Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 41 de 01/03/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 31 de enero de 2011, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciocho de Málaga, dimanante de juicio verbal núm. 1435/2010. (PP. 379/2011).

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NIG: 2906742C20100028317.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 1435/2010. Negociado: 05.

Sobre: Juicio Verbal Resto.

De: FCE Bank PLC.

Procurador: Sr. Miguel Ángel Rueda García.

Contra: Carlton Shaw.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal (250.2) 1435/2010, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciocho de Málaga a instancia de FCE Bank PLC, contra Carlton Shaw sobre Juicio Verbal Resto, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 375/2010

En Málaga, a catorce de diciembre de dos mil diez.

Vistos por mí, doña Ana Matilla Rodero, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Dieciocho de los de esta localidad, los presentes autos de Juicio Verbal, registrado con el número 1435/2010, y seguido entre partes de una y como demandante la entidad mercantil F.C.E. Bank PLC, Sucursal en España, con domicilio social en Alcobendas (Madrid), calle Laléndula 1, Edificio Miniparc IV, provista del ClF núm. W-0063712-D, representada por el Procurador don Miguel A. Rueda García y asistida por el Letrado don Rafael Durán Muiños, y de otra y como demandado don Carlton Shaw, con domicilio desconocido, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad, y atendidos los siguientes

FALLO

Que, estimando la demanda formulada por el Procurador don Miguel A. Rueda García, en nombre y representación de la entidad mercantil F.C.E. Bank, PLC, Sucursal en España, contra don Carlton Shaw, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno al expresado demandado a que satisfaga a la actora la suma de dos mil novecientos sesenta y tres euros (2.963 euros), cantidad que devengará a favor de la actora intereses calculados al tipo pactado (2,5 veces el interés legal del dinero) desde el día 10 de mayo de 2010 hasta su completo pago. Todo ello con expresa condena del demandado al pago de las costas procesales causadas.

Modo de impugnación: Mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 4156, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Notifíquese la presente Resolución a las partes de este procedimiento. Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

E/.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Carlton Shaw, extiendo y firmo la presente en Málaga, a treinta y uno de enero de dos mil once.- El/La Secretario.

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