Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 45 de 05/03/2011

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Ayuntamientos

ANUNCIO de 9 de febrero de 2011, del Ayuntamiento de El Ejido, de bases para la selección de plaza de T.M.G./Informática.

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BASES PARA PROVEER POR CONCURSO-OPOSICIÓN UNA PLAZA DE TÉCNICO MEDIO DE GESTIÓN/INFORMÁTICA, ESCALA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, SUBGRUPO A2

Base primera. Plazas que se convocan y dotación.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad mediante el sistema de concurso-oposición libre de una plaza de Técnico Medio de Gestión, especialidad Informática, vacante en la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnico Medio, Subgrupo A2, correspondiente a la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2005 aprobada por Resolución de la Alcaldía Presidencia de fecha 6.4.05 (BOE núm. 127, de fecha 28.5.05) y dotada con las retribuciones básicas correspondientes a dicho grupo y las retribuciones complementarias que correspondan, con arreglo a la R.P.T. y Régimen Retributivo vigente.

Base segunda. Requisitos de los aspirantes.

Para tomar parte en el concurso-oposición libre será necesario:

- Ser español o nacional de los Estados miembros de la Unión Europea, así como aquellos a los que hace referencia el art. 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, con el alcance y efectos en él previstos.

- Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder de la fijada para la jubilación forzosa por edad.

- Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico en Informática o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

- No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

- No hallarse incurso en ninguna de las causa de incapacidad específica previstas en la legislación vigente.

Base tercera. Instancias y documentos a presentar.

Los aspirantes presentarán instancia dirigida al Alcalde Presidente en la que deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda, referido a la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias y se entregarán en el Registro General del Ayuntamiento, o en la forma prevista en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, después de su íntegra publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería y Boletín de la Junta de Andalucía.

Junto con la instancia presentarán fotocopia compulsada o certificación acreditativa de los méritos que aleguen, no teniéndose en cuenta los presentados y obtenidos una vez concluido el plazo de presentación de instancias.

No se tendrán en cuenta los no acreditados en la forma antedicha.

Los derechos de examen se fijan en la cantidad de 25,35 euros, cantidad que podrá ser abonada en la Unidad de Personal en metálico, o a través de transferencia bancaria a nombre del Ayuntamiento de El Ejido a la cuenta número 3058.0090.13.2732000058 debiendo consignar en la misma el nombre del aspirante que realiza el ingreso, aún cuando sea impuesta por persona distinta, y el concepto. Los derechos de examen solo serán devueltos en el caso de ser excluidos de las pruebas selectivas. El no abono de dicha cantidad supone la exclusión de tomar parte en las mismas.

A los derechos de examen les será de aplicación lo establecido en el art. 4 de la ordenanza Fiscal núm. 27 de la tasa por participación en pruebas selectivas (publicada en la página Web municipal).

Base cuarta. Admisión de los candidatos.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde-Presidente dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la relación de admitidos y excluidos que se hará pública en la página Web de este Ayuntamiento www.elejido.es, exponiéndose también en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. En la Resolución se hará constar el plazo de subsanación de defectos que, en los términos establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común se conceda a los aspirantes excluidos. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

Transcurrido el plazo de subsanación de errores el Presidente dictará Resolución declarando aprobada la relación definitiva de admitidos y excluidos que se publicará en la página Web de este Ayuntamiento www.elejido.es, exponiéndose también en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, determinándose el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios y la composición del tribunal calificador.

Base quinta. Composición del Tribunal.

El Órgano de selección, de acuerdo con lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, será colegiado y su composición se ajustará a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, así como a la paridad entre mujer y hombre.

El Órgano de Selección estará integrado por un presidente, un secretario y tres vocales, todos ellos con voz y voto, designados por el Alcalde-Presidente.

La designación de los miembros del Órgano de Selección incluirá la de los respectivos suplentes.

Todos los vocales, titulares y suplentes, deberán poseer titulación o especialización igual o superior a la exigida para el acceso a la plaza que se convoca.

El Órgano de Selección podrá disponer la incorporación de asesores externos, los cuales en todo caso se limitarán al ejercicio de sus especialidades, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el mismo.

El Órgano de Selección no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de tres de sus componentes, siendo imprescindible la presencia del Presidente y del Secretario.

Los miembros del Órgano de Selección deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo y el art. 13 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo.

Los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran estas circunstancias.

Base sexta. Procedimiento de selección.

La realización de las pruebas comenzará en la fecha que indique la Resolución referida en la Base cuarta.

El sistema de provisión será el de Concurso-Oposición. Por tanto, el proceso selectivo constará de dos fases: Concurso y oposición.

1. Fase de concurso.

La fase de concurso se realizará en primer lugar, y en ella se valorarán los méritos que a continuación se relacionan, con arreglo al baremo que así mismo se especifica. Los méritos deberán presentarlos y acreditarlos en la forma establecida en la Base tercera.

Baremo de méritos:

a) Experiencia profesional: hasta un máximo de 9 puntos.

- Experiencia profesional demostrable en la Administración Pública en plazas o puestos de igual contenido que el de la plaza que se convoca, 1 punto por cada 6 meses completos hasta un máximo de 3 puntos.

- Experiencia profesional demostrable en puestos para los que se requiera dominio de WINDOWS XP, UNIX, Linux, SQL Server, Autodesk Mapguide, Delphi y PHP, 1 punto por cada 6 meses completos hasta un máximo de 3 puntos.

- Por haber adquirido la experiencia indicada en el punto anterior en una Administración con una plantilla superior a 400 empleados y en la que se tendrán en cuenta las siguientes circunstancias:

- Diversidad de sistemas operativos.

- Núm. de aplicaciones en explotaciones.

- Núm. de puestos de trabajo informatizados.

- Existencia de soluciones Cliente Servidor desarrolladas sobre Delphi e SQL Server.

- Existencia de soluciones basadas en Autodesk Mapguide,

Hasta un máximo de 3 puntos.

b) Formación complementaria específica.

Por formación complementaria específica, en la que se tendrá en cuenta la relación entre el contenido de los cursos y el contenido temático del Programa de este proceso selectivo, hasta un máximo de 3 puntos asignados con los siguientes criterios:

- De 100 y más horas: 1,00 punto.

- De 60 y más horas y menos de 100: 0,75 puntos.

- De 30 y más horas y menos de 60: 0,50 puntos.

- De menos de 30 horas o sin especificar: 0,25 puntos.

2. Fase de oposición.

La fase de oposición constará de las siguientes pruebas:

Prueba primera: Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período de 90 minutos, un tema extraído al azar de Derecho Administrativo de entre los comprendidos en el bloque I del programa.

Prueba segunda: Consistirá en desarrollar por escrito durante tres horas 2 temas específicos extraídos al azar de entre los que figuran en el bloque II del programa, uno correspondiente a los apartados primero, segundo, tercero y cuarto; y otro al resto de apartados.

Prueba tercera: Realización de un supuesto práctico específico de las funciones a desarrollar como titular de la plaza que se convoca en la forma y tiempo que determine el Tribunal.

Prueba cuarta: Consistirá en la traducción de un texto técnico en inglés, elegido por el Tribunal, durante un período de 45 minutos.

Base séptima. Calificación de los ejercicios.

Los miembros del Tribunal puntuarán cada uno de los tres temas desarrollados por escrito, puntuando sobre 10, y se procederá a dividir la suma por el número de miembros del Tribunal que puntúa.

La nota obtenida habrá de ser de 15 puntos como mínimo, quedando eliminados los aspirantes que no la obtengan.

De la misma forma se puntuará el ejercicio práctico, debiendo obtener 5 puntos como mínimo para pasar a la prueba siguiente.

Quienes superen el ejercicio práctico realizarán la prueba cuarta que, como las anteriores, será puntuada de 0 a 10, debiendo obtener 5 puntos como mínimo y quedando eliminados quienes no la obtengan.

La calificación final vendrá dada por la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas fases, Concurso y Oposición, estableciendo dicha puntuación el aspirante aprobado.

El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas.

Base octava. Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.

Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará resolución final con el nombre del aprobado y puntuación en los tablones de anuncios de las dependencias en las que se hayan efectuado las pruebas y en la página Web municipal, y elevará dicha resolución a la Presidencia de la Corporación para que formule el nombramiento.

El aspirante propuesto presentará en la Unidad de Personal de este Ayuntamiento dentro del plazo de veinte días naturales a partir de la publicación de la lista de aprobados, los documentos relativos de las condiciones que para tomar parte en el concurso-oposición se exigen, y que son:

- Certificación de nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente.

- Título exigido o el resguardo de pago de los derechos del mismo, pudiendo presentar fotocopia para su compulsa con el original.

- Certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

- Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a la Administración Local ni a las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

- Declaración jurada de no hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad.

Quien tuviera la condición de funcionario público estará exento de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio, Comunidad Autónoma, Corporación Local, Consejería u Organismo público del que dependa, acreditando su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, el aspirante propuesto no presentara su documentación o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado y quedarán anuladas todas sus actuaciones; sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en las pruebas selectivas.

El aspirante nombrado deberá tomar posesión en el plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente a aquel en que le sea notificado el nombramiento; de no tomar posesión en el plazo indicado sin causa justificada, se entenderá que renuncia a la plaza.

Base final.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos, plazos y en la forma establecida en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El Tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se le presenten y para adoptar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo del concurso-oposición.

Para lo no previsto en las presentes Bases será de aplicación la legislación vigente en esta materia.

P R O G R A M A

BLOQUE I

1. La Constitución Española de 1978. Principios generales.

2. Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

3. Autonomía municipal. Competencias. Potestad normativa: Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

4. El Municipio. El término municipal. La población. El empadronamiento.

5. Procedimiento administrativo local. Fases del procedimiento. El acto administrativo. Los recursos administrativos.

6. Formas de actividad municipal. Conceptos generales. Fomento, policía, servicio público. Procedimiento para la concesión de las licencias.

7. Órganos de gobierno municipales. Sus competencias. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Actas y certificados de acuerdos.

8. La contratación administrativa local.

9. Haciendas locales. Clasificación de los ingresos. Ordenanzas fiscales.

10. Gasto público local. Concepto. Clasificación. Procedimiento. Control.

11. Los presupuestos locales. Concepto. Regulación actual. Naturaleza. Contenido. Procedimiento. Contabilidad.

12. Personal al servicio de la Entidad Local. Derechos y deberes. Incompatibilidad. Responsabilidad. Régimen disciplinario.

BLOQUE II

Apartado primero: Sistemas Operativos

1. Los Sistemas Operativos. Conceptos, estructura y clasificación

2. Gestión de memoria. Paginación. Segmentación. Memoria virtual.

3. Gestión de ficheros y sistemas de ficheros.

4. Sistema Operativo Unix. Estructura. Tareas de administración y comandos asociados.

5. Sistema Operativo Windows 7. Estructura. Tareas de administración.

Apartado segundo: Bases de Datos

6. Bases de Datos. Concepto. Modelos.

7. Bases de datos relacionales. Arquitectura.

8. Microsoft SQL Server. Lenguaje de consulta, manipulación y definición de datos.

9. Microsoft SQL Server. Administración y mantenimiento.

Apartado tercero: SIG en general

10. Definición. Conceptos. Elementos más comunes.

11. Funcionalidades básicas necesarias para un SIG municipal.

12. Creación y edición de topologías. Tipos. Aplicación.

13. Análisis espacial: Planificación. Operaciones.

14. Gestión de información.

15. Conexión con Bases de Datos externas.

16. Transporte de Datos Espaciales sobre Redes TCP/IP.

17. Generalidades de los SIG.

Apartado cuarto: Servicios municipales basados en SIG

18. Sistemas de Gestión de Base de Datos y SIG.

19. La información geográfica y su incidencia en la gestión municipal.

20. Los SIG al servicio de la sociedad.

21. IDE. Componentes. Entidades. Interoperabilidad. (Datos espaciales).

22. IDE. Arquitectura. Componentes. (Datos espaciales)

Apartado quinto: SIG en Autodesk

23. Autodesk Map 3D. Características cómo S.I.G.

24. Autodesk Map 3D. Creación de topologías.

25. Autodesk Map 3D. Análisis de topologías.

26. Autodesk Map 3D. Edición y Modificación de topologías.

27. Autodesk Map 3D. FDO. Principales conceptos y características.

28. Autodesk Map 3D. Digitalización de mapas.

29. Autodesk Map 3D. Herramientas de edición y limpieza.

30. Autodesk Map 3D. Guardado de datos de atributo en el dibujo.

31. Autodesk Map 3D. Uso de consultas para análisis de datos.

32. Autodesk Map 3D. Conexión con Bases de datos externas.

33. Autodesk Map 3D. Acceso a datos.

Apartado sexto: Publicación Web de un S.I.G. con Autodesk MapGuide 6.5

34. MapGuide 6.5. Descripción general. Características.

35. MapGuide 6.5. Servidor de mapas.

36. MapGuide 6.5. Arquitectura.

37. MapGuide 6.5. Administración del servidor.

38. MapGuide 6.5. Trabajando con datos alfanuméricos asociados.

39. MapGuide 6.5. Planificación y diseño de mapas.

40. MapGuide 6.5. Herramienta de Autor.

41. MapGuide 6.5. Creación y publicación de mapas.

42. MapGuide 6.5. Trabajo con capas.

Apartado séptimo: Publicación en Web de un SIG con MapGuide Open Source

43. MOS. Administrador del sitio.

44. Autodesk MapGuide Studio. Descripción General. Características.

45. Acceso a datos con Autodesk MapGuide Studio.

46. Estrategia de migración de MapGuide 6.5 a MOS.

47. Autodesk MapGuide Viewer.

48. Migración de MapGuide 6.5 a MOS 2.1.

El Ejido, 9 de febrero de 2011.- El Alcalde-Presidente, Juan Enciso Ruiz.

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