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Expediente R 44, 45, 46 y 47/10.
Ignorándose el actual domicilio de Ranisol Industrias, S.L., contra el que se ha presentado solicitud de arbitraje ante esta Junta Arbitral por parte de la entidad Transportes Ochoa, S.A., en los términos que indican los artículos 37 y 38 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE de 31 de julio de 1987), y dado que intentada la notificación en su domicilio, ésta no ha podido practicarse; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación del laudo dictado en el procedimiento de arbitraje en materia de transportes, Expte. R 44, 45, 46 y 47/10, por el que se estiman parcialmente las pretensiones de Transportes Ochoa, S.A. contra Ranisol Industrias, S.L., cuya documentación se encuentra en el Servicio de Transportes de Cádiz, sita en Plaza Asdrúbal, s/n, Edificio Junta de Andalucía, 11071 Cádiz.
Lo que se notifica a efectos de su conocimiento e informamos que este laudo arbitral tiene los efectos previstos en la legislación de arbitraje, cabe contra él demanda de anulación ante la Audiencia Provincial del lugar donde aquel se hubiere dictado, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, en los términos establecidos en los artículos 40 y siguientes en la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje, y contra el laudo firme, el recurso de revisión conforme a lo establecido en la legislación procesal para las sentencias judiciales firmes.
Cádiz, 3 de febrero de 2011.- El Delegado, Pablo Lorenzo Rubio.
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