Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 32 de 15/02/2011

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Ayuntamientos

Anuncio de 28 de enero de 2011, del Ayuntamiento de Arahal, de bases para la selección de Ingeniero Técnico Industrial.

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EDICTO

Miguel Ángel Márquez González, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Arahal,

HAGO SABER

Por Resolución de Alcaldía núm. 106/2011, de fecha 28 de enero de 2011, han sido aprobadas las bases y la convocatoria para cubrir, mediante el sistema de oposición libre, una plaza de Ingeniero Técnico Industrial, Administración Especial, incluida en la Plantilla de Personal Funcionario, e integrada en la Oferta de Empleo Público para 2010.

Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:

BASES QUE RIGEN LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR, EN PROPIEDAD UNA PLAZA DE INGENIERO TECNICO INDUSTRIAL, ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, VACANTE EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DE ESTE AYUNTAMIENTO E INTEGRADA EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA 2010 APROBADA POR RESOLUCIÓN DEL ALCALDE (DECRETO NÚM. 990/2010), MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICION LIBRE

El Decreto 990/2010, de 25 de junio, aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2010 del Excmo. Ayuntamiento de Arahal incluyendo una plaza de Ingeniero Técnico Industrial, Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, funcionario, grupo A2, cuya forma de provisión será la de oposición libre. Así en uso de las facultades que me confiere el artículo 21 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen y Local y la legislación vigente. Se convoca proceso selectivo para el acceso a la citada plaza conforme a las siguientes:

BASES DE LA CONVOCATORIA

Primera. Normas generales.

1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir en propiedad una plaza de Ingeniero Técnico Industrial, Escala de Administración Espacial, Subescala Técnica, funcionario, grupo A2, cuya forma de provisión será la de oposición libre.

2. A las presentes pruebas selectivas le serán de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público; el R.D. Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local; Ley 30/84, de 2 de agosto, de medidas para la Reforma de la Función Pública; por el R.D. 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local; R.D. 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; Decreto 2/2002, de 9 de enero, y cualquier otra disposición aplicable.

Segunda. Requisitos de los candidatos.

1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o estar incurso en algunos de los supuestos previstos en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 13 de abril.

b) Contar con la edad mínima de dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño de las funciones correspondientes.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

e) Estar en posesión o en condiciones de obtener la titulación exigida para el ingreso en el Grupo en que esté encuadrada la plaza (Título Universitario de Grado Ingeniería Industrial o Ingeniería Técnica Industrial).

f) Haber abonado el importe de la tasa por derechos de examen (36,50 euros).

2. Los requisitos establecidos en las bases anteriores deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la toma de posesión como funcionario de carrera.

Tercera. Proceso selectivo.

1. La selección de los aspirantes se realizará a través del sistema de oposición libre.

Todos los ejercicios de las distintas pruebas selectivas de que conste la fase de oposición serán eliminatorios y de carácter obligatorio, siendo calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.

El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal, en cada uno de los ejercicios, será de 0 a 10, obteniéndose la calificación de cada ejercicio por la media de puntos concedidos por cada miembro del Tribunal, pudiéndose eliminar, si se considera oportuno, las puntuaciones mayor y menor, al objeto de garantizar la equidad en la nota concedida a los aspirantes.

Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas en el tablón de anuncios de la Corporación.

2. Fase de oposición.

1. La Oposición constará de tres ejercicios, que tendrán carácter eliminatorio y obligatorio para los aspirantes.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 125 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, en un tiempo de 125 minutos y que será elaborado por el Tribunal inmediatamente antes de su realización en relación con los temas contenidos en el Anexo de esta convocatoria, debiendo consignarse al menos una pregunta por cada uno de los temas. El criterio de corrección será el siguiente: por cada dos preguntas incorrectas se invalidará una correcta. Cuando resulten contestadas correctamente el 50% del total de las preguntas del cuestionario, una vez restadas las invalidadas según la proporción citada, corresponderá a 5,00 puntos, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio, repartiéndose el resto de preguntas contestadas correctamente de forma proporcional entre la puntuación de 5,00 a 10,00 puntos. En la corrección del ejercicio se garantizará el anonimato de los aspirantes.

Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, durante tres horas, dos temas de los relacionados en la parte específica del Anexo de esta convocatoria extraídos al azar ante los aspirantes inmediatamente antes del comienzo del ejercicio. Se valorará de 1 a 10 puntos, siendo preciso para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos, calificándose en función de los conocimientos, capacidad de síntesis, claridad y orden de ideas del aspirante.

La lectura del ejercicio se efectuará por el Secretario del Tribunal o personal de asistencia al mismo garantizándose el anonimato de los aspirantes.

Tercer ejercicio: Consistirá en la resolución de dos supuestos prácticos, a determinar por el Tribunal, y relacionado con las materias específicas del temario del Anexo I, durante un periodo de cuatro horas, pudiéndose consultar textos legales no comentados materializados, exclusivamente, en soporte papel. Se valorará de 1 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos. En este ejercicio se valorará fundamentalmente la capacidad de raciocinio, la sistemática en el planteamiento y formulación de conclusiones y el conocimiento y adecuada interpretación de la normativa aplicable. La lectura del ejercicio se efectuará por el aspirante ante el Tribunal.

2. Para la corrección y evaluación de los ejercicios, se garantizará el anonimato de los aspirantes, sin que puedan contener los ejercicios realizados dato alguno que permita identificar al aspirante. Para ello, se realizarán los ejercicios en papel que facilitará el Tribunal que garantice y permita su cumplimiento. A tal efecto, los ejercicios segundo y tercero serán leídos por el Secretario del Tribunal o el personal de apoyo al mismo que se designe.

La incorporación por el aspirante de algún dato o señal que permita identificar el autor del ejercicio motivará la exclusión automática del proceso selectivo.

3. Las calificaciones de cada uno de los tres ejercicios de la oposición se obtendrán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal, y dividiendo los totales por el número de aquellos, siendo el cociente el resultado definitivo. Si alguna de las puntuaciones otorgadas por los miembros del Tribunal se diferenciase de la nota media en más de tres puntos, se realizará una nueva nota media, sin tener en cuenta dicha o dichas puntuación o puntuaciones.

4. Durante el desarrollo de los ejercicios, el Tribunal podrá requerir, en cualquier momento, a los aspirantes para que acrediten su personalidad.

5. El Tribunal, teniendo en cuenta todas las circunstancias y para un mejor desarrollo de su cometido, queda facultado para la determinación, con anterioridad a la identificación de los aspirantes, del nivel mínimo exigido para obtener el 5 en los ejercicios que integrarán la fase de oposición.

Cuarta. Solicitudes, plazo de presentación y pago de la tasa.

Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas deberán hacerlo constar en las instancias que les sean facilitadas y presentarlas en el Registro General del Ayuntamiento, dirigidas al señor Alcalde, en el plazo de veinte días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

A las instancias, que también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, deberán ajustarse los correspondientes justificantes de haber abonado los derechos de examen, cuya cuantía asciende a 36,50 euros que deberá ingresarse en la cuenta municipal de este Ayuntamiento en la entidad bancaria Caja Sur 2024-0325-68-3800000020 debiendo especificar nombre y apellidos del opositor, DNI y convocatoria a la que oposita.

La falta de acreditación del pago de la tasa, determinará la exclusión definitiva del solicitante. La exclusión definitiva del proceso selectivo por causa imputable al aspirante o la no presentación o realización del ejercicio de la fase de oposición, no dará lugar a la devolución de la tasa.

Quinta. Admisión de aspirantes.

1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Sr. Alcalde dictará Resolución aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos, con expresión de las causas de exclusión. Dicha Resolución se publicará en el tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Arahal.

2. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado la exclusión u omisión de las citadas listas, los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días a partir del siguiente al de publicación de la Resolución. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen las causas de exclusión o aleguen la omisión, serán definitivamente excluidos de la participación en el proceso selectivo.

3. Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior, el Sr. Alcalde dictará Resolución, que se publicará en el tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Arahal, declarando aprobadas las listas definitivas de aspirantes admitidos. Asimismo, en dicha Resolución se hará constar el lugar o lugares y la hora de realización del ejercicio de la oposición.

En las listas definitivas se decidirá acerca de las alegaciones planteadas por los interesados sobre la exclusión u omisión en las provisionales y su publicación servirá de notificación a los interesados.

4. La Resolución por la que se declara aprobada la lista definitiva de aspirantes admitidos agotará la vía administrativa. Contra la citada Resolución cabe interponer recurso de reposición ante el Sr. Alcalde con carácter potestativo, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo correspondiente, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sexta. El Tribunal Calificador.

1. Al Tribunal Calificador le corresponde el desarrollo y calificación del proceso selectivo.

2. El Tribunal Calificador estará compuesto por cinco miembros, funcionarios de carrera, debiendo designarse el mismo número de suplentes, pudiendo actuar indistintamente cualquiera de ellos. La totalidad de los miembros deberá poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en la plaza convocada. Su composición se determinará en la Resolución que aprueba la relación definitiva de aspirantes admitidos.

La composición del Tribunal Calificador se ajustará a lo establecido en el artículo 60 del EBEP y se compondrá de un Presidente, Secretario y tres vocales. La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.

3. Los miembros del Tribunal Calificador están sujetos a los supuestos de abstención y recusación previstos en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no pudiendo ser nombrados miembros del mismo quienes hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

4. Los miembros del Tribunal Calificador son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases y de los plazos establecidos para la realización del proceso selectivo y resolverán todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las presentes bases.

5. Para la válida constitución del Tribunal Calificador, a efectos de celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso, quienes les sustituyan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes.

6. A efectos de comunicaciones y demás incidencias el Tribunal Calificador tendrá su sede en el Excmo. Ayuntamiento de Arahal, C/ Corredera, núm. 1, 41600, Arahal (Sevilla).

7. Al Tribunal Calificador se le abonarán las indemnizaciones por asistencias de conformidad con la normativa sobre indemnizaciones por razón del servicio.

8. El Tribunal Calificador finalizará sus funciones una vez que hayan sido nombrados funcionarios de carrera los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo.

Séptima. Desarrollo de los ejercicios.

1. Las pruebas selectivas se celebrarán en la ciudad de Arahal. Siendo fijado el día, hora y lugar de celebración de las pruebas de la fase de oposición en la Resolución que fije la lista definitiva de aspirantes admitidos.

Respecto del desarrollo de los ejercicios, el periodo mínimo y máximo entre prueba y prueba será de: mínimo 5 días hábiles y máximo de 45 días hábiles.

La publicación de la convocatoria del segundo ejercicio, se efectuará por el Tribunal Calificador en la sede de su lugar de actuación y por todos aquellos medios que garanticen su máxima divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de antelación al comienzo de este.

2. En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su identidad.

3. Los aspirantes serán convocados para la realización del ejercicio en llamamiento único, quedando decaídos en su derecho quienes no comparezcan a su realización, salvo los casos de fuerza mayor debidamente justificada y libremente apreciada por el Tribunal Calificador.

4. En la realización de las pruebas en que tengan que actuar individualmente los aspirantes, se comenzará por el primer opositor cuyo primer apellido, según lista de admitidos ordenada alfabéticamente, comience con la letra «J», de acuerdo con la Resolución de 26 de enero de 2010, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado.

Si no existiere ningún aspirante cuyo primer apellido comenzará por la letra indicada, actuará en primer lugar aquel opositor cuyo primer apellido comience por la letra «K», y si tampoco existiera, el que comenzara por las letras del alfabeto inmediatamente siguientes.

Octava. Lista de aprobados.

1. Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal calificador hará pública en el tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Arahal, la relación definitiva de aprobados, con indicación de su documento nacional de identidad.

2. El Tribunal no podrá declarar que ha superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido en esta norma será nula de pleno derecho.

Novena. Presentación de documentos.

1. Dentro del plazo de veinte días, a contar desde el día siguiente a aquél en que se publique en el tablón de anuncios la relación definitiva del aprobado, el opositor aprobado deberá presentar o remitir al Excmo. Ayuntamiento de Arahal, Plaza de la Corredera, 1, C.P. 41600, Arahal (Sevilla), por alguno de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, original o copia compulsada de los siguientes documentos:

a) Documento Nacional de Identidad.

b) Título exigido.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

2. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados en la base anterior, podrá acreditarse que reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.

3. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en qué hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

Décima. Nombramientos.

Concluido el proceso selectivo, por el Tribunal calificador se efectuará propuesta de nombramiento de los aspirantes como funcionario Ingeniero Técnico Industrial. Dicha propuesta se remitirá al Sr. Alcalde para dictar resolución de nombramiento.

Undécima. Norma final.

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal calificador podrán ser impugnados en vía administrativa de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, así como, en su caso, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en base a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

PLAZA CONVOCADA: INGENIERO TÉCNICO INDUSTRIAL

Denominación de la plaza: Ingeniero Técnico Industrial.

Núm. de plazas: Una.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Técnica.

Grupo: A; Subgrupo: A2 (Funcionario).

Sistema de selección y forma de provisión: Oposición Libre.

Derechos de examen: 36,50 €.

ANEXO I

TEMARIO

A) MATERIAS COMUNES

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Características y estructura. Principios generales.

Tema 2. Derechos fundamentales y libertades públicas: Enumeración, garantías y suspensión. Otros derechos y deberes de los ciudadanos.

Tema 3. La Monarquía. Teoría general. La Corona en la Constitución Española.

Tema 4. Las Cortes Generales: Composición y funciones.

Tema 5. El Gobierno: Composición y funciones. Relaciones entre el Gobierno y el Poder Legislativo.

Tema 6. El Poder Judicial. Principios informadores y organización judicial. El Consejo General del Poder Judicial: Organización y competencias.

Tema 7. El Tribunal Constitucional: Organización y atribuciones. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. El recurso de amparo. Conflictos constitucionales.

Tema 8. Las Comunidades Autónomas: Naturaleza y tipologías.

Tema 9. Los Estatutos de Autonomía: Significado y naturaleza jurídica. Organización institucional de las Comunidades Autónomas.

Tema 10. El municipio y la provincia. Principios constitucionales. La autonomía local.

Tema 11. El Estatuto de Autonomía para Andalucía. Competencias de la Comunidad Autónoma Andaluza. Especial referencia a las competencias en materia de régimen local.

Tema 12. Organización institucional de la Comunidad Autónoma Andaluza: El Parlamento. El Presidente de la Junta. El Consejo de Gobierno. El Tribunal Superior de Justicia.

Tema 13. La Administración de la Comunidad Autónoma: Principios informadores y organización.

Tema 14. La Administración Pública: Concepto. Principios Constitucionales de la Administración Pública española.

Tema 15. La Administración y la norma jurídica: El principio de legalidad. Las Administraciones y las funciones y poderes del Estado. Gobierno y Administración. Control legislativo, jurisdiccional y político de la Administración.

Tema 16. Fuentes del Derecho Administrativo: Concepto y clases. Jerarquía normativa. La Constitución como norma jurídica. La Ley: Clases de Leyes. Aspectos básicos del procedimiento de elaboración y aprobación de las Leyes. Los DecretosLeyes. La delegación legislativa.

Tema 17. El Reglamento. Titulares de la potestad reglamentaria. Límites de la potestad reglamentaria. Inderogabilidad singular de los reglamentos. La costumbre. La práctica administrativa. Los principios generales del Derecho.

Tema 18. La posición jurídica de la Administración Pública. Potestades administrativas. Potestad discrecional y reglada.

B) MATERIAS ESPECÍFICAS

Tema 1. Contratación de obras en las Corporaciones Locales. Los proyectos de obras. Anteproyectos y estudios previos. Estructura del proyecto. Formalización. Supervisión del proyecto. Aprobación técnica.

Tema 2. Los pliegos de cláusulas administrativas. Los pliegos de condiciones técnicas. El expediente de contratación. La adjudicación del contrato. Rescisión y resolución del contrato. Recepción de liquidación provisional. Conservación durante el período de garantía. Liquidación y recepción definitiva.

Tema 3. El Replanteo. La duración de obra. Régimen de relaciones con la contrata. Certificaciones. Modificación de obras y proyectos reformados. Revisión de precios.

Tema 4. Ejercicio de las facultades de disciplina urbanística. Procedimiento sancionador y de restauración de la legalidad urbanística en Andalucía. Suspensión de las obras. El Reglamento de Disciplina Urbanística de Andalucía.

Tema 5. PGOU vigente en Arahal, naturaleza y carácter del plan. Contenido y documentación. Normativa específica de usos del suelo del PGOU.

Tema 6. Intervención en la edificación y usos del suelo; licencia urbanística, naturaleza y régimen jurídico. El visado colegial en los proyectos de obras. Ordenes de ejecución.

Tema 7. Calderas para calefacción. Tipos. Características. Rendimiento. Utilización. Quemadores y elementos de seguridad.

Tema 8. Elementos calefactores. Radiadores. Convectores. Calentadores de aire. Suelos radiantes.

Tema 9. Tuberías y accesorios de tuberías para calefacción. Tipos. Características. Utilización.

Tema 10. Instalaciones de calefacción. Estimación de la carga térmica. Equipos de medidas, protección y seguridad.

Tema 11. Instalaciones de agua caliente sanitaria. Sistemas de producción, componentes y dimensionado.

Tema 12. Sistemas de ventilación de edificios: renovación de aire interior. Componentes de la instalación. Problemas comunes y soluciones en el diseño y su ejecución.

Tema 13. Dimensionamiento de las instalaciones de ventilación. Conductos, ventiladores y unidades terminales. Sistemas de ahorro energético.

Tema 14. Instalaciones de acondicionamiento hidrotérmico: Clasificación y componentes. Criterios de selección e implantación en edificios administrativos.

Tema 15. Instalaciones de climatización: Cálculo y dimensionado de sus elementos. Determinación de cargas térmicas en los edificios.

Tema 16. Luminotecnia: Espectro de la luz visible. Leyes fundamentales de la luminotecnia. Flujo luminoso. Intensidad luminosa. Iluminancia. Luminancia. Limitación del deslumbramiento. Temperatura de color. Rendimiento cromático.

Tema 17. Lámparas de incandescencia: Generalidades. Principios de funcionamiento. Características constructivas. Clasificación. Lámparas halógenas. Rendimientos. Utilización.

Tema 18. Lámparas de descarga en gas: Principio de funcionamiento. Lámparas de vapor de mercurio. Lámparas de vapor de mercurio con halogenuros. Lámparas de vapor de sodio a alta presión. Lámparas de vapor de sodio a baja presión. Características constructivas eléctricas y luminotécnicas. Clasificación. Rendimientos. Depreciación y duración. Utilización.

Tema 19. Instalaciones de alumbrado público. Luminarias. Lámparas. Soportes. Canalizaciones y conductores.

Tema 20. Optimización energética en las instalaciones de alumbrado público.

Tema 21. Instalaciones solares fotovoltaicas: Principios físicos. Conceptos generales. Componentes de un sistema fotovoltaico. Tipos de instalaciones fotovoltaicas.

Tema 22. Instalaciones solares fotovoltaicas: Cálculo y diseño de una instalación solar fotovoltaica.

Tema 23. Instalaciones solares térmicas: Principios físicos. Conceptos generales. Sistemas de producción de agua caliente sanitaria. Componentes de un sistema térmico. Tipología de las instalaciones.

Tema 24. Instalaciones solares térmicas: Cálculo y diseño de una instalación solar térmica.

Tema 25. Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción.

Tema 26. Reglamento electrotécnico para baja tensión.

Tema 27. Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios.

Tema 28. Instalaciones de gas natural (GN): Generalidades, problemática y diseño. Gases licuados del petróleo (GLP): Construcción y montaje de depósitos. Redes de distribución en edificios.

Tema 29. Tratamiento y depuración de aguas residuales urbanas. Métodos alternativos de depuración. Evacuación de los residuos de las plantas de tratamiento. Legislación.

Tema 30. Ley de prevención de riesgos laborales. Aspectos generales.

Tema 31. Organización pública y privada de la prevención.

Tema 32. La actividad preventiva en el sector de la construcción. La figura del promotor, contratista y subcontratistas. Documentación en las obras.

Tema 33. Coordinación de Actividades empresariales. El coordinador de seguridad y salud.

Tema 34. Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales. Objeto y ámbito de aplicación. Régimen de implantación y puesta en servicio. Inspecciones periódicas. Actuaciones en caso de incendio. Condiciones y requisitos. Responsabilidad y sanciones.

Tema 35. Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales. Caracterización de los establecimientos.

Tema 36. Clasificación de los fuegos. Sus riesgos. La prevención y extinción. Los tipos de incendios. Agentes extintores y extintores. Tipos y características.

Tema 37. Condiciones de seguridad contra incendios específicas en instalaciones de suministro, servicio, almacenamiento y abastecimiento a edificios.

Tema 38. La transmisión y el control del humo y del fuego en los edificios.

Tema 39. La prevención de incendios en edificios turísticos, sanitarios y la autoprotección en los centros docentes.

Tema 40. Legislación y normas sobre el control del ruido. Regulaciones internacionales, nacionales y autonómicas. Norma municipal del ruido.

Tema 41. Código Técnico de la edificación (CTE): Documento básico HS. Salubridad. Sección HS-3 Calidad aire interior.

Tema 42. Código Técnico de la edificación (CTE): Documento básico HE. Ahorro de energía. Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación, contribución solar mínima de agua caliente sanitaria, contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica.

Tema 43. Procedimiento de legalización de instalaciones eléctricas ante Compañías Suministradoras y entidades públicas competentes.

Contra las presentes bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo o Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, según sus respectivas competencias y de conformidad con lo preceptuado en los artículos 8 y 10 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa).

Arahal, 28 de enero de 2011.- El Alcalde, Miguel Ángel Márquez González.

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