Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 64 de 31/03/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Vivienda

Resolución de 4 de marzo de 2011, de la Dirección General de Transportes, por la que se hace pública la revisión de las tarifas máximas de aplicación de la estación de autobuses de Ayamonte. (PP. 739/2011).

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Con fecha 4 de marzo de 2011 se ha dictado por la Dirección General de Transportes Resolución, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Primero. Aprobar el cuadro de tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses de Ayamonte, que a continuación se expone, con detalle de los conceptos por los que han de percibirse las mismas y con expresa advertencia de que tales tarifas habrán de ser incrementadas con su correspondiente IVA, sin que puedan ser recargadas con ningún otro gravamen:

CONCEPTO TARIFAS MÁXIMAS

1. Por entrada o salida de un autobús con viajeros, al finalizar o iniciar viaje o bien escala (entrada y salida) de autobús en tránsito:

1.1. Hasta 30 km (Cercanías) 0,48 euros/vehículo

1.2. Más de 30 km 1,00 euros/vehículo

1.3. Entre 101 a 200 km 2,00 euros/vehículo

1.4. Más de 200 km 3,43 euros/vehículo

2. Por Utilización por los viajeros de los servicios generales de la Estación con cargo a aquellas, que salen o rinden viaje en la Estación, excluidos aquellos viajeros que se encuentran en tránsito:

2.1. Hasta 30 km 0,06 euros

2.2. Con recorrido entre 31 y 100 km 0,14 euros

2.3. Con recorrido entre 101 y 150 km 0,44 euros

2.4. Más de 150 km 0,79 euros

3. Por utilización de los servicios de consigna:

3.1. Bulto hasta 50 kg 0,16 euros

3.2. Bulto mayor de 50 kg 0,26 euros

3.3. Por cada día de demora 0,50 euros

4. Facturación de equipajes (sin incluir el precio del transporte ni seguro de la mercancía):

4.1. Por cada 10 kg, o fracción de peso de 0,26 euros

equipajes y encargos

4.2. Mínimo de percepción 1,25 euros

En estos precios está incluida la aproximación de los objetos facturados desde el local al vehículo o viceversa.

5. Por alquiler de taquilla para la expedición de billetes 167 euros/mes

Los servicios de electricidad y análogos serán por cuenta del usuario.

6. Servicio de aparcamiento de autobuses:

6.1. Aparcamiento de un autobús de servicio

regular de 8,00 a 20,00 horas, por cada hora 0,62 euros

6.2. Aparcamiento de un autobús de servicio

regular desde 20,00 horas a las 8,00 horas 4,37 euros

del día siguiente, sin fraccionamiento por razón

del tiempo dentro del indicado

6.3. Aparcamiento de un autobús de servicio discrecional 8,35 euros/día

Segundo. Las tarifas aprobadas sin IVA servirán de base para futuras revisiones tarifarias.

Tercero. El cuadro de tarifas deberá obligatoriamente hallarse expuesto al público.

Cuarto. Las tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses de Ayamonte entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Obras Públicas y Vivienda, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su notificación.

Sevilla, 4 de marzo de 2011.- La Directora General, Josefa López Pérez.

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