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Resolución relativa a la aprobación inicial del plan especial para la construcción de línea aérea de media tensión 15/20 kV, LA-56, con cuatro centros de transformación de intemperie de 160 kVA, para electrificación rural, en el camino de Hinojos-La Palma del Condado, en los términos municipales de la Palma del Condado y Villalba del Alcor. Expediente CP-163/2010.
Visto el Plan Especial para la construcción de línea aérea de media tensión 15/20 kV, LA-56, con cuatros centros de transformación de intemperie de 160 kVA. Para la electrificación rural, en el camino de Hinojos-La Palma del Condado, en el término municipal de La Palma del Condado y Villalba del Alcor (Huelva), en virtud de las competencias atribuidas por la Ley 7/2002, de 17 de diciembre y el Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, en relación con el Decreto 407/2010, de 16 de noviembre, por el que establece la estructura orgánica de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, se dicta la presente Resolución conforme a los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Se recibe en esta Delegación Provincial, el Proyecto citado en el encabezamiento a los efectos de su formulación y tramitación.
Segundo. El presente Plan Especial tiene por objeto la construcción de línea aérea de media tensión 15/20 kV, LA 56, con cuatros centros de transformación de intemperie de 160 kVA. Para la electrificación rural, en el camino de Hinojos-La Palma del Condado, localizado en Suelo No Urbanizable, de acuerdo con lo previsto en los artículos 42, 43 y 52 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), en los términos municipales de La Palma del Condado y Villalba del Alcor, por iniciativa de la Agrupación de Propietarios Rurales Camino de Hinojos, S.C.
Tercero. El Delegado Provincial, con fecha 23 de noviembre de 2010, acordó la formulación del presente Plan Especial en suelo no urbanizable en virtud de lo dispuesto en los artículos 31.2.A).a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía así como en el artículo 14.1.e) del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en relación con el Decreto 407/2010, de 16 de noviembre, por el que establece la estructura orgánica de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Corresponde al Titular de la Delegación Provincial la Aprobación Inicial del presente Plan Especial en suelo no urbanizable en virtud de lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, así como en el artículo 14.1.e) del Decreto 525/2008 de 16 diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en relación con el Decreto 407/2010, de 16 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda.
Segundo. La figura elegida del Plan Especial se considera adecuada al encontrarse la presente actuación de interés público incluida en los apartados a) y b) del artículo 42.4 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, conteniendo el expediente las determinaciones previstas en el artículo 42.5 de la citada normativa.
Tercero. Según lo establecido en el artículo 32.1.2.ª) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, la aprobación inicial del instrumento de planeamiento obligará al sometimiento de este a información pública por plazo no inferior a un mes, a audiencia de los municipios afectados, y el requerimiento de los informes, dictámenes u otro tipo de pronunciamientos, así como comunicación a los restantes órganos y entidades administrativas gestores de intereses públicos con relevancia o incidencia territorial para que, si lo estiman pertinente, puedan comparecer en el procedimiento y hacer valer las exigencias que deriven de dichos intereses.
Cuarto. En virtud de lo establecido en el artículo 39.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, el correspondiente período de información pública deberá ser objeto de publicación en el Boletín Oficial correspondiente, en uno de los diarios de mayor difusión provincial y en el tablón de anuncio de los municipios afectados.
RESUELVE
Primero. Aprobar Inicialmente el Plan Especial para la construcción de línea aérea de media tensión 15/20 kV, LA 56, con cuatros centros de transformación de intemperie de 160 kVA. Para la electrificación rural, en el camino de Hinojos-La Palma del Condado, en el término municipal de La Palma del Condado y Villalba del Alcor (Huelva).
Segundo. Someter a información Pública por plazo de un mes, a audiencia de los municipios de La Palma del Condado y Villalba del Alcor, como municipios afectados, y el requerimiento de los informes, dictámenes u otro tipo de pronunciamientos, así como comunicación a la Diputación Provincial en calidad de gestor de intereses públicos con relevancia o incidencia territorial para que, si lo estiman pertinente, puedan comparecer en el procedimiento y hacer valer las exigencias que deriven de dichos intereses.
Tercero. Solicitar el informe sectorial al organismo siguiente:
- Se solicitará informe en virtud del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, Ley de Aguas de 2001, a la Agencia Andaluza del Agua de la Consejería de Medio Ambiente.
Cuarto. En la tramitación se estará a lo dispuesto a continuación. Transcurrido el período de información pública y audiencia municipal y a la vista de los trámites realizados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32.1.3.ª, procederá la Aprobación Provisional por el Delegado Provincial o, en su caso, la Aprobación Definitiva por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo. La Aprobación Definitiva por la Comisión Provincial en virtud de la competencia atribuida por el artículo 13.2.b) del Decreto 525/2008, de 16 diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en relación con el Decreto 407/2010, de 16 de noviembre, por el que establece la estructura orgánica de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda.
Quinto. Esta Resolución será notificada a los interesados en los términos previstos en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Huelva, 29 de noviembre de 2010.- El Delegado, Gabriel Cruz Santana.
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