Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 17/03/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

Resolución de 25 de febrero de 2011, de la Dirección General de Planificación y Promoción del Deporte, por la que se dispone la publicación de la modificación de los Estatutos de la Federación Andaluza de Colombofilia.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 del Decreto 7/2000, de 24 de enero, de Entidades Deportivas Andaluzas, por Resolución de esta Dirección General de Planificación y Promoción del Deporte de 14 de octubre de 2010, se aprobó la modificación de los Estatutos (art. 4, art. 6, art. 8 y art. 10) de la Federación Andaluza de Colombofilia y se acordó su inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas, así como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición antes mencionada, se dispone la publicación de la modificación de los mencionados artículos de los Estatutos de la Federación Andaluza de Colombofilia, que figura como Anexo a la presente Resolución.

Sevilla, 25 de febrero de 2011.- El Director General, Ignacio Rodríguez Marín.

ESTATUTOS DE LA FEDERACIÓN ANDALUZA

DE COLOMBOFILIA

TÍTULO I

Artículo 4.º Domicilio social.

La Federación Andaluza de Colombofilia está inscrita en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas. Tiene su domicilio social en la ciudad de Sevilla, C/ Primavera, núm. 7, 1.º C, C.P.: 41009.

El cambio de domicilio social necesitará el acuerdo de dos tercios de los miembros de la Asamblea General.

Artículo 6.º Funciones propias.

a) Son funciones propias de la Federación las de gobierno, administración, gestión, organización y promoción del deporte de la Colombofilia en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

b) Modalidades de concursos colombófilios en Andalucía:

b.1. Sueltas-carreras de palomas en las modalidades de velocidad, fondo y gran fondo, dependiendo de las distancias que se establezcan por los organismos nacionales e internacionales.

b.2. Exposición de palomas mensajeras.

Se organizarán a nivel de clubes: provinciales o regionales. Las palomas puntuarán según los criterios de los estándares de la RFCE y FCI.

b.3. Colombódromos:

Deberán presentar memoria y plan de vuelos de manera anual, que la Junta Directiva de la FAC estudiará y aprobará, si procede, concediéndoles la consideración de oficiales.

Podrán participar colombófilos con licencia de la FAC, licencia de Colombódromos Andaluza, otras federaciones autonómicas españolas, Real Federación Colombófila Española (RFCE), federación adscrita a la Federación Colombófila Internacional (FCI) y asociaciones legalmente establecidas en otros países.

Podrán participar palomas con anillas reconocidas por la FAC: anillas andaluzas, anillas de la RFCE, anillas de federaciones adscritas a la FCI y anillas de otras comunidades autónomas que las tengan reconocidas por sus estatutos federativos.

Artículo 8.º Otras funciones.

f) Homologación de material deportivo:

- Anillas de nido de la FAC y títulos de propiedad.

- Jaulas de transporte, concursos y exposiciones.

- Anillas de concursos: rossor y chips electrónicos.

- Relojes comprobadores de palomas.

TÍTULO II

Capítulo I

Artículo 10.º La licencia federativa.

1. La licencia federativa es el documento mediante el que se formaliza la relación de especial sujeción entre la Federación Andaluza de Colombofilia y la persona o entidad de que se trate. Con ella se acredita documentalmente la afiliación, sirviendo de título acreditativo para el ejercicio de los derechos y deberes reconocidos por los presentes estatutos a los miembros de la Federación.

2. La pérdida de la licencia federativa por su titular, por cualquiera de las causas previstas, lleva aparejada la de la condición de miembro de la Federación.

3. Categorías de licencias:

a) Absoluto: a partir de 18 años.

b) Juveniles: a partir de 14 y menores de 18 años.

c) Infantiles: menores de 14 años.

d) Colombódromos: Esta licencia se otorgará a los colombófilos que participen en los colombódromos oficiales de Andalucía. Asimismo, estos colombófilos podrán participar en los campeonatos de Andalucía con palomas que habiten en dichos colombódromos.

4. La anilla de nido Andaluza:

a) Sirve para identificar a la paloma mensajera andaluza durante su vida deportiva.

Tiene las siguientes características:

- La inscripción siguiente: FAC Andalucía-España.

- Año y numeración.

Su color anual es variable según la carta de colores aprobada por al Asamblea General de la Federación Andaluza de Colombofilia.

b) Otras anillas de nido oficiales en Andalucía:

Anillas de la RFCE, anillas de federaciones adscritas a la FCI, otras organizaciones de colombofilia legalmente establecidas de otros países y anillas de otras comunidades autónomas españolas que las tengan reconocidas por sus estatutos federativos.

5. Título de propiedad de la Paloma Mensajera Andaluza. Es del mismo color que la anilla y de forma rectangular, con unas dimensiones de 6,3 x 5,1 cms.

En el anverso:

- Escudo de la FAC.

- Federación Andaluza de Colombofilia.

- Andalucía –año– España.

- Título de propiedad de la anilla.

- Número de la paloma mensajera. El número coincide con el de la anilla de nido.

En el reverso: Datos básicos de su pedigrí.

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