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El artículo 14 del Reglamento de Ordenación de la Inspección de Servicios Sanitarios de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 224/2005, de 18 de octubre, establece que por Orden de la Consejería de Salud, se aprobará el Plan Anual de Inspección en el que se definirán los programas generales y específicos correspondientes, desarrollándose las funciones de acuerdo con este Plan.
En la elaboración del Plan, se ha dado participación a los distintos órganos directivos de la Consejería de Salud, Servicio Andaluz de Salud, y Delegaciones Provinciales de Salud, habiéndoseles solicitado propuestas de actuación a incluir en el ejercicio 2011, que suponen una gran parte de los programas específicos que se van a desarrollar.
Las funciones atribuidas a la Inspección de Servicios Sanitarios en el Reglamento de Ordenación de la misma, determinan las actuaciones inspectoras que configuran el Plan Anual, definiéndose las actividades en virtud de las distintas materias que son competencia de la Inspección, cuales son los derechos y obligaciones de la ciudadanía en el ámbito sanitario, la prestación y atención sanitaria ofrecida por los centros, establecimientos y servicios sanitarios, la prestación farmacéutica, las prestaciones del sistema de Seguridad Social en el ámbito competencial de la Comunidad Autónoma, y en general la inspección del cumplimiento de la normativa sanitaria y calidad asistencial prestada. Las actividades realizadas en base a solicitudes de la ciudadanía u órganos competentes y reglamentariamente establecidas no son propiamente objetivos, sino previsiones de actividad, pero se incluyen en el Plan con objeto de dar transparencia a todas las actuaciones inspectoras y por suponer una importante carga de trabajo.
En su virtud, a propuesta de la Secretaria General Técnica, de conformidad con el artículo 14.1 del Decreto 224/2005, de 18 de octubre, y el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
DISPONGO
Artículo único. Aprobar el Plan Anual de Inspección de Servicios Sanitarios para 2011 que figura como Anexo a la presente Orden.
Disposición final primera. Facultar a la Secretaría General Técnica para la adopción de las medidas necesarias en orden al desarrollo y ejecución de los programas de inspección.
Disposición final segunda. La presente Orden tendrá efectividad a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficinal de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 24 de febrero de 2011
María Jesús Montero Cuadrado
Consejera de Salud
ANEXO
PLAN ANUAL DE INSPECCIóN DE SERVICIOS SANITARIOS 2011
El Decreto 224/2005, de 18 de octubre, establece que anualmente se publicará el Plan de Inspección de Servicios Sanitarios por Orden de la persona titular de la Consejería de Salud. El plan de inspección responde a tres tipos de objetivos:
1. Los relacionados con normativas que exigen la inspección de centros o actividades sanitarias.
2. Los relacionados con la evaluación de los proyectos contenidos en los diversos planes del Sistema Sanitario Público de Andalucía, tales como Plan de Calidad y contratos-programa.
3. Los relativos al cumplimiento de Convenios de la Consejería de Salud con otros organismos, en los que sea necesaria la actuación de la Inspección de Servicios Sanitarios.
Estos objetivos, a su vez, condicionan que las actuaciones inspectoras que se realizan para su consecución sean por una parte:
a) Derivadas de solicitudes de Unidades de la Administración a instancia de particulares interesados en los procedimientos administrativos, o a solicitudes de oficio de las propias Unidades de la Administración según la norma que regula el procedimiento (así existen desde las solicitudes de informes para autorizaciones, denuncias, etc., a las solicitudes de inspecciones de cumplimiento normativo sanitario, centros de transfusión, tejidos, etc.). Responden a la demanda existente, y por tanto no existen metas en los objetivos anuales.
b) Planificadas y programadas en razón a las prioridades de evaluación señaladas por distintos órganos directivos. Estas inspecciones tienen como producto final la emisión de Informes, en su mayor parte de ámbito autonómico, con desagregación provincial.
c) Actividades planificadas para la consecución de los objetivos fijados en los Convenios, que exigen un seguimiento continuo y modificaciones a lo largo del ejercicio, en razón del grado de consecución que se va alcanzando.
Este plan de inspección se ha adaptado a los proyectos contenidos en el III Plan de Calidad publicado por la Consejería de Salud, para las actividades que afectan directamente al Sistema Sanitario Público de Andalucía (SSPA), y se han especificado también otros objetivos cuya competencia corresponde a la Inspección de Servicios Sanitarios, y que afectando a otros centros o actividades no pertenecientes al SSPA, suponen el desarrollo de actividades que mejoran la calidad y eficiencia tanto del Sistema Sanitario Público, como de la totalidad del Sistema Sanitario que existe en Andalucía.
De acuerdo con las líneas estratégicas diseñadas por la Consejería de Salud y los diferentes tipos de proyectos que el Plan de Calidad enumera para la consecución de los objetivos previstos en el mismo, se han estructurado las líneas de actuación inspectora y los objetivos a desarrollar, describiendo los ámbitos de actuación sobre los que se proyectarán la actividades a realizar, y la área o áreas de responsabilidad que dentro de la estructura de Inspección se encargarán de gestionar los procesos.
Las áreas de responsabilidad son:
I. Programa general de Inspección de Centros y Servicios sanitarios.
II. Programa general de Inspección Farmacéutica.
III. Programa general de Inspección de Incapacidad Temporal.
IV. Áreas de apoyo directo a la Subdirección.
- Área de responsabilidad patrimonial.
- Área de calidad y gestión del conocimiento.
El III Plan de Calidad afronta el nuevo reto de dar contenido a la visión estratégica en torno a la calidad de los servicios públicos de salud en los próximos años. Para ello identifica los elementos nucleares, líneas de acción y proyectos a desarrollar a través de tres escenarios:
1. Ciudadanía.
2. Profesionales.
3. Espacio compartido.
1. Atención centrada en la persona.
1.A) Evaluación del Plan de Atención a Cuidadores.
Objetivos y contenido: Responde al objetivo de fomentar medidas proactivas para facilitar la accesibilidad a los servicios sanitarios. Especial mención merece en la evaluación de este ejercicio la existencia de la oferta de acompañamiento.
Ámbito de actuación: Durante el año 2011 se evaluará fundamentalmente el Área de Urgencias en Hospitales del SSPA.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.
2. Avance en derechos de la ciudadanía, participación y corresponsabilidad.
2.A) Evaluación Planes de Participación Ciudadana.
Objetivos y contenido: Responde al objetivo de definir y establecer en los centros del SSPA estrategias de trabajo colaborativo entre ciudadanía y profesionales, para compartir conocimiento, derechos, información sobre resultados o identificar mejoras, en el marco de la corresponsabilidad. Incorporar a los instrumentos de gestión aspectos que incluyan las expectativas y valores de la ciudadanía de forma continua. Hacer visible a la ciudadanía los resultados del sistema sanitario que facilite la libre elección y toma de decisiones, avanzando en transparencia del SSPA. Implantar el Plan de Participación Ciudadana en todos los ámbitos de la organización, que incluya un programa de comunicación y su incorporación a las Unidades Clínicas de gestión.
Se comprobará la elaboración de estos planes y la metodología utilizada en su realización. Se comprobará si existe un equipo responsable de hacerlos y de su seguimiento. Verificar que medidas se han llevado a efecto hasta la actualidad.
Ámbito de actuación: Se desarrollará en el ámbito de Atención Primaria y Especializada.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.
2.B) Evaluación Planes de Mejora tras Encuestas de Satisfacción.
Objetivos y contenido: Constatar la existencia de planes de mejora realizados respecto a las áreas identificadas negativamente en las encuestas de satisfacción de usuarios. Constatar la implantación de las medidas identificadas en los planes de mejora. Evaluar que las medidas de mejora están en consonancia con las áreas peor valoradas.
Ámbito de actuación: Atención Primaria y Atención Especializada.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.
3. Modernización e innovación de los procesos asistenciales integrados.
3.A) Evaluación Código Ictus en urgencias.
Objetivos y contenido: Se evaluará la utilización del código Ictus en los diferentes niveles de atención de Urgencias, y la aplicación de los criterios de activación.
Se evaluará la utilización de los equipos de telemedicina en la atención a los pacientes con episodios de ictus, que se encuentren a largas distancias de hospitales.
Ámbito de actuación: Áreas de Emergencias y Urgencias de todo el Sistema Sanitario Público de Andalucía, tanto en el nivel de Atención Primaria, como Especializada y el Transporte Sanitario.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.
3.B) Evaluación Normas de Calidad del Proceso Asistencial Integrado de Cáncer de Piel.
Objetivos y contenido: Se evaluará el seguimiento de las normas de calidad referidas al conjunto de actividades destinadas a la prevención, diagnóstico precoz y tratamiento integral (médico, quirúrgico y de apoyo) del cáncer de piel, específicamente del carcinoma basocelular, carcinoma espinocelular y melanoma, que se encuentran incluidas en el proceso asistencial cáncer de piel.
Ámbito de actuación: Atención Primaria y Atención Especializada.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.
4. Desarrollo e implantación de la estrategia para la seguridad del paciente del sistema sanitario público de Andalucía.
4.A) Elaboración dictámenes médicos en expedientes de Responsabilidad Patrimonial sanitaria.
Objetivos y contenido:
1. Se elaborarán los dictámenes médicos que con carácter pericial se emiten en la tramitación de expedientes de responsabilidad patrimonial con ocasión de la asistencia sanitaria prestada.
2. Se colaborará en el desarrollo del Sistema de Información Unificado de Responsabilidad Patrimonial y más específicamente en la base de datos, que permita el estudio y análisis de riesgos sanitarios, provenientes de los datos extraídos de los expedientes de responsabilidad patrimonial, generando un sistema de información compartido, que apoye la definición y utilización de buenas prácticas.
3. Se realizará, un estudio de riesgos sanitarios, en función de las distintas variables que se registran en los expedientes de responsabilidad patrimonial finalizados.
El tiempo medio de elaboración de los dictámenes médicos no excederá de 30 días.
Se potenciará el uso de los recursos de la biblioteca virtual del SSPA como apoyo a la actividad de elaboración de los dictámenes.
Ámbito de actuación: Solicitudes del Servicio de Legislación, de acuerdo con la Orden de 1 de abril de 2005, de la Consejera de Salud, por la que se dictan instrucciones para la tramitación de expedientes de responsabilidad patrimonial por o con ocasión de la asistencia sanitaria prestada en centros hospitalarios concertados por la Consejería de Salud. Solicitudes del Servicio de Coordinación de la Viceconsejería de Salud, relativos a hospitales generales y hospitales de alta resolución (HAR) gestionados por empresas públicas hospitalarias (EPH).
Área de responsabilidad: Área de responsabilidad patrimonial.
4.B) Inspección de Establecimientos de Tejidos: Bancos de Tejidos, Centros de obtención y Centros de implante.
Objetivos y Contenido: Se verificará el cumplimiento de los requisitos legales y la aplicación de las medidas de control de calidad exigidas por el Real Decreto 1301/2006, de 10 de noviembre, de acuerdo al plan de inspecciones del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. En su ejecución se utilizará el protocolo de inspección, impulsado por la Consejería de Salud y aceptado para todo el territorio nacional.
Ámbito de actuación: Centros sanitarios públicos y privados de Andalucía.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.
4.C) Inspección de centros concertados de Diálisis.
Objetivos y contenido: Se verificará el cumplimiento de los requisitos especificados en los pliegos de condiciones técnicas de los conciertos con centros concertados de diálisis. Se diseñará el protocolo de evaluación en colaboración con la Coordinación Autonómica de Trasplantes.
Ámbito de actuación: Centros concertados por los centros directivos del Sistema Sanitario Público de Andalucía.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.
5. Incorporación efectiva de la estrategia de cuidados del sistema sanitario público de Andalucía.
5.A) Evaluar la implantación del triage en las unidades de urgencias hospitalarias.
Objetivos y contenido: Se evaluará el grado de implantación y utilización del triage automatizado de Manchester en las unidades de urgencias, así como la satisfacción de los usuarios.
Ámbito de actuación: Hospitales del SSPA.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.
6. Formación y desarrollo profesional.
6.A) Desarrollar actividades de formación en Incapacidad Temporal.
Objetivos y contenido: Se desarrollarán actividades de formación sobre normativas referentes a la incapacidad temporal, instrumentos para la gestión, seguimiento y evaluación de los trabajadores que perciben esta prestación, así como sobre los sistemas de información utilizados en el control de la IT, y especialmente los relativos al nivel de Atención Primaria.
Las diferentes unidades de Inspección Médica (UMVIs) participarán también en la formación de médicos residentes en las especialidades de Medicina de Familia y Comunitaria y Medicina del Trabajo.
Ámbito de actuación: Centros de Salud de Atención Primaria. Unidades Médicas de Valoración de Incapacidades.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección de Incapacidad Laboral.
7. Desarrollar en todo el sistema sanitario público de Andalucía el nuevo modelo de gestión clínica.
7.A) Evaluación de Listas de Espera Quirúrgicas en Unidades de Gestión Clínica.
Objetivos y contenido: Se evaluará la gestión de las listas de espera en unidades de gestión clínica, verificando el control y seguimiento realizado por los jefes de las unidades y la metodología utilizada.
Ámbito de actuación: Servicios de Traumatología y Oftalmología de Hospitales del grupo I.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.
8. Transformación de la organización para dar soporte a la gestión clínica.
8.A) Evaluación del Tiempo de respuesta para RM y TAC en centros concertados.
Objetivos y contenido: Se evaluarán los tiempos de respuesta a las solicitudes de pruebas de alta tecnología (RM y TAC) en centros concertados con el Servicio Andaluz de Salud, evaluando el cumplimiento de los plazos de garantía. Se priorizarán aquellos centros con mayor demora.
Ámbito de actuación: Centros de Radiodiagnóstico concertados por Hospitales del Servicio Andaluz de Salud.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.
8.B) Evaluación de la prescripción farmacéutica en la Atención Especializada.
Objetivos y Contenido: Se comprobará el cumplimiento de la Circular 6/96 (30-7) del SAS, sobre prescripción de recetas para la obtención de tratamientos instaurados en Asistencia Especializada.
Ámbito de actuación: Centros de Atención Especializada del Sistema Sanitario Público de Andalucía.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección Farmacéutica.
8.C) Evaluación de la prescripción por hiperprescriptores de medicamentos y/o productos sanitarios.
Objetivos y contenido: Colaboración en el uso racional de los medicamentos: En coordinación con los dispositivos asistenciales con competencia en la materia. Se incidirá en la detección de usos irregulares relacionados con la prescripción y uso de la prestación farmacéutica.
Se inspeccionarán las prescripciones que, tras el análisis de la documentación consecuente con la inspección y control de oficinas de farmacia o denuncias referidas a este asunto presenten posibles irregularidades. Incidiéndose prioritariamente en aquellos desviados en sus indicadores de prescripción, cuyo control sea requerido por los correspondientes Directores Gerentes de Distritos de Atención Primaria o Áreas Sanitarias y Dirección Gerencia del SAS. Prestándose especial atención a los hiperprescriptores.
Ámbito de actuación: Centros de Atención Primaria.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección Farmacéutica.
8.D) Evaluación de la prescripción en receta médica electrónica.
Objetivos y contenido: Se inspeccionará el cumplimiento de la normativa que regula la receta médica electrónica. De forma prioritaria se inspeccionarán aquellas Oficinas de Farmacia que tras dispensar prescripciones en receta médica electrónica retengan las tarjetas sanitarias de los pacientes, así como, aquellas otras en las que se detecte que en las Hojas Justificantes de las dispensaciones no constan todos los cupones precinto correspondientes a los medicamentos y productos sanitarios que se han dispensado y facturado por receta electrónica, o bien no coincida el código del producto dispensado en receta electrónica con el cupón-precinto. Igualmente se incidirá sobre las dispensaciones con presumibles errores de prescripción.
Ámbito de actuación: Oficinas de Farmacia.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección Farmacéutica.
8.E) Continuidad del proyecto piloto IT-21 en Atención Primaria.
Objetivos y contenido: Se seguirá coordinando y evaluando el funcionamiento del proyecto de nueva sistemática de gestión y seguimiento de la IT, que se está pilotando en diferentes centros de salud de las ocho provincias. Las UMVIs adaptarán las citaciones y controles de los asegurados en IT de los centros de ensayo del proyecto piloto, a las duraciones estándares de las patologías que presentan.
Ámbito de actuación: Centros de salud seleccionados. UMVIs.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección Incapacidad Laboral.
9. Los sistemas de información en la gestión del conocimiento.
9.A) Evaluación de la cumplimentación y calidad de Historias Clínicas.
Objetivos y contenido: Se procederá a la evaluación de muestreos de historias clínicas en centros sanitarios, de acuerdo con el protocolo de actuación elaborado por la Comisión de Coordinación de Inspección del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. Responde al compromiso de la Consejería de Salud con las líneas estratégicas para la Inspección de Servicios Sanitarios aprobadas por el Consejo Interterritorial. En concreto este objetivo corresponde a la línea estratégica número 3.
Se evaluará al menos, la ordenación y contenido, la política de gestión y uso de la historia clínica, la accesibilidad, codificación, tratamiento de la información, seguridad y control interno.
Ámbito de actuación: Centros del Sistema Sanitario Público de Andalucía.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.
9.B) Explotación del Sistema de Información de la Incapacidad Temporal.
Objetivos y contenido: Se desarrollarán las siguientes actuaciones:
- Explotación del modulo de tratamiento de la información (MTI) del Sigilum XXI, que genere la salida de datos en todos sus niveles de agregación y de variables asociadas a la IT. Los directores gerentes de Distrito tendrán acceso on line al MTI, donde se pondrán a su disposición diferentes carpetas que le faciliten la búsqueda de información.
- Mensualmente todos los Distritos sanitarios recibirán información de la evolución de sus objetivos de seguimiento de la IT, con tres niveles de desagregación: Distrito, Zona Básica de Salud, y código Puesto Médico. También recibirán la evolución de los objetivos a nivel provincial y autonómico, para que sirvan de referencia.
- Comunicación a los médicos de Atención Primaria de su Perfil de Prescripción de IT, de forma que tengan una visión general lo más aproximada posible de las características que presenta la población adscrita y el uso que realiza de la prescripción de IT.
- Envío periódico al Ministerio de Sanidad de los datos e indicadores seleccionados de IT para la elaboración del sistema de información sobre IT del Sistema Nacional de Salud.
Ámbito de actuación: UMVIs. Distritos de Atención Primaria. Centros de Salud.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección de Incapacidad Temporal.
9.C) Sistemas de Información de actividad y resultados de la actuación inspectora.
Objetivos y contenido: Se continuará elaborando e introducirán las mejoras necesarias al sistema de información que permite la evaluación del cumplimiento de objetivos y desarrollo de las actividades realizadas por la Inspección de Servicios Sanitarios, para el desarrollo de este Plan, que se complementará con la memoria anual. En concreto se elaborarán:
- Sistema de información mensual.
- Sistema de información trimestral.
- Memoria anual
Ámbito de actuación: Inspecciones Provinciales e Inspección Central.
Área de responsabilidad: Área de Calidad y Gestión del Conocimiento.
10. Estrategia digital.
10.A) Mejoras del módulo de IT del SAS (en Diraya) y del aplicativo informático para IT de UMVIs (SIGILUM).
Objetivos y Contenido: Con el objetivo de mejorar el uso racional de la prestación de incapacidad temporal (IT) desde una visión sanitaria y disminuir las cargas administrativas en las consultas médicas, de acuerdo a las estrategias de atención primaria, se rediseñará un nuevo módulo de IT para la historia de salud en Diraya y del aplicativo informático para el sistema de información de las Unidades Médicas de Valoración de Incapacidades (Sigilum), que permita la comunicación entre ambos y su integridad funcional para la gestión y seguimiento del proceso de IT. La Inspección participará en la Comisión establecida por el SAS para el rediseño funcional de los nuevos aplicativos.
Se planificará la introducción de un sistema automático de cálculo de previsión de la duración estimada de los procesos de IT según Tiempos Óptimos Parametrizables, una vez finalice el proyecto de investigación que se está realizando sobre ello.
Ámbito de actuación: Servicios centrales Consejería Salud y SAS.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección de Incapacidad Temporal.
11. Actuaciones de apoyo a la calidad y eficiencia del sistema sanitario.
11.A) Inspección del desabastecimiento en oficinas de farmacia.
Objetivos y contenido: Se analizará el cumplimiento de la normativa que regula la dispensación y el suministro de medicamentos por las Oficinas de Farmacia. De forma prioritaria se actuará en aquellos supuestos de venta de medicamentos a Almacenes Mayoristas que puedan ocasionar un desabastecimiento en Andalucía. Se incidirá en las inexistencias de medicamentos y productos sanitarios no justificadas que puedan dificultar la aplicación del acuerdo entre el SAS y el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales Farmacéuticos (COF), por el que se establecen precios máximos cuando el médico prescriba medicamentos o productos sanitarios sin indicar marca comercial concreta.
Ámbito de actuación: Oficinas de Farmacia y Almacenes de distribución de medicamentos.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección Farmacéutica.
11.B) Inspección de Almacenes de Distribución de Medicamentos.
Objetivos y contenido: Se verificará el cumplimiento de las Normas de Buenas Prácticas de Distribución (BPD) de Medicamentos en una muestra de almacenes mayoristas de medicamentos de uso humano, en los aspectos relativos a legalidad de clientes y proveedores, termolábiles (devolución y reincorporación a la cadena de distribución), falsificados, transporte, personal (formación y funciones) validación de sistemas informáticos y distribución indirecta (o inversa).
Ámbito de actuación: Almacenes de distribución de medicamentos.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección Farmacéutica.
11.C) Control de Ensayos Clínicos de Medicamentos.
Objetivos y contenido: Se verificará el cumplimiento de las Normas de Buena Práctica Clínica (BPC) recogidas en la normativa vigente, en una muestra de Ensayos Clínicos con medicamentos, adecuado al Plan de Inspección de Ensayos Clínicos aprobado por el Comité Técnico de Inspección de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS).
Ámbito de actuación: Centros sanitarios públicos y privados de Andalucía.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección Farmacéutica.
11.D) Control de Ensayos Clínicos de Terapias Avanzadas.
Objetivos y contenido: Se verificará el cumplimiento de las Normas de Buena Práctica Clínica (BPC) recogidas en la normativa vigente, en ensayos clínicos de terapias avanzadas promovidos por la Consejería de Salud, a través de la Iniciativa Andaluza en Terapias Avanzadas (IATA) y la Fundación Progreso y Salud.
Ámbito de actuación: Hospitales seleccionados del SSPA.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección Farmacéutica.
11.E) Control de Calidad de Medicamentos en el Mercado.
Objetivos y contenido: Se colaborará con la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) para la ejecución en Andalucía de un programa de control de calidad de medicamentos en el mercado. Se procederá a la recogida de muestras, acondicionamiento y envío al laboratorio oficial de control de medicamentos de la AEMPS a efecto de su análisis.
Ámbito de actuación: Establecimientos farmacéuticos.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección Farmacéutica.
11.F) Control de comercio ilegal de medicamentos.
Objetivos y Contenido: Se colaborará en la detección de la comercialización de medicamentos no autorizados en establecimientos farmacéuticos. Así mismo, se comprobará el cumplimiento de la normativa que regula la prescripción y dispensación de determinados medicamentos susceptibles de comercio ilegal, que puedan suponer un riesgo para la salud de las personas.
Ámbito de actuación: Establecimientos farmacéuticos.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección Farmacéutica.
11.G) Informes para autorización de establecimientos de farmacia.
Objetivos y contenido: Se elaborarán los informes técnico-sanitarios, solicitados por la autoridad sanitaria competente, para las autorizaciones administrativas de instalación, funcionamiento, modificación, renovación y cierre de establecimientos y servicios farmacéuticos, valorando la adecuación a la normativa vigente mediante la comprobación de los requisitos contenidos en los protocolos de aplicación.
Ámbito de actuación: Establecimientos farmacéuticos.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección Farmacéutica.
11.H) Informes para autorización de funcionamiento de centros, establecimientos y servicios sanitarios.
Objetivos y contenido: Se elaborarán los informes técnico-sanitarios, solicitados por la autoridad sanitaria competente, para las autorizaciones administrativas de funcionamiento, valorando la adecuación a la normativa vigente y calidad técnica, mediante la comprobación de los requisitos, criterios, estándares o evidencias contenidos en los protocolos de aplicación.
Ámbito de actuación: Centros, Establecimientos y Servicios sanitarios públicos y privados.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección de Centros y Servicios sanitarios.
11.I) Informes para autorización de renovación de centros, establecimientos y servicios sanitarios y Control de centros previamente sancionados.
Objetivos y contenido: Se elaborarán los informes técnico-sanitarios, solicitados por la autoridad sanitaria competente, para las autorizaciones administrativas de renovación valorando la adecuación a la normativa vigente y calidad técnica, mediante la comprobación de los requisitos, criterios, estándares o evidencias contenidos en los protocolos de aplicación. Constatar el cumplimiento de los requisitos exigibles a aquellos centros sanitarios previamente sancionados por incumplirlos, con sanción firme por infracciones graves o muy graves, a efectos de descartar reincidencias.
Ámbito de actuación: Centros, Establecimientos y Servicios sanitarios públicos y privados.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección de Centros y Servicios sanitarios.
11.J) Informes para homologación de centros hospitalarios y suscripción de conciertos.
Objetivos y contenido: Se elaborarán los informes técnico sanitarios previos, solicitados por la autoridad sanitaria competente, para los centros hospitalarios que soliciten la homologación. De igual manera se realizará la evaluación para la suscripción de convenios o conciertos con entidades públicas o privadas, que tengan por objeto la prestación de asistencia sanitaria en centros hospitalarios, valorando la adecuación a la normativa vigente y su calidad mediante la comprobación de los requisitos necesarios.
Ámbito de actuación: Centros hospitalarios que soliciten homologación y aquellos con los que la Consejería de Salud vaya a establecer un convenio o concierto de asistencia sanitaria.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección de Centros y Servicios sanitarios.
11.K) Informes para licencias de fabricación de productos sanitarios a medida.
Objetivos y contenido: Se elaborarán los informes técnico sanitarios en relación con la fabricación de productos sanitarios a medida de dispensación directa al público, de acuerdo con la normativa en vigor y las transferencias a la Comunidad Autónoma.
Ámbito de actuación: Informes solicitados por la Dirección General de Planificación y Financiación, en relación con las solicitudes de fabricación de productos ortoprotésicos y protésicos dentales.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.
11.L) Informes para autorización de centros sanitarios privados concertados por MATEPSS.
Objetivos y contenido: De acuerdo con la Orden TIN/ 2786/2009, de 14 de octubre, que implanta el procedimiento normalizado telemático CAS@, en desarrollo del Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre, que aprueba el Reglamento de colaboración de las MATEPSS, se elaborarán los informes de adecuación de instalaciones y servicios sanitarios a las finalidades que deben cumplir, según las modalidades siguientes:
1. En el supuesto de centros propios de las MATEPSS, se seguirá el procedimiento que se ha venido utilizando hasta la entrada en vigor de la citada Orden. En este supuesto la solicitud del informe de adecuación será emitida por el Ministerio de Trabajo e Inmigración.
2. En el supuesto de centros privados concertados por las MATEPSS, serán éstas las que gestionen la obtención del informe de adecuación ante la Consejería de Salud. La Secretaría General Técnica regulará el procedimiento para la emisión del referido informe.
Ámbito de actuación: Centros sanitarios propios y concertados por MATEPSS, según los supuestos reseñados.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.
11.M) Acreditación de Servicios de Prevención de Riesgos Laborales:
Objetivos y contenido: Se elaborarán los informes técnico sanitarios solicitados por la autoridad sanitaria competente, previos a la acreditación por la autoridad laboral, de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales, en su vertiente sanitaria, valorando la adecuación a la normativa vigente y su calidad mediante la comprobación de los requisitos contenidos en los protocolos de aplicación.
Ámbito de actuación: Unidades de Medicina del Trabajo de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales, que hayan solicitado su autorización por la autoridad laboral.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.
11.N) Control del absentismo por Incapacidad Temporal en la población general.
Objetivos y contenido: Participar con el resto de organismos y unidades con competencias en IT, en la disminución del absentismo laboral en todo el ámbito social por esta causa, desde el campo de la inspección médica del sistema sanitario. Las valoraciones se harán a través de controles directos en las Unidades Médicas de Valoración de Incapacidades (UMVIs) de las Inspecciones Provinciales, o visitas domiciliarias por los inspectores médicos y subinspectores, así como a través de controles indirectos mediante revisión de la situación de IT con el médico de Atención Primaria que atiende al paciente. Objetivos acordados con el INSS en el convenio de colaboración.
Ámbito de actuación: Pacientes en situación de IT, con duración inferior a doce meses, del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en contingencias comunes y profesionales, y de Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social (MATEPSS) en contingencias comunes.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección de Incapacidad Temporal.
11.Ñ) Control del absentismo por Incapacidad Temporal en personal del Sistema Sanitario Público de Andalucía.
Objetivos y contenido: Colaborar en la disminución del absentismo laboral por IT que afecta a los trabajadores del SSPA, desde el campo de la inspección médica del sistema sanitario. Se procederá a dar continuidad al programa específico para el control de la IT en centros sanitarios del SSPA. Objetivos previstos en el programa específico.
Ámbito de actuación: Personal del Sistema Sanitario Publico Andaluz, que incluirá tanto al personal del SAS como de las Empresas Sanitarias Publicas Andaluzas.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección de Incapacidad Temporal.
11.O) Control del absentismo por Incapacidad Temporal en personal de la Junta de Andalucía.
Objetivos y contenido: Colaborar en la disminución del absentismo laboral por enfermedad, que afecta a los trabajadores de la Junta de Andalucía, desde el campo de la inspección médica del sistema sanitario, de acuerdo con los Convenios de la Consejería de Salud con la Consejería de Hacienda y Administración Pública y MUFACE, en coordinación con la Inspección General de Servicios, tanto de trabajadores del Régimen General de la Seguridad Social, como de MUFACE o MUGEJU.
Ámbito de actuación: Personal al servicio de la Junta de Andalucía, tanto del Régimen General, como de MUFACE y MUGEJU.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección de Incapacidad Temporal.
11.P) Convenio de colaboración con Instituto Nacional de Seguridad Social.
Objetivos y contenido: Se realizarán las actividades necesarias para la consecución de los objetivos de actividad acordados con el INSS, cuyo resultado depende en gran medida de la actuación de las UMVIs. En concreto se emitirán todos aquellos informes trimestrales de primer y tercer trimestre de asegurados en IT revisados en las Unidades. Utilización de las duraciones estándares como criterios de citación. Adecuación a la normativa de los tiempos de respuesta a las propuestas de altas laborales. Gestión de disconformidades y su motivación. Participación de médicos del INSS en actividades formativas de IT en Atención Primaria. Realización de subcomisiones provinciales de seguimiento del convenio. Se continuará con el programa de seguimiento de la IT de corta duración.
Ámbito de actuación: UMVIs. Centros de Salud. EVIs.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección de la Incapacidad Temporal.
11.Q) Convenio de Colaboración con MATEPSS.
Objetivos y Contenido: De acuerdo a la normativa vigente, se procederá a la gestión y autorización, si procede, de las propuestas de realización de pruebas diagnósticas y/o tratamientos para trabajadores en situación de IT por contingencias comunes, protegidos por las MATEPSS. Se continuará la tramitación para la aprobación del convenio de colaboración entre la Consejería de Salud y las MATEPSS. En caso de finalización del trámite, se desarrollará su contenido y se evaluará antes de finalizar el año de entrada en vigor a fin de realizar las propuestas de mejora que correspondan.
Ámbito de actuación: UMVI. SAS.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección de Incapacidad Temporal.
11.R) Control de cumplimiento de normativa sanitaria.
Objetivos y contenido: Se verificará tanto el cumplimiento de los requisitos normativos exigibles y la existencia de las autorizaciones administrativas preceptivas, como la veracidad y adecuación normativa de la promoción y publicidad sanitaria.
Ámbito de actuación: Dadas las peculiaridades que pueden existir en cada territorio, cada Inspección Provincial fijará los centros a evaluar y/o se determinarán a nivel central. Se utilizará como uno de los criterios más importantes para la selección, las denuncias habidas en años anteriores o en la actualidad, que puedan ser indicio de posibles irregularidades.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios. Programa General de Inspección Farmacéutica.
11.S) Informes sobre denuncias en relación con la atención sanitaria.
Objetivos y contenido: Se elaborarán los informes solicitados por la autoridad sanitaria, derivados de denuncias relativas al funcionamiento de centros, establecimientos y servicios sanitarios, prestaciones sanitarias y garantías reconocidas a la ciudadanía. Los informes se realizarán en el plazo acordado por la autoridad sanitaria, pudiendo solicitarse la autorización de prórrogas para su finalización, en función de la complejidad de la investigación necesaria para esclarecer los hechos denunciados.
Ámbito de actuación: Todos los informes solicitados por la autoridad sanitaria, derivados de denuncias interpuestas por la ciudadanía, entidades jurídicas o instituciones públicas, relativas a este objetivo.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios. Programa General de Inspección Farmacéutica.
11.T) Convenio de colaboración con MUFACE. Elaboración de Informes a solicitud.
Objetivos y contenido: Se elaborarán los informes derivados de las peticiones de asesoramiento de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), de acuerdo con el Convenio con la Consejería de Salud. El plazo será de un mes para la elaboración de informes, y de tres días en los visados de recetas.
Ámbito de actuación: Solicitudes realizadas al amparo del Convenio con MUFACE.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección de Centros y Servicios. Programa General de Inspección de la Incapacidad Temporal.
11.U) Inspección de medidas sanitarias frente al tabaquismo en centros sanitarios.
Objetivos y contenido: En todas las actuaciones inspectoras, tanto en el sector público como en el privado, se vigilará en centros, establecimientos o servicios sanitarios el cumplimiento de la Ley 42/2010, de 30 de diciembre, que modifica la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo, en lo relativo a venta, consumo, señalización y publicidad. En caso de detección de incumplimiento se elevará acta de inspección, dándose copia a la dirección del centro sanitario y remitiéndose la misma al Delegado Provincial de Salud correspondiente.
Ámbito de actuación: Todos los centros y establecimientos sanitarios visitados públicos o privados con motivo de cualquier actuación inspectora.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección de Centros y Servicios. Programa General de Inspección Farmacéutica.
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