valoración de méritos en este apartado sólo se computará si los servicios prestados por el aspirante en la plaza o puesto lo han sido en la condición de funcionario interino o personal laboral.
2.2. Cursos de formación o perfeccionamiento:
Por la presentación de diploma o certificado de asistencia a cursos relacionados con el puesto a desempeñar, para cursos organizados, impartidos u homologados por la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Diputaciones, las Entidades que integran la Administración Local, los Organismos y Entidades de Derecho Público de dichas Administraciones; Universidades y Colegios Profesionales y las Organizaciones Sindicales en el marco del Acuerdo de Formación Continua, siempre que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en la categoría a la que se opta, hasta un máximo de 2 puntos, en la forma siguiente:
- Cursos con asistencia y aprovechamiento: Por cada hora 0,005 puntos.
- Cursos con asistencia: Por cada hora 0,0045 puntos.
- Cursos en red o semipresenciales: Por cada hora 0,004 puntos.
Por impartición de cursos de formación en cualquier Administración Pública, en materias que tengan relación directa relacionada con la prevención, extinción de incendios y salvamento:
- Por cada hora lectiva de profesor: 0,005 puntos.
- Por cada hora de monitor: 0,0045 puntos.
- Por cada hora de tutoría en red, a distancia o coordinación: 0,004 puntos.
Cada curso efectuado se evaluará una sola vez.
3. Nota final.
La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y concurso, quedando seleccionados los aspirantes que mayor puntuación hayan obtenido.
Bloque 1. Materias Comunes
Tema 1. La Constitución Española de 1978.
Tema 2. El Estatuto de Autonomía de Andalucía.
Tema 3. La Administración pública española. Administración de la Comunidad Autónoma. Administración Local.
Tema 4. Las Haciendas Locales. La Ley general presupuestaria. Ingresos tributarios.
Tema 5. Estatuto Básico del Empleado Público.
Tema 6. La igualdad de Género en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía de Andalucía. Ley 12/2007, para la promoción de la Igualdad de Género en Andalucía.
Tema 7. Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Tema 8. Ley 2/2002 de Gestión de Emergencias en Andalucía. El Consejo Andaluz del Fuego. Regulación. Naturaleza y funciones. Composición y estructura. El Plan Director de los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de Andalucía para la provincia de Málaga.
Bloque 2. Materias Específicas
Tema 1. Teoría del fuego. Conceptos básicos. Combustible. Comburente. Energía de activación. Triángulo del fuego. Reacción en cadena. Tetraedro del fuego. Análisis de los factores de un incendio. Transmisión del calor. Velocidad de propagación. Límite de inflamabilidad. Punto de inflamación.
Tema 2. Clasificación de los fuegos. Según el combustible. Por su manifestación y desarrollo. Causas de los incendios y medidas preventivas. Evolución del incendio. Iniciación. Desarrollo. Etapas del incendio. El humo y los gases de combustión. Principios básicos de extinción de incendios. Combustible. Comburente. Energía de activación. Reacción en cadena.
Tema 3. Casos especiales de incendios. Explosiones. Clasificación de las explosiones.
Tema 4. Agentes extintores. Clasificación. Descripción. Sustancias extintoras adecuadas a cada tipo de fuego. Sustancias extintoras especiales. Clasificación. Descripción. Espumas. Clasificación. Descripción. Equipos generadores de espuma.
Tema 5. Instalaciones de protección contra incendios: Extintores. BIE. Boca de Incendio Equipada. Columna seca. Hidrantes. Descripción. Normas de utilización. Mantenimiento. Normativa.
Tema 6. Vehículos de extinción de incendios y salvamento. Clasificación. Descripción. Normativa.
Tema 7. Equipo de protección individual del bombero. Tipos. Descripción. Normativa.
Tema 8. Equipos de protección de vías respiratorias. Tipos. Descripción. Normativa.
Tema 9. Incendios forestales. Conceptos básicos. Clasificación. Propagación. Prevención. Extinción.
Tema 10. Principios generales de socorrismo. Concepto. Actuación del socorrista. Conducta a observar ante un accidente.
Tema 11. Mecánica de fluidos. Principios generales. Clasificación de las Bombas. Descripción. Bombas y motobombas del Consorcio. Clasificación. Descripción. Mantenimiento.
Tema 12. Estatutos del Consorcio para el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de la provincia de Málaga. Reglamento de Régimen Interno del Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga.
Tema 13. Tipología de Planes de emergencia. El Plan Territorial de Emergencia de la provincia de Málaga. Planes especiales y Planes Específicos.
Tema 14. Código de la circulación. Conducción de vehículos de emergencias. Conducción en 4 x 4. Normas.
Denominación: Bombero-Conductor-Mecánico-Consolidación.
Número de plazas: 2.
Escala: Administración Especial.
Subescala: Servicios Especiales.
Clase: Extinción de Incendios.
Grupo: C2.
Titulación: Graduado Escolar.
Permiso de conducción: Clase C y E.
Sistema de selección: Concurso-oposición (sujeto al procedimiento extraordinario de Consolidación de empleo temporal previsto en la Disposición Transitoria IV del Estatuto Básico del Empleado Público).
Requisitos específicos:
No padecer enfermedad o defecto físico de los relacionados en el cuadro de exclusiones (Anexo II) que se especifica en el anexo correspondiente, en grado que impida el normal ejercicio de las funciones correspondientes a la plaza a la que aspira.
1. Fase de oposición.
Consistirá en la superación de cuatro ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio cada uno de ellos, comunes para todos los aspirantes, que versarán sobre los programas que figuran en las presentes bases. La puntuación máxima total que podrá obtenerse en la fase de oposición será de 20 puntos, según se detalla a continuación.
Primer ejercicio:
De carácter teórico, que consistirá en contestar por escrito un test multirrespuesta relacionado con el Bloque 1 Materias Comunes y Bloque 2 Materias Especificas, del temario que se detalla en cada anexo, en un tiempo máximo de 90 minutos. La puntuación máxima será de 10 puntos, debiéndose obtener un mínimo de 5 puntos para entenderlo superado.
El Tribunal deberá informar a la/os aspirantes, antes de la realización del ejercicio tipo test, de las incidencias que tendrá en la puntuación del mismo las preguntas no contestadas (en blanco) o/y las contestadas erróneamente.
Segundo ejercicio:
De carácter teórico-práctico, que consistirá en realizar un ejercicio practico relacionado con los trabajos y funciones del Bombero Conductor Mecánico, determinado por el Tribunal inmediatamente antes del comienzo de la prueba y relacionada con el conocimiento de los vehículos, herramientas, equipos y maquinarias del material fijo y móvil del Consorcio, utilizados en las intervenciones de prevención, extinción de incendios y salvamentos.
La puntuación máxima del ejercicio será de 10 puntos. Para superar esta prueba será preciso obtener una puntuación mínima de 5 puntos.
El tiempo concedido para la realización será determinado por el Tribunal y será comunicado a los opositores antes de su realización. Los opositores serán citados con indicación del día y hora.
Tercer ejercicio:
Aptitud física. Que consistirá en la realización de las pruebas físicas que a continuación se relacionan, con las marcas mínimas que asimismo se especifican, debiendo superar cada ejercicio para poder realizar el siguiente, siendo la calificación del mismo de «Apto» o «No apto».
Será requisito indispensable para la realización de este ejercicio que el Opositor presente un Certificado médico en modelo oficial del Colegio Médico, en el que se indique que no padece ningún tipo de lesión ni patología que le impida la realización de las pruebas físicas de que consta el ejercicio.
Si algún aspirante el día que le corresponda realizar las pruebas físicas, aportase ante el Tribunal, Certificado médico por enfermedad o lesión que acredite la imposibilidad de realizar las pruebas, se le aplazará la realización de las mismas al último día en que se realicen éstas, quedando eliminado en caso de no poder efectuarlas.
Del mismo modo, si durante la realización de las pruebas se lesionase algún aspirante y, a petición propia o prescripción del médico presente en las mismas, solicitase aplazamiento, se le concederá realizar las que les queden pendientes el último día de la celebración de las mencionadas pruebas, quedando eliminado en caso de no poder efectuarlas.
El Tribunal podrá elegir al azar de entre los aspirantes un número de ellos para la realización de un control antidoping, realizado por el Servicio de Seguimiento de la Salud del Consorcio, teniendo en cuenta que el hecho de haber consumido productos estimulantes de la capacidad física según la lista aprobada por el Consejo Superior de Deportes, supondrá la exclusión del afectado en el proceso selectivo.
Pruebas físicas.
Ejercicio 1: Natación.
- Disposición: Consistirá en nadar 25 metros estilo libre en el tiempo que se recoge en la tabla 1.
El/la aspirante podrá colocarse en la salida de tres formas: sobre el podium de salida, en el borde de la piscina o en su interior tocando la pared con una mano y los pies contra la pared.
- Salida: se realizará conforme al reglamento de natación, toque de silbato largo para aproximarse, una voz de preparados para colocarse en posición de salida y un toque de silbato corto para dar la salida. Se permitirá una salida falsa.
- Ejecución: Se nadará a estilo libre la distancia propuesta finalizando al tocar la pared con una mano.
- Será motivo de descalificación o no apto:
Apoyarse en cualquier borde de la piscina y corcheras.
Tocar el suelo en cualquier momento después de dar la salida hasta la llegada del aspirante.
El/la aspirante será descalificado/a del proceso selectivo a su segunda salida falsa.
Superar el tiempo establecido en la tabla 1.
Ejercicio 2: Salto de longitud con los pies juntos.
- Disposición: El/la aspirante realizará un salto a pies juntos partiendo de la posición de pie.
- Ejecución: Se colocarán los pies en paralelo detrás de una línea marcada en el suelo. Para la realización del salto se permitirá el balanceo.
La medición se realizará desde la línea hasta la marca más retrasada en el salto dejada por el aspirante.
Se dispondrá de un intento nulo.
- Será motivo de descalificación o no apto:
No alcanzar la distancia establecida en la tabla 1.
Si no salta con ambos pies a la vez.
Ejercicio 3: Carrera de 100 metros.
- Disposición: El/la aspirante deberá recorrer la distancia de 100 metros en el menor tiempo posible y no podrá superar el tiempo establecido en la tabla 1.
- Ejecución: El/la aspirante podrá adoptar la posición que desee para tomar la salida. No se dispondrá de tacos de salida y se permitirá el uso de zapatillas de clavos.
- Salida: El juez de salida dará la voz de «a sus puestos» y el/la opositor/a se aproximará. A la voz de «listos» adoptará la posición de salida que desee con la que esperará de forma estática el toque del silbato o la señal que el juez considere.
Cada opositor/a correrá por la calle asignada, terminando la prueba al cruzar la meta.
Se dispondrá de una salida falsa.
- Será motivo de descalificación o no apto:
Cometer dos salidas falsas.
Invadir otra calle que no sea la asignada para la carrera.
Molestar u obstruir a otro/a corredor/a.
Superar el tiempo establecido en la tabla 1.
Ejercicio 4: Carrera de 1.000 metros.
- Disposición: El/la aspirante deberá recorrer la distancia de 1.000 metros en el menor tiempo posible y no podrá superar el tiempo establecido en la tabla 1.
- Ejecución: El/la aspirante podrá adoptar la posición que desee para tomar la salida. No se dispondrá de tacos de salida y se permitirá el uso de zapatillas de clavos.
- Salida: El juez de salida dará la voz de «a sus puestos» y el/la opositor/a se aproximará. A la voz de «listos» adoptará la posición de salida que desee con la que esperará de forma estática el toque del silbato la señal que el juez considere.
Terminará la prueba al cruzar la meta. Se dispondrá de una salida falsa.
- Será motivo de descalificación o no apto:
Cometer dos salidas falsas.
Molestar u obstruir a otro corredor.
Invadir el interior de la pista, pisando por dentro de la cuerda.
Superar el tiempo establecido en la tabla 1.
Ejercicio 5: Press de banca.
- Disposición: El/la aspirante levantará un peso de 40 kg los hombres y 30 kg las mujeres y realizar las extensiones seguidas y sin interrupción establecidas en la tabla 1.
- Ejecución: El/la aspirante en el banco, pondrá su espalda en contacto con su superficie.
Será a criterio del/de la aspirante la colocación de los pies.
Los brazos en una extensión completa agarrarán la barra a la anchura de los hombros.
Cuando el tribunal considere que la posición de inicio es la correcta avisarán para el inicio de la ejecución.
El tribunal contará en voz alta las repeticiones válidas e indicará en su defecto la repetición no contada y la causa.
- Será motivo de descalificación o no apto:
No tocar el pecho con la barra y no realizar la extensión completa.
No subir al mismo tiempo las dos manos.
Cometer dos intentos nulos.
No alcanzar las repeticiones establecidas en la tabla 1.
Tabla 1: Pruebas físicas | ||||||||||
Prueba |
1 Natación 25 m |
2 Salto longitud |
3 Carrera 100 m |
4 Carrera 1.000 m |
5 Press banca |
|||||
H: Hombre M: Mujer |
H | M | H | M | H | M | H | M | H | M |
Edad | ||||||||||
Hasta 29 años | 30 s | 35 s | 175 | 170 | 18 | 19 |
4:45 |
4:55 | 7 | 6 |
De 30 a 39 | 35 s. | 40 s | 165 | 160 | 19 | 20 | 4:55 | 5:05 | 6 | 5 |
De 40 a 49 | 40 s | 45 s | 155 | 150 | 21 | 22 | 5:05 | 5:15. | 5 | 4 |
Más de 49 | 45 s | 50 s | 145 | 140 | 23 | 24 | 5:15 | 5:25. | 4 | 3 |
segundos | centímetros | segundos | minutos | unidades |
Cuarto ejercicio:
Reconocimiento médico. Será eliminatorio y consistirá en un reconocimiento que será practicado por el Servicio de Seguimiento de la Salud del CPBMA. Se realizarán cuantas pruebas clínicas y complementarias de otra clase se consideren necesarias, en base a las causas de exclusión contenidas en el Anexo II (cuadro de exclusiones). En caso de negarse a realizar alguna de las pruebas o análisis propuestos por el servicio médico, quedará calificado el opositor como «no apto».
El reconocimiento médico se calificará como «apto» o «no apto». El Tribunal otorgará certificación de aptitud, siendo necesaria la calificación de «apto» en el reconocimiento médico, quedando eliminado el aspirante en caso contrario.
2. Fase de concurso.
Esta fase tendrá una puntuación máxima de 8 puntos y consistirá en la valoración por el Tribunal, con arreglo al baremo que se detalla a continuación, de los méritos que acrediten los aspirantes.
Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal requerirá a los aspirantes que la hayan superado para que en el plazo de diez días hábiles acrediten documentalmente, los méritos alegados en el impreso de auto baremación adjunto a su instancia.
La documentación justificativa de los méritos valorables deberá ir ordenada y numerada según el orden en que se citan los méritos en el impreso de auto baremación, debiendo consistir en fotocopias debidamente compulsadas, de acuerdo con los criterios establecidos en la presente convocatoria.
2.1. Experiencia profesional:
Se valorará el tiempo de servicios prestado en las distintas Administraciones Públicas y la experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria, pudiendo obtenerse una puntuación máxima en este apartado de 6 puntos, distribuidos de la siguiente forma:
- Por cada mes completo de servicios prestados en la plaza objeto de la convocatoria, en cualquier Administración Pública: 0,045 puntos.
- Por cada mes completo de experiencia en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria o en puesto de categoría superior en este Consorcio, desempeñado con anterioridad a 1 de enero de 2005, encuadrado en Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, señalado en las correspondientes bases específicas de cada plaza: 0,09 puntos.
Al tratarse la presente convocatoria de un proceso selectivo extraordinario de consolidación de empleo temporal, la valoración de méritos en este apartado sólo se computará si los servicios prestados por el aspirante en la plaza o puesto lo han sido en la condición de funcionario interino o personal laboral.
2.2. Cursos de formación o perfeccionamiento:
Por la presentación de diploma o certificado de asistencia a cursos relacionados con el puesto a desempeñar, para cursos organizados, impartidos u homologados por la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Diputaciones, las Entidades que integran la Administración Local, los Organismos y Entidades de Derecho Público de dichas Administraciones; Universidades y Colegios Profesionales y las Organizaciones Sindicales en el marco del Acuerdo de Formación Continua, siempre que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en la categoría a la que se opta, hasta un máximo de 2 puntos, en la forma siguiente:
- Cursos con asistencia y aprovechamiento: Por cada hora 0,005 puntos.
- Cursos con asistencia: Por cada hora 0,0045 puntos.
- Cursos en red o semipresenciales: Por cada hora 0,004 puntos.
Por impartición de cursos de formación en cualquier Administración Pública, en materias que tengan relación directa relacionada con la prevención, extinción de incendios y salvamento:
- Por cada hora lectiva de profesor: 0,005 puntos.
- Por cada hora de monitor: 0,0045 puntos.
- Por cada hora de tutoría en red, a distancia o coordinación: 0,004 puntos.
Cada curso efectuado se evaluará una sola vez.
3. Nota final.
La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y concurso, quedando seleccionados los aspirantes que mayor puntuación hayan obtenido.
Bloque 1. Materias Comunes
Tema 1. La Constitución Española de 1978.
Tema 2. El Estatuto de Autonomía de Andalucía.
Tema 3. La Administración pública española. Administración de la Comunidad Autónoma. Administración Local.
Tema 4. Las Haciendas Locales. La Ley general presupuestaria. Ingresos tributarios.
Tema 5. Estatuto Básico del Empleado Público.
Tema 6. La igualdad de Género en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía de Andalucía. Ley 12/2007 para la promoción de la Igualdad de Género en Andalucía.
Tema 7. Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Tema 8. Ley 2/2002, de Gestión de Emergencias en Andalucía. El Consejo Andaluz del Fuego. Regulación. Naturaleza y funciones. Composición y estructura. El Plan Director de los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de Andalucía para la provincia de Málaga.
Bloque 2. Materias Específicas
Tema 1. Agentes extintores. Clasificación. Descripción. Sustancias extintoras adecuadas a cada tipo de fuego. Sustancias extintoras especiales. Clasificación. Descripción. Espumas. Clasificación. Descripción. Equipos generadores de espuma.
Tema 2. Principios generales de socorrismo. Concepto. Actuación del socorrista. Conducta a observar ante un accidente.
Tema 3. Instalaciones de protección contra incendios: Extintores. BIE. Boca de Incendio Equipada. Columna seca. Hidrantes. Descripción. Normas de utilización. Mantenimiento. Normativa.
Tema 4. Vehículos de extinción de incendios y salvamento. Clasificación. Descripción. Normativa. Mantenimiento.
Tema 5. Equipos de protección de vías respiratorias. Descripción. Mantenimiento. Normativa.
Tema 6. Mecánica de fluidos. Principios generales. Clasificación de las Bombas. Descripción.
Tema 7. Bombas hidráulicas en Vehículos. Clasificación. Descripción. Mantenimiento.
Tema 8. Motobombas. Clasificación. Descripción. Mantenimiento.
Tema 9. Compresor llenado de botellas de aire respirable. Descripción. Mantenimiento.
Tema 10. Grupos electrógenos. Características. Mantenimiento.
Tema 11. Motosierras. Sierras de sable. Sierras tronzadoras. Características. Mantenimiento.
Tema 12. Auto escalera automática. Características. Descripción. Mantenimiento.
Tema 13. Estatutos del Consorcio para el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de la provincia de Málaga. Reglamento de Régimen Interno del Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga.
Tema 14. Código de la circulación. Conducción de vehículos de emergencias.
Denominación: Operadores/as de Sala-Consolidación.
Número de plazas: 5.
Escala: Administración Especial.
Subescala: Servicios Especiales.
Clase: Extinción de Incendios.
Grupo: C2.
Titulación: Graduado Escolar.
Permiso de conducción: Clase B.
Sistema de selección: Concurso-oposición (sujeto al procedimiento extraordinario de Consolidación de empleo temporal de la Disposición Transitoria IV del Estatuto Básico del Empleado Público).
Requisitos específicos:
No padecer enfermedad o defecto físico de los relacionados en el cuadro de exclusiones (Anexo II) que se especifica en el anexo correspondiente, en grado que impida el normal ejercicio de las funciones correspondientes a la plaza a la que aspira.
1. Fase de oposición.
Consistirá en la superación de dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio cada uno de ellos, comunes para todos los aspirantes, que versarán sobre los programas que figuran en las presentes bases. La puntuación máxima total que podrá obtenerse en la fase de oposición será de 20 puntos, según se detalla a continuación.
Primer ejercicio:
De carácter teórico, que consistirá en contestar por escrito un test multirrespuesta relacionado con el Bloque 1 Materias Comunes y Bloque 2 Materias Especificas, del temario que se detalla en cada anexo, en un tiempo máximo de 90 minutos. La puntuación máxima será de 10 puntos, debiéndose obtener un mínimo de 5 puntos para entenderlo superado.
El Tribunal deberá informar a la/os aspirantes, antes de la realización del ejercicio tipo test, de las incidencias que tendrá en la puntuación del mismo las preguntas no contestadas (en blanco) o/y las contestadas erróneamente.
Segundo ejercicio:
De carácter teórico-práctico, que consistirá en contestar una o varias preguntas que determinará el Tribunal inmediatamente antes del comienzo de la prueba y relacionada con el conocimiento de los sistemas de gestión de emergencias, comunicaciones y transmisiones del Centro de Emergencias del Consorcio y relacionados con las intervenciones en extinción de incendios y salvamentos.
La puntuación máxima del ejercicio será de 10 puntos. Para superar esta prueba será preciso obtener una puntuación mínima de 5 puntos.
El tiempo concedido para la realización será determinado por el Tribunal y será comunicado a los opositores antes de su realización. Los opositores serán citados con indicación del día y hora.
2. Fase de concurso.
Esta fase tendrá una puntuación máxima de 8 puntos y consistirá en la valoración por el Tribunal, con arreglo al baremo que se detalla a continuación, de los méritos que acrediten los aspirantes.
Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal requerirá a los aspirantes que la hayan superado para que en el plazo de diez días hábiles acrediten documentalmente, los méritos alegados en el impreso de auto baremación adjunto a su instancia.
La documentación justificativa de los méritos valorables deberá ir ordenada y numerada según el orden en que se citan los méritos en el impreso de auto baremación, debiendo consistir en fotocopias debidamente compulsadas, de acuerdo con los criterios establecidos en la presente convocatoria.
2.1. Experiencia profesional:
Se valorará el tiempo de servicios prestado en las distintas Administraciones Públicas y la experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria, pudiendo obtenerse una puntuación máxima en este apartado de 6 puntos, distribuidos de la siguiente forma:
- Por cada mes completo de servicios prestados en la plaza objeto de la convocatoria, en cualquier Administración Pública: 0,045 puntos.
- Por cada mes completo de experiencia en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria en este Consorcio, desempeñado con anterioridad a 1 de enero de 2005, encuadrado en Administración Especial, Subescala Técnica Auxiliar, denominación Operadores y señalado en las correspondientes bases específicas de cada plaza: 0,09 puntos.
Al tratarse la presente convocatoria de un proceso selectivo extraordinario de consolidación de empleo temporal, la valoración de méritos en este apartado sólo se computará si los servicios prestados por el aspirante en la plaza o puesto lo han sido en la condición de funcionario interino o personal laboral.
2.2. Cursos de formación o perfeccionamiento:
Por la presentación de diploma o certificado de asistencia a cursos relacionados con el puesto a desempeñar, para cursos organizados, impartidos u homologados por la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Diputaciones, las Entidades que integran la Administración Local, los Organismos y Entidades de Derecho Público de dichas Administraciones; Universidades y Colegios Profesionales y las Organizaciones Sindicales en el marco del Acuerdo de Formación Continua, siempre que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en la categoría a la que se opta, hasta un máximo de 2 puntos, en la forma siguiente:
- Cursos con asistencia y aprovechamiento: Por cada hora 0,005 puntos
- Cursos con asistencia: Por cada hora 0,0045 puntos.
- Cursos en red o semipresenciales: Por cada hora 0,004 puntos.
Por impartición de cursos de formación en cualquier Administración Pública, en materias que tengan relación directa relacionada con la prevención, extinción de incendios y salvamento:
- Por cada hora lectiva de profesor: 0,005 puntos.
- Por cada hora de monitor: 0,0045 puntos.
- Por cada hora de tutoría en red, a distancia o coordinación: 0,004 puntos.
Cada curso efectuado se evaluará una sola vez.
3. Nota final.
La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y concurso, quedando seleccionados los aspirantes que mayor puntuación hayan obtenido.
Bloque 1. Materias Comunes
Tema 1. La Constitución Española de 1978.
Tema 2. El Estatuto de Autonomía de Andalucía.
Tema 3. La Administración pública española. Administración de la Comunidad Autónoma. Administración Local.
Tema 4. Las Haciendas Locales. La Ley general presupuestaria. Ingresos tributarios.
Tema 5. Estatuto Básico del Empleado Público.
Tema 6. La igualdad de Género en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía de Andalucía. Ley 12/2007 para la promoción de la Igualdad de Género en Andalucía.
Tema 7. Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Tema 8. Ley 2/2002, de Gestión de Emergencias en Andalucía. El Consejo Andaluz del Fuego. Regulación. Naturaleza y funciones. Composición y estructura. El Plan Director de los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de Andalucía para la provincia de Málaga.
Bloque 2. Materias Específicas
Tema 1. El teléfono de emergencias europeo 112. Normativa legal. Implantación del 112 en España. Implantación en Andalucía. Marco legislativo.
Tema 2. Concepto de Centro de Coordinación. Tipos.
Tema 3. Factores determinantes en las llamadas de emergencia. Población. Actividad humana, Conocimiento del numero 112.
Tema 4. Llamada de emergencia. Proceso. Localización. Tipificación. Activación. Seguimiento. Cierre.
Tema 5. Servicios integrados en los Centros de Coordinación. Funciones. Actuación. Organización.
Tema 6. Infraestructuras de un Centro de Coordinación. Comunicaciones. Teléfonos. Radio. Informática.
Tema 7. Radiocomunicaciones. Diagrama de un sistema. Conceptos básicos. Ondas. Longitud de onda. Frecuencia. Relación frecuencia-longitud de onda. Magnitudes. Modulaciones. Espectro y banda. Canales.
Tema 8. Sistemas de radio. Analógico. Digital. Selección de frecuencias. Equipos de usuario. Antenas.
Tema 9. Tipos de Comunicaciones. Modo simples. Modo duplas. Modo semiduplex. Tipos de sistemas PMR.
Tema 10. Sistemas PMR. Sistema Tetra. Sistema Tetrapol. Características. Servicios. Frecuencias.
Tema 11. Estatutos del Consorcio para el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de la provincia de Málaga. Reglamento de Régimen Interno del Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga.
Tema 12. Tipología de Planes de emergencia. El Plan Territorial de Emergencia de la provincia de Málaga. Planes especiales y Planes Específicos.
Tema 13. Principios generales de socorrismo. Concepto. Actuación del socorrista. Conducta a observar ante un accidente.
Tema 14. Sistemas informáticos. Redes de ordenadores en gestión de emergencias. Hardware y Software. Entorno de Windows. Conceptos básicos sobre protocolos de comunicación entre ordenadores.
Denominación: Auxiliar Administrativo Consolidación.
Número de plazas: 2.
Escala: Administración General.
Subescala: Administrativo.
Clase: Extinción de Incendios.
Grupo: C2.
Titulación: Graduado Escolar, Graduado en Educación, Secundaria Obligatoria, FPI o equivalente.
Permiso de conducción: Clase B.
Sistema de selección: Concurso-oposición (sujeto al procedimiento extraordinario de Consolidación de empleo temporal de la Disposición Transitoria IV del Estatuto Básico del Empleado Público).
Requisitos específicos:
No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de las funciones correspondientes a la plaza a la que aspira.
1. Fase de oposición.
Consistirá en la superación de dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio cada uno de ellos, comunes para todos los aspirantes, que versarán sobre los programas que figuran en las presentes bases. La puntuación máxima total que podrá obtenerse en la fase de oposición será de 20 puntos, según se detalla a continuación.
Primer ejercicio:
De carácter teórico, que consistirá en contestar por escrito un test multirrespuesta relacionado con el Bloque 1 Materias Comunes y Bloque 2 Materias Especificas, del temario que se detalla en cada anexo, en un tiempo máximo de 90 minutos. La puntuación máxima será de 10 puntos, debiéndose obtener un mínimo de 5 puntos para entenderlo superado.
El Tribunal deberá informar a la/os aspirantes, antes de la realización del ejercicio tipo test, de las incidencias que tendrá en la puntuación del mismo las preguntas no contestadas (en blanco) o/y las contestadas erróneamente.
Segundo ejercicio:
De carácter teórico-práctico, que consistirá en la realización de un ejercicio práctico relacionado con las funciones a desempeñar de un auxiliar administrativo en el Consorcio.
La puntuación máxima del ejercicio será de 10 puntos. Para superar esta prueba será preciso obtener una puntuación mínima de 5 puntos.
El tiempo concedido para la realización será determinado por el Tribunal y será comunicado a los opositores antes de su realización. Los opositores serán citados con indicación del día y hora.
2. Fase de concurso.
Esta fase tendrá una puntuación máxima de 8 puntos y consistirá en la valoración por el Tribunal, con arreglo al baremo que se detalla a continuación, de los méritos que acrediten los aspirantes.
Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal requerirá a los aspirantes que la hayan superado para que en el plazo de diez días hábiles acrediten documentalmente, los méritos alegados en el impreso de auto baremación adjunto a su instancia.
La documentación justificativa de los méritos valorables deberá ir ordenada y numerada según el orden en que se citan los méritos en el impreso de auto baremación, debiendo consistir en fotocopias debidamente compulsadas, de acuerdo con los criterios establecidos en la presente convocatoria.
2.1. Experiencia profesional:
Se valorará el tiempo de servicios prestado en las distintas Administraciones Públicas y la experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria, pudiendo obtenerse una puntuación máxima en este apartado de 6 puntos, distribuidos de la siguiente forma:
- Por cada mes completo de servicios prestados en la plaza objeto de la convocatoria, en cualquier Administración Pública: 0,045 puntos.
- Por cada mes completo de experiencia en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria o en puesto de superior categoría en este Consorcio, desempeñado con anterioridad a 1 de enero de 2005, encuadrado en Administración General, Subescala Administrativo y señalado en las correspondientes bases específicas de cada plaza: 0,09 puntos.
Al tratarse la presente convocatoria de un proceso selectivo extraordinario de consolidación de empleo temporal, la valoración de méritos en este apartado sólo se computará si los servicios prestados por el aspirante en la plaza o puesto lo han sido en la condición de funcionario interino o personal.
2.2. Cursos de formación o perfeccionamiento:
Por la presentación de diploma o certificado de asistencia a cursos relacionados con el puesto a desempeñar, para cursos organizados, impartidos u homologados por la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Diputaciones, las Entidades que integran la Administración Local, los Organismos y Entidades de Derecho Público de dichas Administraciones; Universidades y Colegios Profesionales y las Organizaciones Sindicales en el marco del Acuerdo de Formación Continua, siempre que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en la categoría a la que se opta, hasta un máximo de 2 puntos, en la forma siguiente:
- Cursos con asistencia y aprovechamiento: Por cada hora 0,005 puntos.
- Cursos con asistencia: Por cada hora 0,0045 puntos.
- Cursos en red o semipresenciales: Por cada hora 0,004 puntos.
Por impartición de cursos de formación en cualquier Administración Pública, en materias que tengan relación directa relacionada con la prevención, extinción de incendios y salvamento:
- Por cada hora lectiva de profesor: 0,005 puntos.
- Por cada hora de monitor: 0,0045 puntos.
- Por cada hora de tutoría en red, a distancia o coordinación: 0,004 puntos.
Cada curso efectuado se evaluará una sola vez.
3. Nota final.
La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y concurso, quedando seleccionados los aspirantes que mayor puntuación hayan obtenido.
Bloque 1. Materias Comunes
Tema 1. La Constitución Española de 1978. Estructura y principios generales.
Tema 2. El Estatuto de Autonomía de Andalucía.
Tema 3. La Administración pública española. Administración de la Comunidad Autónoma. Administración Local.
Tema 4. Las Haciendas Locales. La Ley general presupuestaria. Ingresos tributarios.
Tema 5. Estatuto Básico del Empleado Público.
Tema 6. La igualdad de Género en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía de Andalucía. Ley 12/2007 para la promoción de la Igualdad de Género en Andalucía.
Tema 7. Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Tema 8. Ley 2/2002, de Gestión de Emergencias en Andalucía. El Consejo Andaluz del Fuego. Regulación. Naturaleza y funciones. Composición y estructura. El Plan Director de los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de Andalucía para la provincia de Málaga.
Bloque 2. Materias Específicas
Tema 1. Otras Entidades Locales. Mancomunidades, comarcas u otras entidades que agrupen a varios municipios. Las Áreas Metropolitanas. Las Entidades territoriales de ámbito inferior al municipal.
Tema 2. Relaciones de las Entidades Locales con las restantes Administraciones Territoriales.
Tema 3. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y Orden del Día. Actas y Certificaciones de Acuerdos.
Tema 4. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Forma de los actos: la motivación, la eficacia, la notificación y la publicación.
Tema 5. Régimen Jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas: régimen estatutario y laboral.
Tema 6. Las tasas y los precios públicos locales.
Tema 7. Tipos de comunicación: oral, telefónica. Atención al público: acogida e información al administrado. Los servicios de información administrativa.
Tema 8. Concepto de documento, registro y archivo. Funciones del Registro y del Archivo.
Tema 9. El Registro de Entrada y Salida de documentos. Requisitos en la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.
Tema 10. Concepto y clases de documentos oficiales. Formación del expediente administrativo. Criterios de ordenación de archivos vivos o de gestión.
Tema 11. Técnicas de redacción, elaboración y representación de documentos. Especial referencia al Manual de estilo administrativo.
Tema 12. Estatutos del Consorcio para el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de la provincia de Málaga. Reglamento de Régimen Interno del Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga.
Tema 13. Hojas de cálculo. Conceptos generales. Filas y columnas. Valores numéricos y fórmulas. Macros características de la hoja de calculo Excel.
Tema 14. Procesadores de textos. Conceptos generales. Funciones básicas de un procesador de textos. Funciones avanzadas. Características del procesador de textos Word.
RELACIÓN DE PLAZAS Y REQUISITOS ESPECÍFICOS-CONCURSO OPOSICIÓN LIBRE
Estas bases tienen como objeto regular los procesos selectivos para la cobertura definitiva de plazas vacantes en la plantilla que se encuentren incluidas en la Oferta de Empleo Público del CPB Málaga, debido a los servicios especiales que presta por lo que se hace necesaria la provisión de las citadas plazas mediante concurso-oposición libre.
Denominación: Técnico en Comunicación Interna y Externa.
Núm. de plazas: 1.
Escala: Administración General.
Subescala: Técnica.
Grupo: A1.
Titulación: Licenciatura en Ciencias de la Comunicación.
(Periodismo, Relaciones Públicas y Publicidad).
Permiso de conducción: Clase B.
Sistema de selección: Concurso-oposición libre.
Requisitos específicos:
No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de las funciones correspondientes a la plaza a la que aspira.
1. Fase de oposición.
Consistirá en la superación de dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio cada uno de ellos, comunes para todos los aspirantes, que versarán sobre los programas que figuran en las presentes bases. La puntuación máxima total que podrá obtenerse en la fase de oposición será de 20 puntos, según se detalla a continuación.
Primer ejercicio:
De carácter teórico, que consistirá en contestar por escrito un test multirrespuesta relacionado con el Bloque 1 Materias Comunes y Bloque 2 Materias Especificas, del temario que se detalla en cada anexo, en un tiempo máximo de 90 minutos. La puntuación máxima será de 10 puntos, debiéndose obtener un mínimo de 5 puntos para entenderlo superado.
El Tribunal deberá informar a la/os aspirantes, antes de la realización del ejercicio tipo test, de las incidencias que tendrá en la puntuación del mismo las preguntas no contestadas (en blanco) o/y las contestadas erróneamente.
Segundo ejercicio:
De carácter teórico-práctico, que consistirá en contestar una o varias preguntas que determinará el Tribunal inmediatamente antes del comienzo de la prueba y relacionada con el conocimiento de los sistemas de gestión de la información y las comunicaciones oficiales relacionadas con las emergencias e intervenciones del Consorcio, en extinción de incendios y salvamentos.
La puntuación máxima del ejercicio será de 10 puntos. Para superar esta prueba será preciso obtener una puntuación mínima de 5 puntos.
El tiempo concedido para la realización será determinado por el Tribunal y será comunicado a los opositores antes de su realización. Los opositores serán citados con indicación del día y hora.
2. Fase de concurso.
Esta fase tendrá una puntuación máxima de 8 puntos y consistirá en la valoración por el Tribunal, con arreglo al baremo que se detalla a continuación, de los méritos que acrediten los aspirantes.
Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal requerirá a los aspirantes que la hayan superado para que en el plazo de diez días hábiles acrediten documentalmente, los méritos alegados en el impreso de auto baremación adjunto a su instancia.
La documentación justificativa de los méritos valorables deberá ir ordenada y numerada según el orden en que se citan los méritos en el impreso de auto baremación, debiendo consistir en fotocopias debidamente compulsadas, de acuerdo con los criterios establecidos en la presente convocatoria.
2.1. Experiencia profesional:
Se valorará la experiencia profesional obtenida, como funcionario o laboral, con un máximo de 3 puntos, en la forma siguiente:
- Por cada mes de servicio completo prestado en cualquier Administración Pública, desarrollando trabajos de la misma categoría a la que se opta: 0,20 puntos.
El aspirante presentará Certificado acreditativo del Organismo correspondiente y certificado de vida laboral del Ministerio de Trabajo.
2.2. Cursos de formación o perfeccionamiento:
Por la presentación de diploma o certificado de asistencia a cursos relacionados con el puesto a desempeñar, para cursos organizados, impartidos u homologados por la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Diputaciones, las Entidades que integran la Administración Local, los Organismos y Entidades de Derecho Público de dichas Administraciones; Universidades y Colegios Profesionales y las Organizaciones Sindicales en el marco del Acuerdo de Formación Continua, siempre que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en la categoría a la que se opta, hasta un máximo de 5 puntos, en la forma siguiente:
- Cursos con asistencia y aprovechamiento: Por cada hora 0,005 puntos.
- Cursos con asistencia: Por cada hora 0,0045 puntos.
- Cursos en red o semipresenciales: Por cada hora 0,004 puntos.
Por impartición de cursos de formación en cualquier Administración Pública, en materias que tengan relación directa relacionada con la prevención, extinción de incendios y salvamento:
- Por cada hora lectiva de profesor: 0,005 puntos.
- Por cada hora de monitor: 0,0045 puntos.
- Por cada hora de tutoría en red, a distancia o coordinación: 0,004 puntos.
Cada curso efectuado se evaluará una sola vez.
3. Nota final.
La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y concurso, quedando seleccionados los aspirantes que mayor puntuación hayan obtenido.
Bloque 1. Materias Comunes
Tema 1. La Constitución Española de 1978.
Tema 2. La Reforma Constitucional.
Tema 3. La organización del Estado en la Constitución: Organización Institucional o política y organización territorial.
Tema 4. Las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.
Tema 5. El Estatuto de Autonomía de Andalucía.
Tema 6. Organización territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Tema 7. Medios de Comunicación Social en Andalucía.
Tema 8. La Reforma del Estatuto.
Tema 9. La Administración pública española. Administración de la Comunidad Autónoma. Administración Local.
Tema 10. Las Haciendas Locales. La Ley general presupuestaria. Ingresos tributarios.
Tema 11. Recursos de las Entidades Locales.
Tema 12. Estatuto Básico del Empleado Público.
Tema 13. Otras Entidades Locales. Mancomunidades, comarcas u otras entidades que agrupen a varios municipios. Las Áreas Metropolitanas. Las Entidades territoriales de ámbito inferior al municipal.
Tema 14. Relaciones de las Entidades Locales con las restantes Administraciones Territoriales.
Tema 15. Funcionamiento de los órganos colegiados locales.
Tema 16. Convocatoria y Orden del Día. Actas y Certificaciones de Acuerdos.
Tema 17. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Forma de los actos: la motivación, la eficacia, la notificación y la publicación.
Tema 18. Principios de actuación de la Administración Pública: eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.
Tema 19. Impugnación de Actos y Acuerdos.
Tema 20. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho.
Tema 21. Fuentes de Derecho Público.
Tema 22. La Ley y los Reglamentos.
Tema 23. La actividad financiera. La Ley General Tributaria. Exenciones tributarias.
Tema 24. Recursos de las Entidades Locales.
Tema 25. Elaboración, publicación y publicidad de las ordenanzas fiscales.
Tema 26. Las tasas y los precios públicos locales.
Tema 27. Acceso al Empleo Público. Personal al servicio de las Entidades Locales.
Tema 28. Evaluación del desempeño: carrera y compensación.
Tema 29. Derechos retributivos de los funcionarios.
Tema 30. Pérdida de la condición de funcionario público: supuestos legales.
Tema 31. Permisos, licencias y vacaciones de los funcionarios de la administración local, tratamientos, honores y recompensas.
Tema 32. Conciliación de la vida laboral, familiar y personal.
Tema 33. Personal eventual, funcionarios interinos y personal directivo.
Tema 34. Personal laboral: interrupción de la prestación laboral y suspensión del contrato de trabajo.
Tema 35. Representantes de los trabajadores en la Administración Local. Negociación colectiva. Libertad Sindical y Acción Sindical.
Tema 36. Mesas de Negociación.
Tema 37. El sistema de contabilidad de la Administración Local: principios competencias y fines de la contabilidad.
Tema 38. La liquidación del Presupuesto. Tramitación. Los remanentes de crédito.
Tema 39. El resultado presupuestario. El remanente de tesorería.
Tema 40. Comisión Especial de Cuentas.
Tema 41. Régimen de Funcionamiento de las Entidades Locales.
Tema 42. Órganos municipales necesarios.
Tema 43. Órganos colegiados.
Tema 44. Abstención. Recusación.
Tema 45. Los interesados en un procedimiento administrativo.
Tema 46. Requisitos de los Actos Administrativos.
Tema 47. La Publicación de los Actos Administrativos.
Tema 48. La participación de los interesados, el trámite de audiencia.
Tema 49. Recursos Administrativos.
Tema 50. Potestad sancionadora de las Administraciones Públicas.
Tema 51. Responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas.
Tema 52. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Tema 53. La igualdad de Género en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía de Andalucía. Ley 12/2007, para la promoción de la Igualdad de Género en Andalucía.
Tema 54. Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Bloque 2. Materias específicas
Tema 1. Ley 2/2002, de Gestión de Emergencias en Andalucía. El Consejo Andaluz del Fuego. Regulación. Naturaleza y funciones. Composición y estructura.
Tema 2. El Plan Director de los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de Andalucía para la provincia de Málaga.
Tema 3. Estatutos del Consorcio para el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de la provincia de Málaga.
Tema 4. Reglamento de Régimen Interno del Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga.
Tema 5. La comunicación humana. La operación comunicativa: Estructura, elementos y fases del proceso. Clases de comunicación.
Tema 6. Proceso de comunicación colectiva. Elementos y fases. Tipologías. La comunicación de masas. Evolución y presente de los medios masivos.
Tema 7. Los destinatarios de la comunicación social. Audiencias, público y masa. Procesos selectivos de la audiencia, tamices, reinterpretación. Eficacia comunicativa.
Tema 8. La opinión pública. Historia.
Tema 9. La fuente de comunicación. Los profesionales. Las organizaciones comunicativas.
Tema 10. Derecho de información. Implicaciones jurídicas del hecho informativo. Derecho de réplica y rectificación. Regulación legal y jurisprudencia. El derecho de los informadores. Libertad y responsabilidad. Cláusula de conciencia: Regulación legal. Secreto profesional.
Tema 11. Los Colegios profesionales y las Asociaciones de periodistas. Código deontológico de la profesión periodística.
Tema 12. La Comunicación Institucional. Origen y evolución. El Marketing en las Administraciones Públicas. Planificación.
Tema 13. Los medios de comunicación social. Evolución y situación actual.
Tema 14. La prensa en España. Orígenes y realidad actual. Semanarios y publicaciones especializadas. Las publicaciones gratuitas. Otras publicaciones.
Tema 15. El lenguaje periodístico. Características y finalidad.
Tema 16. El lenguaje publicitario. Características según el medio.
Tema 17. Los géneros del periodismo escrito. Definiciones y clasificación: Información, crónica, reportaje, entrevista y opinión. La noticia como discurso. La crónica y el reportaje. La entrevista y los géneros de opinión.
Tema 18. La radio y la televisión: Evolución y momento actual de este medio en España. Contenidos. Públicos y audiencias. Perspectivas.
Tema 19. Las agencias de noticias. Agencias internacionales. Agencias españolas de información general y especializada. Perspectivas. Los servicios locales de las agencias de noticias en la provincia de Málaga.
Tema 20. El periodismo electrónico. Internet como fuente de información y como medio de comunicación. El periodista digital. La prensa en Internet. Las webs. Posicionamiento. Accesibilidad. Visibilidad. Modelos y formatos periodísticos en la web: foros, blogs, buscadores, sindicación de contenidos, etc.
Tema 21. La publicidad. Estrategias de la comunicación publicitaria. Influencia en el comportamiento del consumidor.
Tema 22. Regulación legal de la publicidad en España. Características del sector publicitario español. Inversión publicitaria en medios de comunicación.
Tema 23. La publicidad institucional. Actividad publicitaria de instituciones y empresas públicas en España. Objetivos y medios utilizados. Aspectos económicos. La planificación de marketing y comunicación institucional desde las administraciones públicas.
Tema 24. Los gabinetes de comunicación de las Instituciones Públicas. Objetivos y funciones. Medios utilizados. Implantación en las Instituciones españolas. Empresas de imagen y asesoría en materia de comunicación. Las relaciones de las instituciones con los medios de comunicación.
Tema 25. Las relaciones públicas. El patrocinio o esponsorización como estrategia de comunicación. El mecenazgo. Normas legales que lo favorecen.
Tema 26. La identidad institucional. Concepto y relevancia. El estilo corporativo. Clases de identidad institucional.
Tema 27. Imagen corporativa. La imagen corporativa como simbología. Utilización y aplicaciones. La imagen corporativa en las Administraciones.
Tema 28. Documentación informativa. Concepto. Funciones y organización de un centro de documentación. Análisis y lenguajes documentales.
Tema 29. La comunicación interna. Tipos de comunicación interna. La auditoría de comunicación interna. El plan de comunicación. La estrategia de comunicación.
Tema 30. La comunicación de crisis. Tipología. Identificación de riesgos y concepción del plan preventivo. Gestión y control de crisis.
Tema 31. El sector de la comunicación en Andalucía. Evolución y panorama general. Estructura empresarial. Ámbitos informativos.
Tema 32. La prensa en Andalucía. Evolución histórica. Realidad actual. Prensa regional y nacional con información especializada sobre la región y la provincia. Los dossieres de prensa.
Tema 33. Competencias de la Junta de Andalucía en radiodifusión y adjudicación de frecuencias: Normativa reguladora. Emisoras de radio más importantes de la región.
Tema 34. Competencias de la Junta de Andalucía en televisión. La RTVA, creación, naturaleza jurídica y funciones. Implantación territorial de los canales de RTVA. El Consejo Audiovisual de Andalucía y el Consejo Asesor RTVE en Andalucía.
Tema 35. La prensa local y comarcal en la Provincia de Málaga. Evolución histórica y realidad actual. El consumo de información en la provincia. Difusión de los medios informativos.
Tema 36. Ruedas de prensa: Dinámica en la preparación, presentación y complemento. Ventajas e inconvenientes de las ruedas de prensa. Notas informativas: Formas y modos de redactarlas, selección de destinatarios y seguimiento. Ventajas e inconvenientes de las notas informativas.
Tema 37. El protocolo en las instituciones públicas. Organización de actos. Normativa.
Denominación: Técnico en materia Económica y de Personal.
Número de plazas: 2.
Escala: Administración General.
Subescala: Técnica.
Grupo: A2.
Titulación: Diplomatura.
Permiso de conducción: Clase B.
Sistema de selección: Concurso-oposición libre.
Requisitos específicos:
No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de las funciones correspondientes a la plaza a la que aspira.
1. Fase de oposición.
Consistirá en la superación de dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio cada uno de ellos, comunes para todos los aspirantes, que versarán sobre los programas que figuran en las presentes bases. La puntuación máxima total que podrá obtenerse en la fase de oposición será de 20 puntos, según se detalla a continuación.
Primer ejercicio:
De carácter teórico, que consistirá en contestar por escrito un test multirrespuesta relacionado con el Bloque 1 Materias Comunes y Bloque 2 Materias Especificas, del temario que se detalla en cada anexo, en un tiempo máximo de 90 minutos. La puntuación máxima será de 10 puntos, debiéndose obtener un mínimo de 5 puntos para entenderlo superado.
El Tribunal deberá informar a la/os aspirantes, antes de la realización del ejercicio tipo test, de las incidencias que tendrá en la puntuación del mismo las preguntas no contestadas (en blanco) o/y las contestadas erróneamente.
Segundo ejercicio:
De carácter teórico-práctico, que consistirá en contestar una o varias preguntas que determinará el Tribunal inmediatamente antes del comienzo de la prueba y relacionada con el conocimiento de los sistemas de gestión de recursos humanos, documentaciones, partes y sobre presupuestos del Consorcio.
La puntuación máxima del ejercicio será de 10 puntos. Para superar esta prueba será preciso obtener una puntuación mínima de 5 puntos.
El tiempo concedido para la realización será determinado por el Tribunal y será comunicado a los opositores antes de su realización. Los opositores serán citados con indicación del día y hora.
2. Fase de concurso.-
Esta fase tendrá una puntuación máxima de 8 puntos y consistirá en la valoración por el Tribunal, con arreglo al baremo que se detalla a continuación, de los méritos que acrediten los aspirantes.
Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal requerirá a los aspirantes que la hayan superado para que en el plazo de diez días hábiles acrediten documentalmente, los méritos alegados en el impreso de auto baremación adjunto a su instancia.
La documentación justificativa de los méritos valorables deberá ir ordenada y numerada según el orden en que se citan los méritos en el impreso de auto baremación, debiendo consistir en fotocopias debidamente compulsadas, de acuerdo con los criterios establecidos en la presente convocatoria.
2.1. Experiencia profesional:
Se valorará la experiencia profesional obtenida, como funcionario o laboral, en puesto de igual categoría, con un máximo de 3 puntos, en la forma siguiente:
- Por cada mes de servicio completo prestado en cualquier Administración Pública, desarrollando trabajos de la misma categoría a la que se opta: 0,20 puntos.
El aspirante presentará Certificado acreditativo del Organismo correspondiente y certificado de vida laboral del Ministerio de Trabajo.
2.2. Cursos de formación o perfeccionamiento:
Por la presentación de diploma o certificado de asistencia a cursos relacionados con el puesto a desempeñar, para cursos organizados, impartidos u homologados por la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Diputaciones, las Entidades que integran la Administración Local, los Organismos y Entidades de Derecho Público de dichas Administraciones; Universidades y Colegios Profesionales y las Organizaciones Sindicales en el marco del Acuerdo de Formación Continua, siempre que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en la categoría a la que se opta, hasta un máximo de 5 puntos, en la forma siguiente:
- Cursos con asistencia y aprovechamiento: Por cada hora 0,005 puntos.
- Cursos con asistencia: Por cada hora 0,0045 puntos.
- Cursos en red o semipresenciales: Por cada hora 0,004 puntos.
Por impartición de cursos de formación en cualquier Administración Pública, en materias que tengan relación directa relacionada con la prevención, extinción de incendios y salvamento:
- Por cada hora lectiva de profesor: 0,005 puntos.
- Por cada hora de monitor: 0,0045 puntos.
- Por cada hora de tutoría en red, a distancia o coordinación: 0,004 puntos.
Cada curso efectuado se evaluará una sola vez.
3. Nota final.
La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y concurso, quedando seleccionados los aspirantes que mayor puntuación hayan obtenido.
Bloque 1. Materias Comunes
Tema 1. La Constitución Española de 1978.
Tema 2. La organización del Estado en la Constitución: Organización Institucional o política y organización territorial.
Tema 3. El Estatuto de Autonomía de Andalucía.
Tema 4. La Administración pública española. Administración de la Comunidad Autónoma. Administración Local.
Tema 5. Las Haciendas Locales. La Ley general presupuestaria. Ingresos tributarios.
Tema 6. Estatuto Básico del Empleado Público.
Tema 7. Otras Entidades Locales. Mancomunidades, comarcas u otras entidades que agrupen a varios municipios. Las Áreas Metropolitanas. Las Entidades territoriales de ámbito inferior al municipal.
Tema 8. Relaciones de las Entidades Locales con las restantes Administraciones Territoriales.
Tema 9. Funcionamiento de los órganos colegiados locales.
Tema 10. Convocatoria y Orden del Día. Actas y Certificaciones de Acuerdos.
Tema 11. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Forma de los actos: la motivación, la eficacia, la notificación y la publicación.
Tema 12. Principios de actuación de la Administración Pública: eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.
Tema 13. Impugnación de Actos y Acuerdos.
Tema 14. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes de Derecho Público.
Tema 15. La Ley de Contratos Administrativos en la esfera local.
Tema 16. La actividad financiera. La Ley General Tributaria.
Tema 17. Las tasas y los precios públicos locales.
Tema 18. Acceso al Empleo Público.
Tema 19. Personal al servicio de las Entidades Locales.
Tema 20. Evaluación del desempeño: carrera y compensación.
Tema 21. Derechos retributivos de los funcionarios.
Tema 22. Pérdida de la condición de funcionario público: supuestos legales.
Tema 23. Permisos, licencias y vacaciones de los funcionarios de la administración local, tratamientos, honores y recompensas. Conciliación de la vida laboral, familiar y personal.
Tema 24. Personal eventual, funcionarios interinos y personal directivo.
Tema 25. Personal laboral: interrupción de la prestación laboral y suspensión del contrato de trabajo.
Tema 26. Representantes de los trabajadores en la Administración Local. Negociación colectiva. Libertad Sindical y Acción Sindical.
Tema 27. El sistema de contabilidad de la Administración Local: principios competencias y fines de la contabilidad.
Tema 28. La liquidación del Presupuesto. Tramitación. Los remanentes de crédito. El resultado presupuestario. El remanente de tesorería.
Tema 29. Comisión Especial de Cuentas.
Tema 30. Régimen de Funcionamiento de las Entidades Locales.
Tema 31. Órganos municipales necesarios.
Tema 32. Órganos colegiados.
Tema 33. Abstención. Recusación.
Tema 34. Los interesados en un procedimiento administrativo.
Tema 35. Requisitos de los Actos Administrativos.
Tema 36. La igualdad de Género en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía de Andalucía. Ley 12/2007 para la promoción de la Igualdad de Género en Andalucía.
Bloque 2. Materias especificas
Tema 1. Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Tema 2. Ley 2/2002, de Gestión de Emergencias en Andalucía. El Consejo Andaluz del Fuego. Regulación. Naturaleza y funciones. Composición y estructura. El Plan Director de los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de Andalucía para la provincia de Málaga.
Tema 3. Protección de datos de carácter personal: normativa legal al respecto.
Tema 4. Gestión y administración de Recursos Humanos en la Administración Local.
Tema 5. Seguridad Social, la carrera administrativa, retribución y jornada laboral de los empleados públicos municipales, reconocimiento de servicios previos.
Tema 6. Régimen General de la Seguridad Social. Inscripción de empresas. Afiliación de trabajadores: altas, bajas, forma de practicarse y plazos.
Tema 7. Cotización: bases y tipos. Recaudación: aplazamiento y fraccionamiento de pago, recaudación en período voluntario y en vía ejecutiva.
Tema 8. Régimen General de la Seguridad Social. Acción protectora: contingencias protegibles y régimen general de las prestaciones.
Tema 9. Maternidad: prestación económica, pérdida o suspensión del derecho al subsidio. Invalidez: clases y prestaciones. Jubilación. Muerte y supervivencia.
Tema 10. Personal al servicio de extinción de incendios y salvamento. Acceso, escalas, formación, la situación especial de la segunda actividad. Régimen disciplinario. Jubilación.
Tema 11. Afiliación, altas, bajas y variaciones de datos en Seguridad Social. Procedimiento y efectos. Sistema REDonline.
Tema 12. Retribución: concepto desalarlo y composición. Retribuciones que no tienen la consideración de salario. Abono del salario.
Tema 13. Incapacidad temporal: concepto y causas. Maternidad y riesgo durante el embarazo. Paternidad: concepto y requisitos. Contenido y duración de la prestación: características y cálculo de recibo de salarios.
Tema 14. Las Mutuas de Accidentes de Trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
Tema 15. La Cuenta General de las Entidades Locales. Tramitación de la Cuenta General.
Tema 16. Los ingresos del CPBMA.
Tema 17. Cálculo de aportaciones de los municipios al CPBMA.
Tema 18. El SICAL: Consideraciones generales y estructura. La operativa.
Tema 19. El control interno de la actividad económico-financiera de las Entidades Locales.
Tema 20. El control externo de la actividad económico-financiera del sector público local. La fiscalización de las entidades locales por el Tribunal de Cuentas y los órganos de control externo de las Comunidades Autónomas.
Tema 21. Los créditos del Presupuesto de Gastos: delimitación, situación y niveles de vinculación jurídica.
Tema 22. Las modificaciones de crédito: concepto, clases, financiación y tramitación.
Tema 23. La ejecución del proyecto de gastos e ingresos: sus fases.
Tema 24. Los pagos a justificar. Los anticipos de caja fija. Los gastos de carácter plurianual.
Tema 25. Estatutos del Consorcio para el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de la provincia de Málaga. Reglamento de Régimen Interno del Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga.
Denominación: Administrativo.
Número de plazas. 3.
Escala: Administración General.
Subescala: Administrativo.
Grupo: C1.
Titulación: Título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente.
Permiso de conducción: Clase B.
Sistema de selección: Concurso-oposición libre.
Requisitos específicos:
No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de las funciones correspondientes a la plaza a la que aspira.
1. Fase de oposición.
Consistirá en la superación de dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio cada uno de ellos, comunes para todos los aspirantes, que versarán sobre los programas que figuran en las presentes bases. La puntuación máxima total que podrá obtenerse en la fase de oposición será de 20 puntos, según se detalla a continuación.
Primer ejercicio:
De carácter teórico, que consistirá en contestar por escrito un test multirrespuesta relacionado con el Bloque 1 Materias Comunes y Bloque 2 Materias Especificas, del temario que se detalla en cada anexo, en un tiempo máximo de 90 minutos. La puntuación máxima será de 10 puntos, debiéndose obtener un mínimo de 5 puntos para entenderlo superado.
El Tribunal deberá informar a la/os aspirantes, antes de la realización del ejercicio tipo test, de las incidencias que tendrá en la puntuación del mismo las preguntas no contestadas (en blanco) o/y las contestadas erróneamente.
Segundo ejercicio:
De carácter teórico-práctico, que consistirá en contestar una o varias preguntas que determinará el Tribunal inmediatamente antes del comienzo de la prueba y relacionada con el conocimiento de los sistemas de gestión de recursos humanos, documentaciones, partes y sobre presupuestos del Consorcio.
La puntuación máxima del ejercicio será de 10 puntos. Para superar esta prueba será preciso obtener una puntuación mínima de 5 puntos.
El tiempo concedido para la realización será determinado por el Tribunal y será comunicado a los opositores antes de su realización. Los opositores serán citados con indicación del día y hora.
2. Fase de concurso.
Esta fase tendrá una puntuación máxima de 8 puntos y consistirá en la valoración por el Tribunal, con arreglo al baremo que se detalla a continuación, de los méritos que acrediten los aspirantes.
Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal requerirá a los aspirantes que la hayan superado para que en el plazo de diez días hábiles acrediten documentalmente, los méritos alegados en el impreso de auto baremación adjunto a su instancia.
La documentación justificativa de los méritos valorables deberá ir ordenada y numerada según el orden en que se citan los méritos en el impreso de auto baremación, debiendo consistir en fotocopias debidamente compulsadas, de acuerdo con los criterios establecidos en la presente convocatoria.
2.1. Experiencia profesional:
Se valorará la experiencia profesional obtenida, como funcionario o laboral, en puesto de igual categoría, con un máximo de 3 puntos, en la forma siguiente:
- Por cada mes de servicio completo prestado en cualquier Administración Pública, desarrollando trabajos de la misma categoría a la que se opta: 0,20 puntos.
El aspirante presentará Certificado acreditativo del Organismo correspondiente y certificado de vida laboral del Ministerio de Trabajo.
2.2. Cursos de formación o perfeccionamiento.
Por la presentación de diploma o certificado de asistencia a cursos relacionados con el puesto a desempeñar, para cursos organizados, impartidos u homologados por la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Diputaciones, las Entidades que integran la Administración Local, los Organismos y Entidades de Derecho Público de dichas Administraciones; Universidades y Colegios Profesionales y las Organizaciones Sindicales en el marco del Acuerdo de Formación Continua, siempre que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en la categoría a la que se opta, hasta un máximo de 5 puntos, en la forma siguiente:
- Cursos con asistencia y aprovechamiento: Por cada hora 0,008 puntos
- Cursos con asistencia: Por cada hora 0,007 puntos.
- Cursos en red o semipresenciales: Por cada hora 0,006 puntos.
Por impartición de cursos de formación en cualquier Administración Pública, en materias que tengan relación directa relacionada con la prevención, extinción de incendios y salvamento:
- Por cada hora lectiva de profesor: 0,008 puntos.
- Por cada hora de monitor: 0,007 puntos.
- Por cada hora de tutoría en red, a distancia o coordinación: 0,006 puntos.
Cada curso efectuado se evaluará una sola vez.
3. Nota final.
La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y concurso, quedando seleccionados los aspirantes que mayor puntuación hayan obtenido.
Bloque 1. Materias Comunes
Tema 1. La Constitución Española de 1978.
Tema 2. El Estatuto de Autonomía de Andalucía.
Tema 3. La Administración pública española. Administración de la Comunidad Autónoma. Administración Local.
Tema 4. Las Haciendas Locales. La Ley general presupuestaria. Ingresos tributarios.
Tema 5. Estatuto Básico del Empleado Público.
Tema 6. La igualdad de Género en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía de Andalucía. Ley 12/2007 para la promoción de la Igualdad de Género en Andalucía.
Tema 7. El Estado. Organización del Estado. La Corona.
Tema 8. El Gobierno. La Administración del Estado
Tema 9. El Poder Judicial.
Tema 10. La Administración General del Estado. Las Comunidades Autónomas.
Tema 11. El Estatuto de Autonomía para Andalucía.
Tema 12. La Provincia. Organización Provincial. Competencias.
Tema 13. El Municipio. El Término Municipal. La población.
Tema 14. Organización Municipal. Competencias.
Tema 15. Estructuras supramunicipales. Mancomunidades. Agrupaciones. La Comarca.
Tema 16. Ordenanzas. Bandos y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación. Infracciones.
Tema 17. Relaciones entre Entes Territoriales. Autonomía Municipal.
Tema 18. Principios de actuación de la Administración Pública: eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.
Tema 19. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley y los Reglamentos.
Tema 20. La relación jurídico-administrativa. Conceptos. La Administración y el administrado. Actos jurídicos del administrado.
Tema 21. El Procedimiento Administrativo. Normas reguladoras. Fases del Procedimiento Administrativo. El silencio administrativo.
Tema 22. Dimensión temporal del Procedimiento Administrativo. Procedimientos especiales. La potestad sancionadora.
Tema 23. El acto administrativo. Motivación y notificación.
Tema 24. Eficacia del acto administrativo. Ejecutividad y ejecución forzosa. Suspensión. Validez e invalidez del acto administrativo. Convalidación, conservación y conversión.
Bloque 2. Materias Específicas
Tema 1. Formas de la acción administrativa. La actividad de Fomento. La policía. El Servicio Público Local.
Tema 2. La Revisión de los actos administrativos. Los recursos administrativos: de alzada, potestativo de reposición, extraordinario de revisión. El recurso económico-administrativo.
Tema 3. La intervención administrativa en la propiedad privada. La expropiación forzosa.
Tema 4. La responsabilidad de la Administración Pública. Responsabilidades de las autoridades y personal al servicio de la misma.
Tema 5. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. Incompatibilidades. Régimen jurídico y disciplinario. Derechos económicos. La Seguridad Social.
Tema 6. Los bienes de las Entidades Locales. El dominio público local.
Tema 7. Los contratos administrativos en la esfera local. Ejecución, modificación y suspensión.
Tema 8. Especialidades del procedimiento administrativo local. Registro de Entrada y Salida. Comunicaciones y notificaciones.
Tema 9. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Actas y Certificados de acuerdo. Las resoluciones del presidente de las corporaciones.
Tema 10. Ley General Presupuestaria. El presupuesto.
Tema 11. Estudio especial de ingresos tributario: Impuestos, tasas y contribuciones especiales. Los precios públicos.
Tema 12. El gasto público local: concepto y régimen legal.
Tema 13. Estatutos del Consorcio para el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de la provincia de Málaga.
Tema 14. Reglamento de Régimen Interno del Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga.
Tema 15. Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Tema 16. Ley 2/2002 de Gestión de Emergencias en Andalucía. El Consejo Andaluz del Fuego. Regulación. Naturaleza y funciones. Composición y estructura. El Plan Director de los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de Andalucía para la provincia de Málaga.
Denominación: Auxiliar Administrativo.
Número de plazas: 4.
Escala: Administración General.
Subescala: Administrativa.
Grupo: C2.
Titulación: Graduado Escolar, Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, FPI o equivalente.
Permiso de conducción: Clase B.
Sistema de selección: Concurso-oposición libre.
Requisitos específicos:
No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de las funciones correspondientes a la plaza a la que aspira.
1. Fase de oposición.
Consistirá en la superación de dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio cada uno de ellos, comunes para todos los aspirantes, que versarán sobre los programas que figuran en las presentes bases. La puntuación máxima total que podrá obtenerse en la fase de oposición será de 20 puntos, según se detalla a continuación.
Primer ejercicio:
De carácter teórico, que consistirá en contestar por escrito un test multirrespuesta relacionado con el Bloque 1 Materias Comunes y Bloque 2 Materias Especificas, del temario que se detalla en cada anexo, en un tiempo máximo de 90 minutos. La puntuación máxima será de 10 puntos, debiéndose obtener un mínimo de 5 puntos para entenderlo superado.
El Tribunal deberá informar a la/os aspirantes, antes de la realización del ejercicio tipo test, de las incidencias que tendrá en la puntuación del mismo las preguntas no contestadas (en blanco) o/y las contestadas erróneamente.
Segundo ejercicio:
De carácter teórico-práctico, que consistirá en contestar una o varias preguntas que determinará el Tribunal inmediatamente antes del comienzo de la prueba y relacionada con el conocimiento de los sistemas de gestión de recursos humanos, documentaciones, partes y sobre presupuestos del Consorcio.
La puntuación máxima del ejercicio será de 10 puntos. Para superar esta prueba será preciso obtener una puntuación mínima de 5 puntos.
El tiempo concedido para la realización será determinado por el Tribunal y será comunicado a los opositores antes de su realización. Los opositores serán citados con indicación del día y hora.
2. Fase de concurso.
Esta fase tendrá una puntuación máxima de 8 puntos y consistirá en la valoración por el Tribunal, con arreglo al baremo que se detalla a continuación, de los méritos que acrediten los aspirantes.
Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal requerirá a los aspirantes que la hayan superado para que en el plazo de diez días hábiles acrediten documentalmente, los méritos alegados en el impreso de auto baremación adjunto a su instancia.
La documentación justificativa de los méritos valorables deberá ir ordenada y numerada según el orden en que se citan los méritos en el impreso de auto baremación, debiendo consistir en fotocopias debidamente compulsadas, de acuerdo con los criterios establecidos en la presente convocatoria.
2.1. Experiencia profesional:
Se valorará la experiencia profesional obtenida, como funcionario o laboral, en puesto de igual categoría, con un máximo de 3 puntos, en la forma siguiente:
- Por cada mes de servicio completo prestado en cualquier Administración Pública, desarrollando trabajos de la misma categoría a la que se opta: 0,20 puntos.
El aspirante presentará Certificado acreditativo del Organismo correspondiente y certificado de vida laboral del Ministerio de Trabajo.
2.2. Cursos de formación o perfeccionamiento:
Por la presentación de diploma o certificado de asistencia a cursos relacionados con el puesto a desempeñar, para cursos organizados, impartidos u homologados por la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Diputaciones, las Entidades que integran la Administración Local, los Organismos y Entidades de Derecho Público de dichas Administraciones; Universidades y Colegios Profesionales y las Organizaciones Sindicales en el marco del Acuerdo de Formación Continua, siempre que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en la categoría a la que se opta, hasta un máximo de 5 puntos, en la forma siguiente:
- Cursos con asistencia y aprovechamiento: Por cada hora 0,008 puntos.
- Cursos con asistencia: Por cada hora 0,007 puntos.
- Cursos en red o semipresenciales: Por cada hora 0,006 puntos.
Por impartición de cursos de formación en cualquier Administración Pública, en materias que tengan relación directa relacionada con la prevención, extinción de incendios y salvamento:
- Por cada hora lectiva de profesor: 0,008 puntos.
- Por cada hora de monitor: 0,007 puntos.
- Por cada hora de tutoría en red, a distancia o coordinación: 0,006 puntos.
Cada curso efectuado se evaluará una sola vez.
3. Nota final.
La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y concurso, quedando seleccionados los aspirantes que mayor puntuación hayan obtenido.
Bloque 1. Materias Comunes
Tema 1. La Constitución Española de 1978.
Tema 2. El Estatuto de Autonomía de Andalucía.
Tema 3. La Administración pública española. Administración de la Comunidad Autónoma. Administración Local.
Tema 4. Las Haciendas Locales. La Ley general presupuestaria. Ingresos tributarios.
Tema 5. Estatuto Básico del Empleado Público.
Tema 6. La igualdad de Género en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía de Andalucía. Ley 12/2007 para la promoción de la Igualdad de Género en Andalucía.
Tema 7. Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Tema 8. Ley 2/2002, de Gestión de Emergencias en Andalucía. El Consejo Andaluz del Fuego. Regulación. Naturaleza y funciones. Composición y estructura. El Plan Director de los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de Andalucía para la provincia de Málaga.
Bloque 2. Materias Específicas
Tema 1. Otras Entidades Locales. Mancomunidades, comarcas u otras entidades que agrupen a varios municipios. Las Áreas Metropolitanas. Las Entidades territoriales de ámbito inferior al municipal.
Tema 2. Relaciones de las Entidades Locales con las restantes Administraciones Territoriales.
Tema 3. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y Orden del Día. Actas y Certificaciones de Acuerdos.
Tema 4. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Forma de los actos: la motivación, la eficacia, la notificación y la publicación.
Tema 5. Régimen Jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas: régimen estatutario y laboral.
Tema 6. Las tasas y los precios públicos locales.
Tema 7. Tipos de comunicación: oral, telefónica. Atención al público: acogida e información al administrado. Los servicios de información administrativa.
Tema 8. Concepto de documento, registro y archivo. Funciones del Registro y del Archivo.
Tema 9. El Registro de Entrada y Salida de documentos. Requisitos en la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.
Tema 10. Concepto y clases de documentos oficiales. Formación del expediente administrativo. Criterios de ordenación de archivos vivos o de gestión.
Tema 11. Técnicas de redacción, elaboración y representación de documentos. Especial referencia al Manual de estilo administrativo.
Tema 12. Estatutos del Consorcio para el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de la provincia de Málaga. Reglamento de Régimen Interno del Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga.
Tema 13. Hojas de cálculo. Conceptos generales. Filas y columnas. Valores numéricos y fórmulas. Macros características de la hoja de calculo Excel.
Tema 14. Procesadores de textos. Conceptos generales. Funciones básicas de un procesador de textos. Funciones avanzadas. Características del procesador de textos Word.
Denominación: Bombero-Conductor.
Número de plazas: 180.
Escala: Administración Especial.
Subescala: Servicios Especiales.
Clase: Extinción de Incendios.
Grupo: C2.
Titulación: Graduado Escolar.
Permiso de conducción: Clase C.
Sistema de selección: Concurso-oposición libre.
Requisitos específicos:
No padecer enfermedad o defecto físico de los relacionados en el cuadro de exclusiones (Anexo II) que se especifica en el anexo correspondiente, en grado que impida el normal ejercicio de las funciones correspondientes a la plaza a la que aspira.
1. Fase de oposición.
Consistirá en la superación de cinco ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio cada uno de ellos, comunes para todos los aspirantes, que versarán sobre los programas que figuran en las presentes bases. La puntuación máxima total que podrá obtenerse en la fase de oposición será de 20 puntos, según se detalla a continuación.
Primer ejercicio:
De carácter teórico, que consistirá en contestar por escrito un test multirrespuesta relacionado con el Bloque 1 Materias Comunes y Bloque 2 Materias Especificas, del temario que se detalla en cada anexo, en un tiempo máximo de 90 minutos. La puntuación máxima será de 10 puntos, debiéndose obtener un mínimo de 5 puntos para entenderlo superado.
El Tribunal deberá informar a la/os aspirantes, antes de la realización del ejercicio tipo test, de las incidencias que tendrá en la puntuación del mismo las preguntas no contestadas (en blanco) o/y las contestadas erróneamente.
Segundo ejercicio:
De carácter teórico-práctico, que consistirá en contestar una o varias preguntas que determinará el Tribunal inmediatamente antes del comienzo de la prueba y relacionada con el conocimiento de los vehículos, herramientas, equipos y maquinarias del material fijo y móvil del Consorcio, utilizados en las intervenciones de prevención, extinción de incendios y salvamentos.
La puntuación máxima del ejercicio será de 10 puntos. Para superar esta prueba será preciso obtener una puntuación mínima de 5 puntos.
El tiempo concedido para la realización será determinado por el Tribunal y será comunicado a los opositores antes de su realización. Los opositores serán citados con indicación del día y hora.
Tercer ejercicio:
El examen psicológico tendrá como finalidad comprobar que los aspirantes presentan un perfil psicológico adecuado a la función a la que aspiran, excluyendo aquellos rasgos que puedan dar lugar a trastornos psicopatológicos que puedan poner en peligro la prestación de los servicios.
Capacidad intelectual mediante test de aptitudes personales.
Asimismo eliminatorio. Consistirá en un reconocimiento psicotécnico dirigido a determinar las aptitudes y actitudes de los aspirantes para el desempeño del puesto y los problemas de personalidad que afecten de manera significativa:
- A la aptitud mental.
- Al control y la estabilidad psíquica.
- A la posibilidad de adaptación a un equipo.
- A la aceptación de normas y de la autoridad.
- A la capacidad de decisión.
El ejercicio incluirá la realización de uno o varios test, así como la realización de una entrevista personal a petición del psicólogo y/o el Tribunal lo considera conveniente.
Este ejercicio se calificará de apto y no apto. Serán eliminados aquellos Aspirantes calificados de no aptos.
Cuarto ejercicio:
Aptitud física. Que consistirá en la realización de las pruebas físicas que a continuación se relacionan, con las marcas mínimas que asimismo se especifican, debiendo superar cada ejercicio para poder realizar el siguiente, siendo la calificación del mismo de «Apto» o «No apto».
Será requisito indispensable para la realización de este ejercicio que el Opositor presente un Certificado médico en modelo oficial del Colegio Médico, en el que se indique que no padece ningún tipo de lesión ni patología que le impida la realización de las pruebas físicas de que consta el ejercicio.
Si algún aspirante el día que le corresponda realizar las pruebas físicas, aportase ante el Tribunal, Certificado médico por enfermedad o lesión que acredite la imposibilidad de realizar las pruebas, se le aplazará la realización de las mismas al último día en que se realicen éstas, quedando eliminado en caso de no poder efectuarlas.
Del mismo modo, si durante la realización de las pruebas se lesionase algún aspirante y, a petición propia o prescripción del médico presente en las mismas, solicitase aplazamiento, se le concederá realizar las que les queden pendientes el último día de la celebración de las mencionadas pruebas, quedando eliminado en caso de no poder efectuarlas.
El Tribunal podrá elegir al azar de entre los aspirantes un número de ellos para la realización de un control antidoping, realizado por el Servicio de Seguimiento de la Salud del Consorcio, teniendo en cuenta que el hecho de haber consumido productos estimulantes de la capacidad física según la lista aprobada por el Consejo Superior de Deportes, supondrá la exclusión del afectado en el proceso selectivo.
Pruebas físicas.
Ejercicio 1: Natación.
- Disposición: Consistirá en nadar 25 metros estilo libre en el tiempo que se recoge en la tabla 1.
El/la aspirante podrá colocarse en la salida de tres formas: sobre el podium de salida, en el borde de la piscina o en su interior tocando la pared con una mano y los pies contra la pared.
- Salida: se realizará conforme al reglamento de natación, toque de silbato largo para aproximarse, una voz de preparados para colocarse en posición de salida y un toque de silbato corto para dar la salida. Se permitirá una salida falsa.
- Ejecución: Se nadará a estilo libre la distancia propuesta finalizando al tocar la pared con una mano.
- Será motivo de descalificación o no apto:
Apoyarse en cualquier borde de la piscina y corcheras.
Tocar el suelo en cualquier momento después de dar la salida hasta la llegada del aspirante.
El/la aspirante será descalificado/a del proceso selectivo a su segunda salida falsa.
Superar el tiempo establecido en la tabla 1.
Ejercicio 2: Salto de longitud con los pies juntos.
- Disposición: El/la aspirante realizará un salto a pies juntos partiendo de la posición de pie.
- Ejecución: Se colocarán los pies en paralelo detrás de una línea marcada en el suelo. Para la realización del salto se permitirá el balanceo.
La medición se realizará desde la línea hasta la marca más retrasada en el salto dejada por el aspirante.
Se dispondrá de un intento nulo.
- Será motivo de descalificación o no apto:
No alcanzar la distancia establecida en la tabla 1.
Si no salta con ambos pies a la vez.
Ejercicio 3: Carrera de 100 metros.
- Disposición: El/la aspirante deberá recorrer la distancia de 100 metros en el menor tiempo posible y no podrá superar el tiempo establecido en la tabla 1.
- Ejecución: El/la aspirante podrá adoptar la posición que desee para tomar la salida. No se dispondrá de tacos de salida y se permitirá el uso de zapatillas de clavos.
- Salida: El juez de salida dará la voz de «a sus puestos» y el/la opositor/a se aproximará. A la voz de «listos» adoptará la posición de salida que desee con la que esperará de forma estática el toque del silbato o la señal que el juez considere.
Cada opositor/a correrá por la calle asignada, terminando la prueba al cruzar la meta.
Se dispondrá de una salida falsa.
- Será motivo de descalificación o no apto:
Cometer dos salidas falsas.
Invadir otra calle que no sea la asignada para la carrera.
Molestar u obstruir a otro/a corredor/a.
Superar el tiempo establecido en la tabla 1.
Ejercicio 4: Carrera de 1.000 metros.
- Disposición: El/la aspirante deberá recorrer la distancia de 1.000 metros en el menor tiempo posible y no podrá superar el tiempo establecido en la tabla 1.
- Ejecución: El/la aspirante podrá adoptar la posición que desee para tomar la salida. No se dispondrá de tacos de salida y se permitirá el uso de zapatillas de clavos.
- Salida: El juez de salida dará la voz de «a sus puestos» y el/la opositor/a se aproximará. A la voz de «listos» adoptará la posición de salida que desee con la que esperará de forma estática el toque del silbato la señal que el juez considere.
Terminará la prueba al cruzar la meta. Se dispondrá de una salida falsa.
- Será motivo de descalificación o no apto:
Cometer dos salidas falsas.
Molestar u obstruir a otro corredor.
Invadir el interior de la pista, pisando por dentro de la cuerda.
Superar el tiempo establecido en la tabla 1.
Ejercicio 5: Press de banca.
- Disposición: El/la aspirante levantará un peso de 40 kg los hombres y 30 kg las mujeres y realizar las extensiones seguidas y sin interrupción establecidas en la tabla 1.
- Ejecución: El/la aspirante en el banco, pondrá su espalda en contacto con su superficie.
Será a criterio del/de la aspirante la colocación de los pies.
Los brazos en una extensión completa agarrarán la barra a la anchura de los hombros.
Cuando el tribunal considere que la posición de inicio es la correcta avisarán para el inicio de la ejecución.
El tribunal contará en voz alta las repeticiones válidas e indicará en su defecto la repetición no contada y la causa.
- Será motivo de descalificación o no apto:
No tocar el pecho con la barra y no realizar la extensión completa.
No subir al mismo tiempo las dos manos.
Cometer dos intentos nulos.
No alcanzar las repeticiones establecidas en la tabla 1.
Tabla 1: Pruebas físicas | ||||||||||
Prueba |
1 Natación 25 m |
2 Salto longitud |
3 Carrera 100 m |
4 Carrera 1.000 m |
5 Press banca |
|||||
H: Hombre M: Mujer |
H | M | H | M | H | M | H | M | H | M |
Edad | ||||||||||
Hasta 29 años | 25 s | 30 s | 185 | 175 | 16 | 18 | 4:30 | 4:40 | 10 | 8 |
De 30 a 39 | 30 s | 35 s | 175 | 165 | 17 | 19 | 4:35 | 4:45 | 9 | 7 |
De 40 a 49 | 35 s | 40 s | 165 | 155 | 18 | 20 | 4:40 | 4:50. | 8 | 6 |
Más de 49 | 40 s | 45 s | 155 | 145 | 19 | 21 | 4:45 | 4:55. | 7 | 5 |
segundos | centímetros | segundos | minutos | unidades |
Quinto ejercicio:
Reconocimiento médico. Será eliminatorio y consistirá en un reconocimiento que será practicado por el Servicio de Seguimiento de la Salud del CPBMA. Se realizarán cuantas pruebas clínicas y complementarias de otra clase se consideren necesarias, en base a las causas de exclusión contenidas en el Anexo II (cuadro de exclusiones). En caso de negarse a realizar alguna de las pruebas o análisis propuestos por el servicio médico, quedará calificado el opositor como «no apto».
El reconocimiento médico se calificará como «apto» o «no apto». El Tribunal otorgará certificación de aptitud, siendo necesaria la calificación de «apto» en el reconocimiento médico, quedando eliminado el aspirante en caso contrario.
2. Fase de concurso.
Esta fase tendrá una puntuación máxima de 8 puntos y consistirá en la valoración por el Tribunal, con arreglo al baremo que se detalla a continuación, de los méritos que acrediten los aspirantes.
Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal requerirá a los aspirantes que la hayan superado para que en el plazo de diez días hábiles acrediten documentalmente, los méritos alegados en el impreso de auto baremación adjunto a su instancia.
La documentación justificativa de los méritos valorables deberá ir ordenada y numerada según el orden en que se citan los méritos en el impreso de auto baremación, debiendo consistir en fotocopias debidamente compulsadas, de acuerdo con los criterios establecidos en la presente convocatoria.
2.1. Experiencia profesional:
Se valorará la experiencia profesional obtenida, como funcionario o laboral, en puesto de igual o superior categoría, con un máximo de 3 puntos, en la forma siguiente:
- Por cada mes de servicio completo prestado en Consorcios o Servicios contra Incendios de cualquier Administración Pública, desarrollando trabajos de la misma o superior categoría a la que se opta: 0,10 puntos.
El aspirante presentará Certificado acreditativo del Organismo correspondiente y certificado de vida laboral del Ministerio de Trabajo.
2.2. Cursos de formación o perfeccionamiento:
Por la presentación de diploma o certificado de asistencia a cursos relacionados con el puesto a desempeñar, para cursos organizados, impartidos u homologados por la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Diputaciones, las Entidades que integran la Administración Local, los Organismos y Entidades de Derecho Público de dichas Administraciones; Universidades y Colegios Profesionales y las Organizaciones Sindicales en el marco del Acuerdo de Formación Continua, siempre que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en la categoría a la que se opta, hasta un máximo de 5 puntos, en la forma siguiente:
- Cursos con asistencia y aprovechamiento: Por cada hora 0,008 puntos.
- Cursos con asistencia: Por cada hora 0,007 puntos.
- Cursos en red o semipresenciales: Por cada hora 0,006 puntos.
Por impartición de cursos de formación en cualquier Administración Pública, en materias que tengan relación directa relacionada con la prevención, extinción de incendios y salvamento:
- Por cada hora lectiva de profesor: 0,008 puntos.
- Por cada hora de monitor: 0,007 puntos.
- Por cada hora de tutoría en red, a distancia o coordinación: 0,006 puntos.
Cada curso efectuado se evaluará una sola vez.
2.3. Nota final.
La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y concurso, quedando seleccionados los aspirantes que mayor puntuación hayan obtenido.
Bloque 1. Materias Comunes
Tema 1. La Constitución Española de 1978.
Tema 2. El Estatuto de Autonomía de Andalucía.
Tema 3. La Administración pública española. Administración de la Comunidad Autónoma. Administración Local.
Tema 4. Las Haciendas Locales. La Ley general presupuestaria. Ingresos tributarios.
Tema 5. Estatuto Básico del Empleado Público.
Tema 6. La igualdad de Género en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía de Andalucía. Ley 12/2007 para la promoción de la Igualdad de Género en Andalucía.
Tema 7. Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Tema 8. Ley 2/2002, de Gestión de Emergencias en Andalucía. El Consejo Andaluz del Fuego. Regulación. Naturaleza y funciones. Composición y estructura. El Plan Director de los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de Andalucía para la provincia de Málaga.
Bloque 2. Materias Específicas
Tema 1. Teoría del fuego. Conceptos básicos. Combustible. Comburente. Energía de activación. Triángulo del fuego. Reacción en cadena. Tetraedro del fuego. Análisis de los factores de un incendio. Transmisión del calor. Velocidad de propagación. Límite de inflamabilidad. Punto de inflamación.
Tema 2. Clasificación de los fuegos. Según el combustible. Por su manifestación y desarrollo. Causas de los incendios y medidas preventivas. Evolución del incendio. Iniciación. Desarrollo. Etapas del incendio. El humo y los gases de combustión. Principios básicos de extinción de incendios. Combustible. Comburente. Energía de activación. Reacción en cadena.
Tema 3. Casos especiales de incendios. Explosiones. Clasificación de las explosiones.
Tema 4. Agentes extintores. Clasificación. Descripción. Sustancias extintoras adecuadas a cada tipo de fuego. Sustancias extintoras especiales. Clasificación. Descripción. Espumas. Clasificación. Descripción. Equipos generadores de espuma.
Tema 5. Instalaciones de protección contra incendios: Extintores. BIE. Boca de Incendio Equipada. Columna seca. Hidrantes. Descripción. Normas de utilización. Mantenimiento. Normativa.
Tema 6. Vehículos de extinción de incendios y salvamento. Clasificación. Descripción. Normativa.
Tema 7. Equipo de protección individual del bombero. Tipos. Descripción. Normativa.
Tema 8. Equipos de protección de vías respiratorias. Tipos. Descripción. Normativa.
Tema 9. Incendios forestales. Conceptos básicos. Clasificación. Propagación. Prevención. Extinción.
Tema 10. Principios generales de socorrismo. Concepto. Actuación del socorrista. Conducta a observar ante un accidente.
Tema 11. Mecánica de fluidos. Principios generales. Clasificación de las Bombas. Descripción. Bombas y motobombas del Consorcio. Clasificación. Descripción. Mantenimiento.
Tema 12. Estatutos del Consorcio para el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de la provincia de Málaga. Reglamento de Régimen Interno del Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga.
Tema 13. Tipología de Planes de emergencia. El Plan Territorial de Emergencia de la provincia de Málaga. Planes especiales y Planes Específicos.
Tema 14. Código de la circulación. Conducción de vehículos de emergencias. Conducción en 4 x 4. Normas.
Denominación: Operadores/as de Sala.
Número de plazas: 1.
Escala: Administración Especial.
Subescala: Servicios Especiales.
Clase: Extinción de Incendios.
Grupo: C2.
Titulación: Graduado Escolar.
Permiso de conducción: Clase B.
Sistema de selección: Concurso-oposición libre.
Requisitos específicos:
No padecer enfermedad o defecto físico de los relacionados en el cuadro de exclusiones (Anexo II) que se especifica en el anexo correspondiente, en grado que impida el normal ejercicio de las funciones correspondientes a la plaza a la que aspira.
1. Fase de oposición.
Consistirá en la superación de tres ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio cada uno de ellos, comunes para todos los aspirantes, que versarán sobre los programas que figuran en las presentes bases. La puntuación máxima total que podrá obtenerse en la fase de oposición será de 20 puntos, según se detalla a continuación.
Primer ejercicio:
De carácter teórico, que consistirá en contestar por escrito un test multirrespuesta relacionado con el Bloque 1 Materias Comunes y Bloque 2 Materias Especificas, del temario que se detalla en cada anexo, en un tiempo máximo de 90 minutos. La puntuación máxima será de 10 puntos, debiéndose obtener un mínimo de 5 puntos para entenderlo superado.
El Tribunal deberá informar a la/os aspirantes, antes de la realización del ejercicio tipo test, de las incidencias que tendrá en la puntuación del mismo las preguntas no contestadas (en blanco) o/y las contestadas erróneamente.
Segundo ejercicio:
De carácter teórico-práctico, que consistirá en contestar una o varias preguntas que determinará el Tribunal inmediatamente antes del comienzo de la prueba y relacionada con el conocimiento de los sistemas de gestión de emergencias, comunicaciones y transmisiones del Centro de Emergencias del Consorcio y relacionados con las intervenciones en extinción de incendios y salvamentos.
La puntuación máxima del ejercicio será de 10 puntos. Para superar esta prueba será preciso obtener una puntuación mínima de 5 puntos.
El tiempo concedido para la realización será determinado por el Tribunal y será comunicado a los opositores antes de su realización. Los opositores serán citados con indicación del día y hora.
Tercer ejercicio:
El examen psicológico tendrá como finalidad comprobar que los aspirantes presentan un perfil psicológico adecuado a la función a la que aspiran, excluyendo aquellos rasgos que puedan dar lugar a trastornos psicopatológicos que puedan poner en peligro la prestación de los servicios.
Capacidad intelectual mediante test de aptitudes personales.
Asimismo eliminatorio. Consistirá en un reconocimiento psicotécnico dirigido a determinar las aptitudes y actitudes de los aspirantes para el desempeño del puesto y los problemas de personalidad que afecten de manera significativa:
- A la aptitud mental.
- Al control y la estabilidad psíquica.
- A la posibilidad de adaptación a un equipo.
- A la aceptación de normas y de la autoridad.
- A la capacidad de decisión.
El ejercicio incluirá la realización de uno o varios test, así como la realización de una entrevista personal a petición del psicólogo y/o el Tribunal lo considera conveniente.
Este ejercicio se calificará de apto y no apto. Serán eliminados aquellos Aspirantes calificados de no aptos.
2. Fase de concurso.
Esta fase tendrá una puntuación máxima de 8 puntos y consistirá en la valoración por el Tribunal, con arreglo al baremo que se detalla a continuación, de los méritos que acrediten los aspirantes.
Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal requerirá a los aspirantes que la hayan superado para que en el plazo de diez días hábiles acrediten documentalmente, los méritos alegados en el impreso de auto baremación adjunto a su instancia.
La documentación justificativa de los méritos valorables deberá ir ordenada y numerada según el orden en que se citan los méritos en el impreso de auto baremación, debiendo consistir en fotocopias debidamente compulsadas, de acuerdo con los criterios establecidos en la presente convocatoria.
2.1. Experiencia profesional:
Se valorará la experiencia profesional obtenida, como funcionario o laboral, en puesto de igual o superior categoría, con un máximo de 3 puntos, en la forma siguiente:
- Por cada mes de servicio completo prestado en Consorcios o Servicios contra Incendios de cualquier Administración Pública, desarrollando trabajos de la misma o superior categoría a la que se opta: 0,10 puntos.
El aspirante presentará Certificado acreditativo del Organismo correspondiente y certificado de vida laboral del Ministerio de Trabajo.
2.2. Cursos de formación o perfeccionamiento:
Por la presentación de diploma o certificado de asistencia a cursos relacionados con el puesto a desempeñar, para cursos organizados, impartidos u homologados por la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Diputaciones, las Entidades que integran la Administración Local, los Organismos y Entidades de Derecho Público de dichas Administraciones; Universidades y Colegios Profesionales y las Organizaciones Sindicales en el marco del Acuerdo de Formación Continua, siempre que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en la categoría a la que se opta, hasta un máximo de 5 puntos, en la forma siguiente:
- Cursos con asistencia y aprovechamiento: Por cada hora 0,008 puntos.
- Cursos con asistencia: Por cada hora 0,007 puntos.
- Cursos en red o semipresenciales: Por cada hora 0,006 puntos.
Por impartición de cursos de formación en cualquier Administración Pública, en materias que tengan relación directa relacionada con la prevención, extinción de incendios y salvamento:
- Por cada hora lectiva de profesor: 0,008 puntos.
- Por cada hora de monitor: 0,007 puntos.
- Por cada hora de tutoría en red, a distancia o coordinación: 0,006 puntos.
Cada curso efectuado se evaluará una sola vez.
2.3. Nota final.
La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y concurso, quedando seleccionados los aspirantes que mayor puntuación hayan obtenido.
Bloque 1. Materias Comunes
Tema 1. La Constitución Española de 1978.
Tema 2. El Estatuto de Autonomía de Andalucía.
Tema 3. La Administración pública española. Administración de la Comunidad Autónoma. Administración Local.
Tema 4. Las Haciendas Locales. La Ley general presupuestaria. Ingresos tributarios.
Tema 5. Estatuto Básico del Empleado Público.
Tema 6. La igualdad de Género en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía de Andalucía. Ley 12/2007 para la promoción de la Igualdad de Género en Andalucía.
Tema 7. Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Tema 8. Ley 2/2002, de Gestión de Emergencias en Andalucía. El Consejo Andaluz del Fuego. Regulación. Naturaleza y funciones. Composición y estructura. El Plan Director de los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de Andalucía para la provincia de Málaga.
Bloque 2. Materias Específicas
Tema 1. El teléfono de emergencias europeo 112. Normativa legal. Implantación del 112 en España. Implantación en Andalucía. Marco legislativo.
Tema 2. Concepto de Centro de Coordinación. Tipos.
Tema 3. Factores determinantes en las llamadas de emergencia. Población. Actividad humana, Conocimiento del numero 112.
Tema 4. Llamada de emergencia. Proceso. Localización. Tipificación. Activación. Seguimiento. Cierre.
Tema 5. Servicios integrados en los Centros de Coordinación. Funciones. Actuación. Organización.
Tema 6. Infraestructuras de un Centro de Coordinación. Comunicaciones. Teléfonos. Radio. Informática.
Tema 7. Radiocomunicaciones. Diagrama de un sistema. Conceptos básicos. Ondas. Longitud de onda. Frecuencia. Relación frecuencia-longitud de onda. Magnitudes. Modulaciones. Espectro y banda. Canales.
Tema 8. Sistemas de radio. Analógico. Digital. Selección de frecuencias. Equipos de usuario. Antenas.
Tema 9. Tipos de Comunicaciones. Modo simplex. Modo duplas. Modo semiduplex. Tipos de sistemas PMR.
Tema 10. Sistemas PMR. Sistema Tetra. Sistema Tetrapol. Características. Servicios. Frecuencias.
Tema 11. Estatutos del Consorcio para el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de la provincia de Málaga. Reglamento de Régimen Interno del Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga.
Tema 12. Tipología de Planes de emergencia. El Plan Territorial de Emergencia de la provincia de Málaga. Planes especiales y Planes Específicos.
Tema 13. Principios generales de socorrismo. Concepto. Actuación del socorrista. Conducta a observar ante un accidente.
Tema 14. Sistemas informáticos. Redes de ordenadores en gestión de emergencias. Hardware y Software. Entorno de Windows. Conceptos básicos sobre protocolos de comunicación entre ordenadores.
ANEXO II
CUADRO DE EXCLUSIONES
Listado de exclusiones por motivo de enfermedad o defecto físico.
Criterios.
- El aspirante ha de estar exento de toda enfermedad orgánica, de toda secuela de accidente y de cualquier deficiencia física o psíquica que pueda constituir una dificultad en la práctica profesional, teniendo como base los criterios que se indican a continuación:
1. Oftalmología. No padecer:
- Agudeza visual sin corrección inferior a los 2/3 de la visión normal en cada uno de los ojos.
- Retinopatía (se admite la Coriorrentinitis Central Serosa).
- Retinosis pigmentaria.
- Hemeralopía.
- Hemianopsía.
- Diplopía.
- Discromatopsias importantes.
- Glaucoma.
- Afaquias, pseudoafaquias.
- Subluxación del cristalino.
- Distrofia corneal progresiva o con disminución de la agudeza visual inferior a la permitida.
- Queratitis crónica.
- Alteraciones oculomotoras importantes.
- Dacriocistitis crónica.
- Párpados: Cualquier patología o defecto que impida la protección del ojo a la intemperie.
- Tumores oculares.
- Amputación importante del campo visual en ambos ojos.
2. Otorrinolaringología. No padecer:
- No se admitirá audífono.
- La agudeza auditiva conversacional será medida según normas PGB (pérdida global binaural) y no se admitirá ningún grado de hipoacusia.
- Trauma acústico o sordera profesional. No se admitirán pérdidas mayores a 22 decibelios en la frecuencia 4.000 hertzios, una vez descontada la pérdida normal para la edad según normas ELI (Early Loss Indez).
- Vértigo.
- Dificultades importantes en la fonación.
- Perforación timpánica.
3. Aparato locomotor. No padecer:
• Enfermedades y limitaciones de movimientos: No se admitirán grados de movilidad inferiores a:
a) Extremidades superiores:
- Hombro:
Elevación progresiva en anteversión hasta 180º.
Abducción hasta 120º.
Dinamometría Escapular menor de 25 kilos.
- Codo:
Flexión hasta 140º.
Extensión hasta 0º.
Supinopronación: de 0º a 180º.
- Muñeca:
Flexo-Extensión hasta 120º.
- Manos y dedos:
Dinamometría: No inferior a 30 kilos en cualquiera de las manos.
Falta o pérdida de más de 1/3 de la falange distal del primer dedo de una mano.
Falta de una mano o de cualquier parte de la misma, salvo los dedos, según se describe anteriormente.
b) Extremidades Inferiores:
- Cadera:
Flexión hasta 120º.
Extensión hasta 10º (más allá de 0º).
Tener una extremidad inferior más corte que la otra (mayor de 1 cm.)
- Rodilla:
Extensión completa.
Flexión hasta 130º.
Lesiones articulares o ligamentosas no reparables.
- Tobillo:
Flexo-Extensión dorso plantar hasta 45º.
- Pie:
Pie zambo.
Pie plano.
Pie plano espástico.
- Dedos:
Limitación de movimientos que dificulte andar, correr o saltar.
Falta de cualquier falange de cualquier dedo.
Dedos en garra que impidan llevar las botas de trabajo.
Dedo en martillo.
c) Columna vertebral:
Escoliosis mayor de 7º.
Costilla accesoria que produzca «Robo de Subclavia».
Hernia Discal.
d) Enfermedades varias:
Fracturas que dejen secuelas y dificulten la función.
Osteomielitis.
Osteoporosis.
Condromalacia.
Artritis.
Luxación recidivante.
Miotonía congénita.
Cualquier otra enfermedad osteomuscular que limite la movilidad dificultando las funciones de Bombero.
4. Aparato digestivo. No padecer:
- Cirrosis.
- Hepatopatías crónicas.
- Pancreatitis crónica.
- Ulcera sangrante recidivante.
- Cualquier patología del aparato digestivo o intervenciones quirúrgicas que presenten secuelas funcionales con repercusiones orgánicas y que incidan negativamente en el desempeño de su trabajo.
- Hepatopatías agudas con repercusión enzimática importante.
5. Aparato cardiovascular. No padecer:
- Hipertensión arterial mayor de 155/95 mm Hg.
- Insuficiencia cardíaca.
- Infarto de miocardio, ni haberlo sufrido anteriormente.
- Coronariopatías.
- Arritmias importantes.
- Taquicardia sinusal permanente de más de 120 latidos por minuto.
- Flutter.
- Fibrilación.
- Síndromes de preexcitación.
- Bloqueo aurículo-ventricular de 2.º o 3.er grado.
- Extrasístoles patológicos.
- Valvulopatiís.
- No se admitirán prótesis valvulares.
- Aneurismas cardíacos o de grandes vasos.
- Insuficiencia arterial periférica.
- Insuficiencia venosa periférica que produzca signos o éxtasis o alteraciones tróficas varicosas importantes.
- Secuelas post-tromboembólicas.
- Defectos y deformidades de los dedos y/o manos producidos por problemas de circulación, que sean sintomáticos o dificulten la realización satisfactoria de los trabajos de Bombero.
6. Aparato respiratorio. No padecer:
- Disminución de VEMS por debajo del 80%.
- EPOC.
- Asma bronquial.
- Atelectasia.
- Enfisema.
- Neumotórax recividante.
- Otros procesos respiratorios que incidan negativamente en las prácticas físicas a realizar en las tareas específicas de Bombero.
7. Sistema nervioso central. No padecer:
- Parkinson, coreo o balismo.
- Epilepsia.
- Esclerosis múltiple.
- Ataxia.
- Arteriosclerosis cerebral sintomática.
- Vértigo de origen central.
- Alteraciones psiquiátricas de base.
- Cualquier grado de hiposmia.
8. Piel y faneras. No padecer:
- Cicatrices que produzcan limitación funcional importante, y aquellos procesos patológicos que limiten o se agraven con el desempeño de la función de Bombero.
9. Otros procesos patológicos que impiden el normal desarrollo de las funciones de bombero. No padecer:
- Diabetes tipo I o II.
- Diabetes insípida.
- Enfermedad de Cushing.
- Enfermedad de Addison.
- Insuficiencia renal crónica.
- Falta de un riñón.
- Enfermedades renales evolutivas.
- Hemopatías crónicas graves.
- Pruebas analíticas compatibles con patología de base.
- Tumores malignos invalidantes.
- Tuberculosis.
- Hernia inguinal.
- Análisis de orinal: Aluminuria y/o cilindruria importantes.
10. Alcoholismo o drogodependencia. No padecer.
11. Cualquier otro proceso patológico que, a juicio médico, dificulte o impida el desarrollo de las funciones propias objeto de la plaza a la que se opte.
Málaga, 18 de enero de 2011.- El Presidente, Francisco Márquez Barea.
Descargar PDF