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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. La industria Cetro Aceitunas, S.A. figura inscrita en el Registro General Sanitario de Alimentos (RGSA) con número 21.0000278/SE, para la actividad de elaboración de aceitunas de mesa en sus instalaciones de calle Párroco Vicente Moya, número 14, Pilas (Sevilla).
Segundo. Con fechas 20.7.2010 y 1.12.2010 se constata mediante actas de inspección números 47800 y 47924 que la industria se encuentra sin actividad y en estado de abandono.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El artículo 13 del Real Decreto 1712/1991, de 29 de noviembre, sobre RGSA, establece que las Administraciones Públicas llevarán a cabo las oportunas actuaciones para garantizar la exactitud del Registro y en particular la revisión de las inscripciones realizadas.
Segundo. La Resolución de la Secretaría General de Salud Pública y Participación, de 16 de julio de 1999 (BOJA núm. 92, de 10.8.1999), delega en los Delegados Provinciales de la Consejería de Salud, la competencia para iniciar e instruir los procedimientos de autorización sanitaria de funcionamiento de las industrias alimentarias.
Vistos los antecedentes y fundamentos expuestos esta Delegación Provincial,
ACUERDA
Primero. Iniciar el procedimiento para la baja en el Registro General Sanitario de Alimentos de la industria referida en el antecedente primero.
Segundo. Conceder a los interesados un plazo de diez días para que presenten las alegaciones que consideren en defensa de sus intereses, haciendo constar que transcurrido el cual sin que sean presentadas será propuesta a la Secretaría General de Salud Pública y Participación la revocación de la autorización y la baja en el RGSA.
Sevilla, 19 de enero de 2011.- El Delegado, Tomás Martínez Jiménez.
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