Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 4 de 07/01/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 9 de diciembre de 2010, del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga, dimanante de autos núm. 281/2010.

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NIG: 2906744S20090008260.

Procedimiento: 773/09.

Ejecución de títulos judiciales 281/2010. Negociado: M.

De: Don José Antonio González Vera.

Contra: Ecobolmar, S.L.

EDICTO

Doña Patricia de la Fuente Bustillo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 281/2010 a instancia de la parte actora don José Antonio González Vera contra Ecobolmar, S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado auto acordando orden general de ejecución de fecha 9.12.2010 del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda dictar Orden General de Ejecución y despacho de la misma frente a la parte demandada Ecobolmar, S.L., a instancias de José Antonio González Vera, por la cantidad de 20.615,32 euros de principal más la de 4.123,06 euros que se presupuestan provisionalmente para intereses y costas, a cuyo fin expídanse por el Sr. Secretario de este Juzgado las resoluciones oportunas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este Auto, lo acuerdo, mando y firmo la Ilma. Sra. doña Rosa María Rojo Cabezudo, Magistrada Juez del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga. Doy fe. El/la Magistrada Juez. El/la Secretario/a.

Diligencia. Seguidamente se cumple lo mandado. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado Ecobolmar, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a nueve de diciembre de dos mil diez.- El/La Secretario/a Judicial.

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