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Acuerdo de la Delegada Provincial en Cádiz de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, por el que se ordena la notificación por edicto de Resolución a doña María Paz Domínguez Medina, al estar en ignorado paradero en el expediente incoado.
En virtud de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al intentarse notificación y no poderse practicar, podrá comparecer, en el plazo de un mes, ante el Servicio de Protección de Menores, sito en Cádiz, Plaza. Asdrúbal, núm. 6, para la notificación del contenido íntegro de la Resolución de fecha 3 de enero de 2011, resolviendo declarar la no idoneidad para Acogimiento Familiar Permanente. Se le significa que contra la misma podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de esta capital por los trámites prevenidos en los arts. 779 y 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, modificada por la Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción Internacional, sin que sea necesario formular reclamación previa en vía administrativa, de conformidad con lo que establece el artículo 780.1.º de la citada Ley Procesal.
Cádiz, 15 de febrero de 2011.- La Delegada, Manuela Guntiñas López.
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