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Con fecha 25 de noviembre de 2010, la Comisión Provincial de Medidas de Protección, en el expediente de protección núm. (DPAL) 352-2008-00007031-1, referente a la menor M.Y.O.R., dicta Resolución Definitiva de Acogimiento Familiar Preadoptivo.
Por la presente, se ordena la notificación del presente acto a doña María Jesús Requena García al hallarse en paradero desconocido en el expediente incoado, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Se le hace saber que contra la presente Resolución cabe formular oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Almería en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a los trámites establecidos al respecto en los artículos 779 y 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, modificada por la Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción Internacional.
Asimismo, y de conformidad con lo establecido en el art. 44 del Decreto 282/2002, de 12 de noviembre, de Acogimiento Familiar y Adopción, se le concede un plazo de quince días contados a partir del siguiente a la notificación de esta Resolución, para prestar su conformidad a la constitución del acogimiento en las condiciones contenidas en la misma. Advirtiéndole que en caso de no prestar la conformidad a dicho acogimiento u oponerse al mismo, en el mencionado plazo, la Comisión Provincial de Medidas de Protección actuará según lo previsto en el art. 46 del citado Decreto.
Dado que la publicación íntegra del acto lesionaría los derechos inherentes al menor, podrá comparecer en el plazo de diez días en el Servicio de Protección de Menores, sito en la localidad de Almería, C/ Real, núm. 5, para su completo conocimiento.
Almería, 20 de enero de 2011.- La Delegada, Adela Segura Martínez.
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