Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 64 de 31/03/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de La Presidencia

Resolución de 23 de marzo de 2011, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se hace pública la dotación presupuestaria que se destinará en el ejercicio 2011 a la financiación de las subvenciones reguladas en la Orden de 7 de julio de 2010, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo a las Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo que realicen intervenciones de cooperación para el desarrollo.

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El apartado 5 del artículo 1 de la Orden de 7 de julio de 2010, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo a las Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo que realicen intervenciones de cooperación para el desarrollo y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2010 (BOJA núm. 141, de 20 de julio de 2010), dispone que en cada ejercicio económico, una vez aprobada la Ley Anual de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se publicará mediante Resolución de la Dirección de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo (en adelante AACID) las dotaciones presupuestarias que se destinarán a la financiación de las subvenciones reguladas en dicha Orden.

La disposición final primera de la citada Orden habilita al Director de la AACID para dictar las Instrucciones y realizar cuantas actuaciones sean necesarias para el desarrollo, ejecución y aplicación de la misma.

Por lo expuesto, en el uso de las facultades concedidas

RESUELVO

Único. Publicar que la dotación presupuestaria destinada a la financiación de las subvenciones reguladas por la Orden de 7 de julio de 2010, para el ejercicio 2011, tendrá un importe máximo global de treinta y nueve millones cincuenta mil euros (39.050.000 €).

Esta dotación se distribuye en función de las finalidades de las intervenciones en las cuantías que a continuación se especifican:

a) Subvenciones destinadas a intervenciones de Cooperación Internacional para el Desarrollo: Treinta millones de euros (30.000.000 €).

b) Subvenciones destinadas a intervenciones de Acción Humanitaria, excepto emergencia: Cuatro millones de euros (4.000.000 €).

c) Subvenciones destinadas a intervenciones de Educación para el Desarrollo: Cuatro millones de euros (4.000.000 €).

d) Subvenciones destinadas a intervenciones de Formación y/o Investigación al Desarrollo: Un millón cincuenta mil euros (1.050.000 €).

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 1 de la Orden de referencia, esta distribución tiene carácter estimativo, por lo que las dotaciones presupuestarias asignadas a cada uno de los tipos de intervención y que no resulten comprometidas tras su Resolución, podrán acumularse a las restantes.

Sevilla, 23 de marzo de 2011.- El Director, Joaquín Rivas Rubiales.

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