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Intentada sin efecto la notificación en el domicilio del representante de la entidad interesada por causas ajenas a esta Administración, se le notifica el acto administrativo al que se refiere el presente anuncio, en virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para cuyo conocimiento íntegro podrá comparecer en la sede de la Dirección General de Comunicación Social, sita en Paseo de Roma, s/n, Palacio de San Telmo, Sevilla.
Expediente sancionador: S.2010/019TV.
Interesada: Channel Vit, S.L.
Representante: Don Armando Robles Valenzuela.
Acto notificado: Resolución de 25 de enero de 2011, del Director General de Comunicación Social, por la que se decide el procedimiento sancionador S.2010/019TV, incoado a Channel Vit, S.L., por la emisión de señales de televisión local por ondas terrestres sin título administrativo habilitante.
Plazo de recurso: Contra dicha resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de la Presidencia, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y a tenor de lo establecido en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 11 de febrero de 2011.- El Secretario General, Julio Ruiz Araque.
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