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Visto el expediente referenciado y examinados los documentos obrantes en el mismo se constatan los siguientes:
ANTECENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 29 de junio de 2009, la empresa Red Eléctrica de España, S.A.U., solicitó la autorización administrativa, la aprobación del proyecto de ejecución y la declaración en concreto de la utilidad pública de las instalaciones de referencia acompañando relación de interesados, bienes y derechos afectados.
Segundo. A los efectos previstos en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se sometió la autorización administrativa del expediente de las líneas aéreas de transporte de energía eléctrica, doble circuito, a 220 kV de entrada y salida en la subestación de «Íllora» de la línea Atarfe-Tajo de la Encantada y de la línea Caparacena-Tajo de la Encantada (Granada), con número de expediente 11.767/AT, a Información Pública mediante la inserción del anuncio de esta Delegación de fecha de 30 de julio de 2009, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de 21 de agosto de 2009 (BOP núm. 160 del año 2009).
Tercero. Por la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en base a la Legislación de Expropiación Forzosa mediante Anuncio de esta Delegación Provincial de fecha 1 de junio de 2010 se realiza la Información Pública de declaración en concreto la utilidad pública, insertándose en el BOE núm. 167, de 10.7.10, en el BOJA núm. 142, de 21.7.10, en el BOP núm. 128, de 7.7.10, y en el Diario Ideal de Granada de 16.7.10, y exponiéndose en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Íllora.
Asimismo, se remitieron separatas y se recabó informe a los siguientes Organismos afectados: Ayuntamiento de Illora, Consejería de Medio Ambiente y Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Cuarto. Durante el período de información pública no se ha presentado ninguna alegación.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia en Granada es competente para la concesión de la autorización administrativa y la aprobación del proyecto por Resolución de 23 de febrero de 2005, (BOJA núm. 59, de 28 de marzo del 2005), de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de esta Consejería y efectuar la declaración en concreto de la utilidad pública de la instalación proyectada, según lo dispuesto en el artículo 49.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, el artículo 117 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto del Presidente 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 134/2010, de 14 de abril, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, y el artículo 5.6 de la Orden de 24 de junio de 2010, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia.
Segundo. El procedimiento para la declaración en concreto de la utilidad pública de las instalaciones eléctricas está regulada en el Capítulo V de Título VII del Real Decreto 1955/2000, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y de conformidad con lo establecido en el artículo 54 de la Ley 54/1997, la declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa
RESUELVE
Primero. A la vista del expediente incoado en esta Delegación Provincial, cuya descripción se reseña a continuación, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, esta Delegación Provincial de Granada, en virtud de las competencias delegadas en materia de instalaciones eléctricas por la citada Resolución de 23 de febrero de 2005, ha resuelto autorizar administrativamente y aprobar el proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que a continuación se reseña:
Peticionario: Red Eléctrica de España, S.A.U., con domicilio en Paseo Conde de los Gaitanes, núm. 177, Alcobendas (Madrid), y CIF: A-85309219.
Características: Dos líneas aéreas de alta tensión 220 kV D/C de 1,11 y 1,15 km respectivamente con origen en la futura subestación Illora y final en L/Atarfe-Tajo//Caparacena-Tajo, conductor CONDOR AW, cable de tierra 7N7 AWG y OPGW tipo 1-17 kA-15,3, apoyos metálicos galvanizados de celosía, capacidad de transporte 447 MVA/circuito, situadas en el término municipal de Íllora.
Presupuesto: 640.576,56 euros.
Finalidad: Mejora de la calidad de servicio en la zona y dotar de suministro eléctrico al Tren de Alta Velocidad Córdoba-Granada.
Segundo. Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación citada, que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y adquisición de los derechos e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 54 de la Ley del Sector Eléctrico y del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Tercero. Acordar la iniciación del procedimiento de expropiación que regula el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y su Reglamento de desarrollo, respecto a los bienes y derechos afectados por el proyecto antes citado y que se describen en la relación de afectados que se une como Anexo a la presente Resolución.
Esta Resolución se notificará a cada interesado, publicándose además en el BOE, BOJA y BOP de Granada, así como en el tablón oficial de el Ayuntamiento de Íllora, todo ello de conformidad con lo establecido en el citado artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, señalando que las citadas publicaciones se realizan igualmente a los efectos previstos en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para el caso de domicilios ignorados o de notificaciones que no se hubiesen podido practicar.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente recurso de reposición ante esta Delegación de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y siguiente de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Granada, 1 de febrero de 2011.- El Delegado, P.S.R (Dto. 21/1985, de 5.2), la Secretaria General, Ángela Moreno Vida.
ANEXO I LÍNEAS 220 kV D/C DE E/S EN LA SUBESTACIÓN ÍLLORA DE LAS LÍNEAS ATARFE-TAJO//CAPARACENA-TAJO Término municipal de Íllora Los organismos oficiales son publicados a efectos de los puntos 2 y 3 del art. 149 del R.D. 1955/2000 |
||||||||||
PARCELA SEGÚN PROYECTO | PROPIETARIO | PARAJE | PARCELA | POLÍGONO | LONG. |
SERVID. VUELO (m²) |
APOYOS |
SUPERF. APOYOS (m²) |
OCUPAC. TEMPORAL (m²) |
CLASE CULTIVO |
1 | BARRIOS TORTOSA GABRIEL |
CASAS BLANCAS |
118 | 16 | 37 | 459 | T-193 | 167 | 1600 |
Olivos secano Improductivo |
4 | GUERRERO MEGIAS CRISTOBAL |
CASAS BLANCAS |
115 | 16 | 254 | 7286 | Olivos secano | |||
5 |
MUÑOZ RODRIGUEZ MARIA MORALES MUÑOZ JOSE RAMON |
CASAS BLANCAS |
114 | 16 | 477 | 8999 |
T-2 BIS, T-1 BIS |
219 | 3200 | Olivos regadio |
6 |
GUTIERREZ JIMENEZ ANTONIO |
CASAS BLANCAS |
56 | 16 | 51 | 530 | T-1 | 100 | 1600 | Olivos regadio |
7 | AYTO ILLORA |
CM C BLANCAS ESTACIO |
9005 | 16 | 10 | 120 |
Vía de comunicación de dominio público |
|||
8 |
GUTIERREZ JIMENEZ ANTONIO |
CASAS BLANCAS |
55 | 16 | 1245 | 22969 |
T-3 BIS, T-2, T-4 BIS |
302 | 4800 |
Olivos regadio Improductivo |
9 | MAQUEDA MORALES CONSUELO | ATALAYA | 54 | 16 | 106 | 1606 | T-3 | 108 | 1600 | Olivos regadio |
RELACIÓN DE BIENES Y DERECHO DE LOS ACCESOS DE LA LÍNEA ELÉCTRICA 220 kV E/S S.E. ÍLLORA Término municipal de Íllora Los organismos oficiales son publicados a efectos de los puntos 2 y 3 del art. 149 del R.D. 1955/2000 |
|||||||
CÓDICO ACCESO |
SUBCÓDIGO | PROPIETARIO | PARCELA | POLÍGONO |
SERVID. PASO (m²) |
OCUP. TEMPORAL (m²) |
CLASE CULTIVO |
T-1 BIS.0 |
MUÑOZ RODRIGUEZ MARIA MORALES MUÑOZ JOSE RAMON |
114 | 16 | 1001 | 1001 | Camino a acondicionar | |
T-1 BIS.1 |
MUÑOZ RODRIGUEZ MARIA MORALES MUÑOZ JOSE RAMON |
114 | 16 | 372 | 372 |
Campo a través. Cultivo de olivos |
|
T-1.0 | GUTIERREZ JIMENEZ ANTONIO | 56 | 16 | 212 | 212 | Camino en buen estado | |
T-1.0 | A | AYTO ILLORA | 9005 | 16 | 871 | 871 | Camino en buen estado |
T-1.0 | B | GUTIERREZ JIMENEZ ANTONIO | 55 | 16 | 218 | 218 | Camino en buen estado |
T-1.0 | C |
MUÑOZ RODRIGUEZ MARIA MORALES MUÑOZ JOSE RAMON |
114 | 16 | 2 | 2 | Camino en buen estado |
T-1.1 | AYTO ILLORA | 9005 | 16 | 13 | 13 |
Campo a través. Cultivo de olivos |
|
T-1.1 | A | GUTIERREZ JIMENEZ ANTONIO | 56 | 16 | 135 | 135 |
Campo a través. Cultivo de olivos |
T-193.0 | GUTIERREZ JIMENEZ ANTONIO | 56 | 16 | 27 | 27 | Camino en buen estado | |
T-193.0 | A | AYTO ILLORA | 9005 | 16 | 212 | 212 | Camino en buen estado |
T-193.1 |
MUÑOZ RODRIGUEZ MARIA MORALES MUÑOZ JOSE RAMON |
114 | 16 | 1085 | 1085 | Camino a acondicionar | |
T-193.1 | A | GUERRERO MEGIAS CRISTOBAL | 115 | 16 | 40 | 40 | Camino a acondicionar |
T-193.1 | B | GUTIERREZ JIMENEZ ANTONIO | 56 | 16 | 196 | 196 | Camino a acondicionar |
T-193.1 | C | AYTO ILLORA | 9005 | 16 | 8 | 8 | Camino a acondicionar |
T-193.2 |
BARRIOS TORTOSA GABRIEL MATA MATA CECILIA |
118 | 16 | 194 | 194 | Campo a través. Cultivo de olivos | |
T-193.2 | A | CORDERO MUÑOZ FRANCISCO | 117 | 16 | 286 | 286 | Campo a través. Cultivo de olivos |
T-193.2 | B | CORDERO MUÑOZ ANTONIO | 116 | 16 | 258 | 258 |
Campo a través. Cultivo de olivos |
T-193.2 | C |
MUÑOZ RODRIGUEZ MARIA MORALES MUÑOZ JOSE RAMON |
114 | 16 | 23 | 23 |
Campo a través. Cultivo de olivos |
T-2 BIS.0 |
MUÑOZ RODRIGUEZ MARIA MORALES MUÑOZ JOSE RAMON |
114 | 16 | 1314 | 1314 | Camino en buen estado | |
T-2 BIS.0 | A | AYTO ILLORA | 9005 | 16 | 315 | 315 | Camino en buen estado |
T-2 BIS.0 | B | GUTIERREZ JIMENEZ ANTONIO | 55 | 16 | 49 | 49 | Camino en buen estado |
T-2.0 | AYTO ILLORA | 9005 | 16 | 20 | 20 | Camino a acondicionar | |
T-2.0 | A | GUTIERREZ JIMENEZ ANTONIO | 56 | 16 | 5 | 5 | Camino a acondicionar |
T-2.0 | B | GUTIERREZ JIMENEZ ANTONIO | 55 | 16 | 1239 | 1239 | Camino a acondicionar |
T-2.1 | GUTIERREZ JIMENEZ ANTONIO | 55 | 16 | 344 | 344 |
Campo a través. Cultivo de olivos |
|
T-3 BIS.0 | GUTIERREZ JIMENEZ ANTONIO | 55 | 16 | 428 | 428 |
Campo a través. Cultivo de olivos |
|
T-3.0 | GUTIERREZ JIMENEZ ANTONIO | 55 | 16 | 1501 | 1501 | Camino a acondicionar | |
T-3.1 | MAQUEDA MORALES CONSUELO | 54 | 16 | 195 | 195 |
Campo a través. Cultivo de olivos |
|
T-3.1 | A | GUTIERREZ JIMENEZ ANTONIO | 55 | 16 | 19 | 19 |
Campo a través. Cultivo de olivos |