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ANTECEDENTES
El programa de Formación Continua de EPES es un potente instrumento para lograr los objetivos de calidad que tiene establecido para cada uno de los servicios que presta, al tiempo que se contempla como un elemento que permite el desarrollo profesional.
Dentro de los objetivos que EPES tiene establecidos para 2011, en relación a la actualización de competencias y formación de sus profesionales, figura el desarrollo de un Programa de Formación orientado a ampliar, profundizar y mantener vigentes las competencias técnicas de los profesionales, desde una perspectiva de los procesos asistenciales integrados.
Iavante Fundación Pública Andaluza para el Avance Tecnológico y Entrenamiento Profesional (en adelante Fundación Iavante) tiene la condición de fundación del sector público de la Comunidad Autónoma de Andalucía de las previstas en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, teniendo además la consideración de entidad instrumental de la Administración de la Junta de Andalucía en virtud de lo establecido en el artículo 52 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y que, de acuerdo a sus estatutos, todas las actividades que constituyen el objeto fundacional se desenvolverán con sujeción a los criterios de planificación y coordinación y a las directrices de carácter general emanadas de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía.
El artículo 5 de los Estatutos de Fundación Iavante establece como objeto principal «la realización de actividades que supongan un incremento en la salud de la población y una mejora en el funcionamiento de los servicios socio-sanitarios, tales como la planificación, organización, construcción, financiación, gestión y formación o cualesquiera otros que puedan ayudar a la consecución del objetivo fundacional, especialmente en el área de cuidados críticos, urgencias y emergencias».
La Fundación Iavante cuenta con los medios personales y técnicos adecuados para la realización con la debida eficacia de las actuaciones objeto de la presente encomienda.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
La presente encomienda se fundamenta en lo establecido en los artículos 105 y 106 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y en el 30 de la Ley 12/2010, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2011.
Por ello, y en uso de las atribuciones legalmente conferidas
RESUELVO
Primero. Encomendar a la Fundación Iavante, por razones de eficacia, la realización del Programa de Formación en procesos asistenciales integrados con las características que figuran en el documento Proyecto y Presupuesto de la presente encomienda de gestión.
Segundo. El coste económico global de las actuaciones objeto de esta encomienda de gestión asciende a 123.961,00 euros, impuestos incluidos. Dicho importe se abonará a Fundación Iavante con cargo a la financiación asignada en el Programa de Actuación, Inversión y Financiación (PAIF) de EPES para 2011 que figura en ficha PAIF 2-1.
Tercero. El pago se realizará cuando la actuación se encuentre efectivamente realizada, sin perjuicio de lo indicado en el párrafo siguiente, previa presentación por Fundación Iavante en el plazo que finaliza el 15 de enero de 2012 de la correspondiente factura y una relación detallada y certificada de los costes reales incurridos que deberán responder a gastos efectivamente imputables a la actuación, junto con copia certificada de las correspondientes facturas por bienes y servicios adquiridos a terceros y otros documentos acreditativos del gasto efectuado, así como el detalle de costes imputados en concepto de personal y medios materiales propios. Asimismo, en el mismo plazo se presentará informe de las actividades realizadas.
Se autoriza el pago de hasta un 40 por ciento del importe indicado en el apartado segundo anterior, en concepto de anticipo.
Cuarto. La ejecución de las actuaciones a desarrollar tendrá un plazo que abarcará desde la fecha de la presente encomienda de gestión hasta el 15 de diciembre de 2011.
Quinto. Dado que la financiación de estas actuaciones se efectúa con cargo a fondos de la Unión Europea, deberá asegurarse la elegibilidad de estos gastos de acuerdo con lo establecido en la normativa comunitaria de aplicación.
En toda divulgación o publicidad que se realice de las actuaciones previstas en esta encomienda de gestión se hará referencia expresa que se efectúan en desarrollo de un programa europeo establecido por la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, así como a la cofinanciación con los Fondos Estructurales Europeos (FSE), ciñéndose a lo establecido en el Reglamento (CE) núm. 1828/2006 de la Comisión, en sus artículos 8 y 9.
Sexto. La dirección de las actuaciones a realizar será ejercida por la Dirección Asistencial de EPES que queda facultada para emitir cuantas instrucciones y órdenes sean precisas para su correcto desarrollo.
Fundación Iavante facilitará toda la información y documentación que desde EPES se le requiera en relación con la planificación y ejecución de las acciones formativas objeto de la presente encomienda de gestión.
Séptimo. Será de aplicación a las actuaciones la siguiente normativa:
- Ley 12/2010, de 27 de diciembre, del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2011.
- Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, siendo de expresa aplicación lo establecido en el artículo 4. Negocios y contratos excluidos, apartado 1, letra n).
- Orden de 23 de julio de 2008, por la que se establecen normas para la gestión y coordinación de las intervenciones cofinanciadas con Fondos Europeos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el período de programación 2007-2013.
- Ordentin/2965/2008 (Ministerio de Trabajo e Inmigración), de 14 de octubre, por la que se determinan los gastos subvencionables por el Fondo Social Europeo durante el período de programación de 2007-2013.
Málaga, 26 de enero de 2011.- El Director Gerente, Joseba Barroeta Urquiza.
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