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Se desconoce la identidad de los posibles interesados en la subrogación contractual de los adjudicatarios fallecidos de viviendas de protección oficial de promoción pública abajo relacionados. En este sentido, al art. 10 del Decreto 416/1990, de 26 de diciembre, remite el art. 16 de la LAU 1994 en materia de subrogaciones en caso de muerte del arrendatario.
Mediante el presente Anuncio, de conformidad con lo establecido en el art. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se comunica a los interesados en la subrogación en el contrato de arrendamiento de las viviendas que se relacionan que se ha dictado Resolución por la que se declara la extinción, por fallecimiento del arrendatario, del contrato de arrendamiento de la vivienda de promoción pública que igualmente se detalla, conforme el art. 16 de la Ley de Arrendamientos Urbanos y resto de la formativa de protección oficial vigente en Andalucía.
La resolución se encuentra a su disposición en la Oficina de Gestión del Parque Público de viviendas de EPSA, Gerencia de Jaén, sita en C/ Isaac Albéniz, 2, 23009, Jaén, así como la totalidad del expediente administrativo.
Esta resolución no es firme y en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio, los interesados podrán formular contra la resolución dictada recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía de conformidad con el art. 114 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Finca; Matrícula, Municipio (Provincia), Dirección vivienda; Nombre y apellidos del arrendatario fallecido.
30252; JA-0960; Bailen (Jaén); C/ San Luis, 22; Antonio del Moral de la Chica.
Jaén, 7 de febrero de 2011.- El Gerente Provincial, Manuel Molina Lozano.
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