Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 65 de 01/04/2011

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Parlamento de Andalucía

Acuerdo de 21 de marzo de 2011, del Parlamento de Andalucía, por el que se convocan pruebas selectivas para el ingreso por el sistema general de acceso libre en el Cuerpo Técnico del Parlamento de Andalucía, Escala de Técnicos Superiores, Especialidad, Gestión Financiera.

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De conformidad con lo previsto en el Acuerdo de la Mesa de la Cámara de 1 de diciembre de 2010, de ampliación de la oferta de empleo público para el año 2010 (Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía núm. 577, de 9 de diciembre), con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración del Parlamento de Andalucía, de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo III del Título I del Estatuto del Personal del Parlamento de Andalucía y en ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en virtud del artículo 28 del Reglamento del Parlamento de Andalucía, la Mesa de la Cámara, en su reunión del día de la fecha, cumplidos los trámites establecidos en el Capítulo IV del Título II del Estatuto del Personal,

HA ACORDADO

Aprobar la convocatoria de pruebas selectivas para el ingreso por el sistema general de acceso libre en el Cuerpo Técnico del Parlamento de Andalucía, Escala de Técnicos Superiores, Especialidad: Gestión Financiera, conforme a las siguientes bases:

Primera. Descripción de la plaza.

Se convoca oposición libre para cubrir una plaza del Cuerpo Técnico del Parlamento de Andalucía, Escala de Técnicos Superiores, Especialidad, Gestión Financiera.

El código de la presente convocatoria es A1L11.

Segunda. Sistema selectivo, desarrollo y calificación de las pruebas.

1. El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición libre y constará de los ejercicios que se indican a continuación, cada uno de los cuales es eliminatorio:

- Primer ejercicio. Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas, de las que solo una es la correcta, sobre el programa de materias que figura en el Anexo I del presente acuerdo. El tiempo para la realización de este ejercicio será de 100 minutos.

- Segundo ejercicio. Consistirá en la realización de un ejercicio práctico adecuado a las funciones a realizar del cuerpo y especialidad a que se aspira, y relacionado con el temario (temas 41 a 100, ambos inclusive). El tiempo para la realización de este ejercicio será determinado por el Tribunal Calificador.

- Tercer ejercicio. Consistirá en la exposición por escrito de dos temas extraídos al azar de entre el programa de materias que figura en el programa, durante un tiempo máximo de cuatro horas, que serán leídos posteriormente por el candidato o la candidata en sesión pública. A los efectos indicados, se extraerán dos temas de cada uno de los grupos de materias del programa que a continuación se indican. La persona opositora deberá elegir uno por cada grupo. A este respecto, la exposición versará sobre uno de los temas del grupo I, que está formado por la parte general y la de contratos del sector público, y sobre otro tema de los que componen el grupo II, que versará sobre las materias de «Presupuesto, gestión presupuestaria y gestión del gasto público y de los ingresos» y de «Contabilidad pública».

Con carácter previo a la celebración del tercer ejercicio de la oposición, tendrá lugar el sorteo para determinar, alfabéticamente, el orden de lectura de dicho ejercicio por parte de los aspirantes. El resultado de dicho sorteo, junto con la convocatoria para la celebración del tercer ejercicio, se publicará en el tablón de anuncios del Parlamento de Andalucía, así como en la página web de esta Cámara (www.parlamentodeandalucia.es).

2. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente:

a) Primer ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos. Es necesario obtener un mínimo de cinco puntos para aprobar, sin perjuicio de lo establecido en la letra d) de este apartado.

b) Segundo ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos. Es necesario obtener un mínimo de cinco puntos para aprobar.

c) Tercer ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos. Es necesario obtener un mínimo de cinco puntos para aprobar.

d) El Tribunal queda facultado para determinar el nivel mínimo de cada una de las pruebas. En particular, podrá determinar con carácter previo a la realización del primer ejercicio el número máximo de opositores que podrán superarlo.

3. El lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio se publicarán en el Acuerdo de la Mesa de la Cámara que apruebe los listados definitivos de admitidos y excluidos, tal y como se recoge en el apartado 3 de la base sexta. El lugar, fecha y hora de realización del segundo y tercer ejercicios serán publicados en el tablón de anuncios del Parlamento de Andalucía, así como en la página web de esta Cámara (www.parlamentodeandalucia.es).

4. Los opositores serán convocados para cada ejercicio mediante llamamiento único y quedarán decaídos en su derecho cuando no se personen en los lugares de celebración una vez iniciadas las pruebas, o por su inasistencia, aun cuando se deba a causas justificadas.

5. La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los tres ejercicios de la oposición.

6. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el ejercicio práctico. Si aquel se mantiene, se acudirá para dirimirlo a la mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio, y, si persistiera la igualdad, se acudirá a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio. Caso de continuar el empate, este se resolverá de acuerdo con el sistema que determinó el orden de lectura alfabético del tercer ejercicio de la oposición.

7. El Tribunal adoptará las medidas precisas para que las personas con discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. A estos efectos, para las personas con discapacidad que lo soliciten, se establecerán las adaptaciones posibles de tiempo y medios.

8. Tras la corrección de cada ejercicio, se publicará en el tablón de anuncios del Parlamento de Andalucía, así como en la página web de esta Cámara (www.parlamentodeandalucia.es), la convocatoria del siguiente ejercicio con la relación de opositores aprobados y la puntuación obtenida por cada uno de ellos.

El primer ejercicio de la oposición no se realizará antes del 1 de septiembre de 2011.

Tercera. Programa.

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo I a esta convocatoria.

Cuarta. Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán:

1. Declarar en su instancia que reúnen todos y cada uno de los siguientes requisitos exigidos para el acceso al Cuerpo Técnico del Parlamento de Andalucía, Escala de Técnicos Superiores, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran incurrir por inexactitudes o falsedades en aquella:

a) Poseer la nacionalidad española.

b) Tener cumplidos dieciocho años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión de la titulación de Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o equivalente, o en condiciones de obtenerla en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones habituales del cuerpo y escala a que se aspira.

e) No haber sido separados, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial o para el acceso a cuerpos o escalas de funcionarios.

Todos estos requisitos, que se acreditarán en el momento y con la documentación relacionada en el apartado 1 de la base novena, deberán mantenerse hasta el nombramiento como personal funcionario de carrera.

2. Haber abonado la correspondiente tasa, tal como se establece en la base quinta de esta convocatoria.

Quinta. Solicitudes.

1. Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia, según el modelo que se recoge en el Anexo II a esta convocatoria, dirigida a la Presidenta del Parlamento de Andalucía. Dicho modelo de solicitud podrá ser fotocopiado por los aspirantes o retirado en la sede del Parlamento de Andalucía.

El plazo de presentación de instancias será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Esta convocatoria se publicará, además, en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía.

Junto con la instancia deberá presentarse copia del resguardo del ingreso o transferencia de los derechos de examen y, en su caso, la documentación que acredite tener derecho a una bonificación en el pago de la correspondiente tasa, o bien la documentación que justifique la exención de dicho pago.

Los aspirantes que como consecuencia de su discapacidad presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas podrán solicitar las adaptaciones de tiempo y/o medios oportunos. Los interesados deberán reflejar la petición correspondiente en la solicitud de participación en la convocatoria. Con el fin de que el Tribunal pueda resolver con objetividad la solicitud planteada, el interesado deberá aportar, junto con la solicitud, dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de valoración que dictaminó el grado de discapacidad. A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso, la colaboración de los órganos técnicos correspondientes.

2. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Parlamento de Andalucía (calle San Juan de Ribera, s/n, Sevilla, 41009) o bien por los medios previstos en el artícu-lo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Si la solicitud se presenta a través de oficinas de Correos, esta deberá aportarse en sobre abierto para ser sellada y fechada antes de ser certificada.

3. Se exigirá a los participantes el pago de derechos de examen, cuya tasa se devengará en el momento de presentación de la solicitud de participación en la convocatoria. El ingreso del importe de esta tasa se efectuará previamente a la presentación de la solicitud de participación, con la acreditación de tal circunstancia en el momento de su presentación en los registros que en cada caso se utilicen. La acreditación se realizará aportando copia del justificante de ingreso o transferencia efectuado en la cuenta consignada en el párrafo siguiente. En dicho justificante deberán necesariamente constar nombre, apellidos y DNI de la persona aspirante, así como el código de la convocatoria. La tasa aplicable a la presente convocatoria es de 36,66 euros, conforme a lo dispuesto en el Acuerdo de la Mesa del Parlamento de 11 de febrero de 1998, cuyo hecho imponible lo constituye la presentación de la solicitud para participar en la convocatoria.

Tal cantidad deberá abonarse al Parlamento de Andalucía en la cuenta de la Caja Rural del Sur cuyos datos aparecen a continuación: Entidad: 3187, Sucursal: 0330, D.C.: 58, núm. C/C: 2451060426. El ingreso se hará, bien directamente en cualquiera de las sucursales de la Caja Rural del Sur, bien por transferencia bancaria. Los gastos de la transferencia bancaria correrán por cuenta de la persona que la realiza.

4. Quedarán exentos del pago de la tasa aquellos solicitantes que acrediten su condición de discapacitados en un grado igual o superior al 33%, mediante original o copia compulsada del certificado que acredite su condición de persona discapacitada emitido por el órgano competente de la Administración Pública que corresponda.

5. La falta de acreditación del pago de la tasa determinará la exclusión de la persona solicitante. En ningún caso la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en estas pruebas selectivas.

6. Procederá, previa solicitud de los interesados, la devolución de la tasa que se hubiese satisfecho cuando no se realice su hecho imponible (presentación de la solicitud) o se constate abono de mayor cuantía a la exigida en la presente base. La exclusión definitiva del proceso selectivo de algún o alguna aspirante o la no presentación a la realización de alguno de los ejercicios en que consiste la oposición no dará lugar a la devolución de los derechos de examen.

7. Cada solicitud presentada debe ir acompañada por el justificante de autoliquidación de la tasa o el certificado oficial que acredite la discapacidad alegada en el supuesto previsto en el punto 4 de esta base.

8. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición de la persona interesada.

9. La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo II.

Sexta. Admisión de aspirantes

1. Transcurrido el plazo de presentación de instancias y a la vista de las presentadas, la Mesa del Parlamento de Andalucía, mediante acuerdo, aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos con expresión de los motivos de exclusión en cada caso. Dicho acuerdo deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía.

2. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión en la citada lista, los aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del acuerdo anteriormente aludido en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para que aleguen y presenten la documentación que a su derecho convenga.

Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen los defectos que hubieran motivado su exclusión u omisión serán definitivamente excluidos de la participación en el proceso selectivo.

3. Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior, y examinadas, en su caso, las reclamaciones, la Mesa del Parlamento de Andalucía aprobará, por acuerdo, los listados definitivos de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía. Asimismo, en dicho acuerdo se harán constar el lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio de la oposición.

En las listas definitivas se decidirá acerca de las alegaciones planteadas por los interesados sobre la exclusión u omisión en las listas provisionales, y su publicación servirá de notificación a los interesados.

4. El acuerdo por el que se declare aprobada la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos agotará la vía administrativa. Contra el citado acuerdo cabrá interponer recurso de reposición ante la Mesa del Parlamento de Andalucía, con carácter potestativo, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

5. El hecho de figurar en la relación de admitidos no prejuzga el reconocimiento a los interesados de la posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria. Cuando de la documentación que deba presentarse, en el caso de superar el proceso selectivo, se desprenda que no se posee alguno de los requisitos, la persona interesada decaerá en todos los derechos que pudieran derivar de su participación en este procedimiento.

Séptima. Tribunal Calificador.

1. Al Tribunal Calificador le corresponde el desarrollo y la calificación del proceso selectivo.

2. De acuerdo con lo establecido en el apartado 2 del artículo 7 del Estatuto del Personal del Parlamento de Andalucía, el Tribunal Calificador de estas pruebas selectivas estará compuesto por un miembro de la Mesa de la Cámara, que lo presidirá. Si no formara parte del Tribunal un miembro de la Mesa, la presidencia recaerá en el Letrado Mayor del Parlamento de Andalucía. Los vocales serán los siguientes: un letrado o letrada de la Cámara y tres funcionarios, dos de ellos pertenecientes al Parlamento de Andalucía, con nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en el cuerpo y escala de que se trata. Uno de los funcionarios podrá ser sustituido por una persona especialista en la materia.

Su nombramiento se hará público en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía.

3. En los casos de ausencia, enfermedad, abstención o recusación, u otra causa legal de los miembros integrantes del Tribunal, estos serán sustituidos por sus respectivos suplentes.

4. El presidente o presidenta tendrá voto de calidad.

5. El Tribunal Calificador no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos tres de sus miembros. En el caso de que no asista el presidente o presidenta del Tribunal, ejercerá sus funciones, con plenitud de atribuciones, el vocal o la vocal que corresponda siguiendo el orden de los mismos.

6. No podrán formar parte del Tribunal Calificador aquellas personas, funcionarios o no, que hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Mesa del Parlamento de Andalucía, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal Calificador cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo mencionado.

7. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal Calificador tendrá su sede en el domicilio oficial del Parlamento de Andalucía, calle San Juan de Ribera, s/n, Sevilla, 41009.

8. El Tribunal Calificador queda facultado para resolver cuantas dudas se presenten y para tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de este proceso selectivo en todo lo no previsto en estas bases.

9. El Tribunal Calificador podrá recabar el asesoramiento de personas con especial conocimiento en las materias que sean objeto de cada ejercicio. No obstante, la Mesa de la Cámara podrá designar funcionarios que colaboren temporalmente en el desarrollo del proceso de selección con las competencias de ejecución material y ordenación administrativa que les atribuya el Tribunal. Estos funcionarios estarán adscritos al Tribunal y ejercerán sus funciones de conformidad con las instrucciones que este les curse al efecto, siéndoles, por tanto, de aplicación la obligación de abstención o la posibilidad de recusación cuando concurran en ellos las circunstancias a las que se refiere el epígrafe 6 de esta base.

10. Las centrales sindicales con representación en el Consejo de Personal del Parlamento de Andalucía podrán proponer el nombramiento de una persona que las represente ante el Tribunal Calificador, que en ningún caso formará parte de este ni participará en sus deliberaciones. A estos efectos, las organizaciones sindicales antes aludidas designarán representante y suplente si así lo estiman oportuno. Dicha designación se realizará en el plazo de 10 días hábiles contados a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la lista definitiva de admitidos y excluidos. Transcurrido dicho plazo sin efectuarse dicha designación, se entenderá que se renuncia a dicha representación.

11. Por cada sesión del Tribunal se levantará acta, que, leída al principio de la sesión siguiente, y hechas, en su caso, las rectificaciones que procedan, se autorizará con la firma del secretario o secretaria y el visto bueno del presidente o presidenta.

12. Si en algún momento del proceso selectivo el Tribunal tuviera conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, o de la documentación aportada resultara que su solicitud adolece de errores o falsedades que imposibiliten su acceso al Cuerpo Técnico del Parlamento de Andalucía, Escala de Técnicos Superiores, podrá acordar, previa audiencia de la persona interesada, su exclusión del proceso selectivo.

Octava. Relación del personal seleccionado.

1. Después del último ejercicio de la oposición, el Tribunal hará público, en el tablón de anuncios y en la página web de la Cámara, el nombre de la persona aspirante que ha superado la oposición. A tal efecto, en el caso de que varios aspirantes hubieran aprobado los tres ejercicios, se estará al resultado de sumar las calificaciones de los tres ejercicios aprobados teniendo en cuenta, en su caso, las reglas de desempate establecidas en la base segunda de la presente convocatoria.

Contra esta relación podrán presentarse alegaciones, que no tendrán carácter de recurso, ante el Tribunal Calificador, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la lista en la página web de la Cámara. Dichas alegaciones serán decididas en la relación definitiva de la persona aspirante aprobada.

2. Transcurrido dicho plazo y resueltas las alegaciones en su caso presentadas, el Tribunal hará público, en el tablón de anuncios y en la página web de la Cámara, el nombre de la persona que ha superado la oposición con la calificación final obtenida en el proceso selectivo, y la elevará a la Mesa del Parlamento de Andalucía, acompañando el expediente de la oposición, con todos los ejercicios escritos y las actas de las sesiones del Tribunal, para su nombramiento como personal funcionario en prácticas.

Contra esta lista final, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía, podrá interponerse recurso de alzada ante la Mesa de la Cámara en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que se haga pública en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992.

3. En ningún caso el Tribunal Calificador podrá proponer a la Mesa de la Cámara el acceso a la condición de funcionario del Cuerpo Técnico del Parlamento de Andalucía, Escala de Técnicos Superiores, Especialidad, Gestión Financiera, de un número superior de aspirantes aprobados al de la plaza convocada.

Novena. Presentación de documentos y nombramiento.

1. Para ocupar la plaza convocada, la persona participante en la oposición propuesta por el Tribunal Calificador deberá presentar en el Registro General del Parlamento de Andalucía, dentro del plazo de 20 días naturales contados a partir de aquel en que se publique la propuesta de nombramiento en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, la documentación que se detalla seguidamente:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o pasaporte.

b) Título original, o su testimonio, de los exigidos en la base cuarta de esta convocatoria, o la justificación acreditativa de haber solicitado y abonado los correspondientes derechos para su obtención, debidamente compulsada.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso a cuerpos y escalas de funcionarios.

d) Certificado médico que acredite poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del cuerpo y escala a que se aspira.

2. Si dentro del plazo fijado en el apartado anterior, y salvo los casos de fuerza mayor, la persona aspirante no comparece o no presenta la documentación exigida, o del examen de esta se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base cuarta, no podrá ser nombrada personal funcionario en prácticas del Cuerpo Técnico del Parlamento de Andalucía, Escala de Técnicos Superiores, Especialidad, Gestión Financiera, y quedarán sin efecto sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

3. Transcurrido el plazo de presentación de documentos y comprobada su conformidad, la Mesa de la Cámara efectuará el nombramiento de la persona aspirante propuesta por el Tribunal como personal funcionario en prácticas del Cuerpo Técnico del Parlamento de Andalucía, Escala de Técnicos Superiores, Especialidad, Gestión Financiera. Dicho nombramiento será publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía.

La persona aspirante deberá tomar posesión en el plazo máximo de un mes contado a partir de la publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. De no hacerlo así, y salvo caso de fuerza mayor debidamente acreditada, se entenderá que renuncia a los derechos derivados de la oposición.

4. De acuerdo con lo establecido en el artículo 8 del Estatuto del Personal del Parlamento de Andalucía, superado el período de prácticas de seis meses, se procederá por la Mesa de la Cámara al nombramiento definitivo, por el que se adquirirá la condición de personal funcionario del Cuerpo Técnico del Parlamento de Andalucía, Escala de Técnicos Superiores, Especialidad, Gestión Financiera.

Décima. Norma final.

En lo no dispuesto en la presente convocatoria, a este proceso selectivo le serán de aplicación el Estatuto del Personal del Parlamento de Andalucía, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y el resto de la legislación vigente en la materia, por este orden.

Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Mesa del Parlamento de Andalucía en el plazo de un mes desde su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación en aquel, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.

Asimismo, la Mesa del Parlamento de Andalucía podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Sevilla, 21 de marzo de 2011.- El Letrado Mayor-Secretario General, José Antonio Víboras Jiménez.

ANEXO I

TEMARIO

GRUPO I

General

Tema 1: La Constitución Española de 1978: Características generales. Los valores superiores y los principios inspiradores. Derechos fundamentales y libertades públicas. Garantías y restricciones. Los deberes constitucionales.

Tema 2: Los órganos constitucionales. La Corona. El Poder Legislativo. Las Cortes Generales. El Poder Ejecutivo. El Gobierno del Estado y la Administración General del Estado. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional.

Tema 3: La organización territorial del Estado en la Constitución. Las comunidades autónomas. El sistema de distribución de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas. La Administración local: Regulación constitucional.

Tema 4: El Título VII de la Constitución: Principios constitucionales sobre economía y hacienda.

Tema 5: La jerarquía normativa. La ley: Concepto y clases. Leyes orgánicas y leyes ordinarias. Las disposiciones con fuerza de ley. El reglamento. La normativa comunitaria.

Tema 6: La Administración pública: concepto, caracteres y clasificación. La Administración y el Derecho: El principio de legalidad. Las potestades administrativas. La actividad discrecional de la Administración y sus límites.

Tema 7: La Unión Europea: Origen y evolución. Las instituciones comunitarias. El presupuesto de las Comunidades Europeas. La Unión Monetaria. El Banco Central Europeo. El Pacto de Estabilidad y Crecimiento.

Tema 8: La preautonomía y el Estatuto de 1981. El proceso de reforma del Estatuto. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: Estructura y características. La organización territorial de la Comunidad Autónoma andaluza.

Tema 9: Derechos sociales, deberes y políticas públicas en el Estatuto de Autonomía para Andalucía.

Tema 10: Las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Clasificación y principios. Materias competenciales.

Tema 11: Organización territorial e institucional de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el Estatuto de Autonomía. La Presidencia de la Junta de Andalucía. El Consejo de Gobierno. Su funcionamiento. El Poder Judicial en Andalucía.

Tema 12: El Defensor del Pueblo Andaluz. Regulación jurídica. Función y ámbito de supervisión de la institución. La tramitación de las quejas. Relaciones con el Parlamento de Andalucía. La Cámara de Cuentas de Andalucía. Composición y funciones.

Tema 13: Otras instituciones de autogobierno. El Consejo Audiovisual de Andalucía: Composición y funciones. El Consejo Consultivo de Andalucía. El Consejo Económico y Social de Andalucía. Otros órganos total o parcialmente de extracción parlamentaria.

Tema 14: La Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Organización central: Consejerías, órganos interdepartamentales y órganos de participación. Organización territorial de la Administración autonómica: las delegaciones del gobierno de la Junta de Andalucía y las delegaciones provinciales de las consejerías. Entidades instrumentales: Agencias, sociedades mercantiles y fundaciones del sector público andaluz.

Tema 15: El Parlamento de Andalucía (I). Composición y sistema electoral: Generalidades. Derechos de sufragio activo y pasivo. Prerrogativas de la Cámara. Especial referencia a la autonomía reglamentaria: el Reglamento del Parlamento de Andalucía. La legislatura y su prórroga. Constitución y disolución de la Cámara. Los períodos de sesiones y las sesiones extraordinarias. Las funciones parlamentarias: generalidades.

Tema 16: El Parlamento de Andalucía (II). El Estatuto de los Diputados. Adquisición, suspensión y pérdida de la condición de diputado o diputada. Derechos, deberes y prerrogativas. Los grupos parlamentarios. Constitución. Su participación en la vida de la Cámara: Generalidades. El Grupo Parlamentario Mixto. El diputado o diputada no adscrito.

Tema 17: El Parlamento de Andalucía (III). Organización interna. La Presidencia. La Mesa. La Junta de Portavoces. Las comisiones. Los grupos de trabajo. El Pleno. La Diputación Permanente. La Oficina de Control Presupuestario.

Tema 18: El Parlamento de Andalucía (IV). Funcionamiento general. Calendario de trabajo. El orden del día. Los debates. El quórum. Las votaciones. El cómputo de los plazos. La caducidad anual de iniciativas parlamentarias. Los asuntos en trámite a la terminación del mandato parlamentario. La disciplina parlamentaria.

Tema 19: El Parlamento de Andalucía (V). El procedimiento legislativo. La iniciativa legislativa. El procedimiento común. Especialidad en el procedimiento legislativo.

Tema 20: El Parlamento de Andalucía (VI). Actos de dirección y control del Gobierno. La investidura del Presidente o Presidenta de la Junta de Andalucía. La cuestión de confianza. La moción de censura. Convalidación de decretos leyes y control de decretos legislativos.

Tema 21: El Parlamento de Andalucía (VII). Actos de dirección política. Autorización para la celebración de convenios de colaboración y acuerdos de cooperación con otras comunidades autónomas. Debate sobre el estado de la Comunidad y examen y debate de las comunicaciones, programas y planes del Consejo de Gobierno. Mociones y proposiciones no de ley. Elecciones, nombramientos o propuestas que efectúa el Parlamento de Andalucía.

Tema 22: El Parlamento de Andalucía (VIII). Instrumentos de información. Las solicitudes de información y documentación. Las preguntas parlamentarias. Las interpelaciones. Las comisiones de investigación. Sesiones informativas en Pleno y en Comisión. El derecho de petición de los ciudadanos.

Tema 23: El Estatuto de Gobierno y Régimen Interior del Parlamento de Andalucía. Competencias de la Mesa y del Letrado o Letrada Mayor en la materia. La organización administrativa del Parlamento de Andalucía. Las funciones de los distintos servicios del Parlamento.

Tema 24: El personal al servicio del Parlamento de Andalucía: normativa aplicable. Clases. Ingreso y cese. Provisión de puestos de trabajo. Situaciones e incompatibilidades. Derechos y deberes. Régimen disciplinario. Representación y participación.

Tema 25: El presupuesto del Parlamento de Andalucía: Elaboración, aprobación, ejecución y control. Régimen de previsión social del personal al servicio del Parlamento de Andalucía: generalidades. La contabilidad pública en el Parlamento de Andalucía.

Tema 26: El régimen jurídico de los funcionarios públicos: Normas generales. Selección. Situaciones administrativas. Derechos y deberes. Las incompatibilidades de los funcionarios públicos.

Tema 27: Normativa comunitaria, nacional y autonómica sobre igualdad de género. Criterios para evitar el uso sexista del lenguaje y su procedimiento de aplicación en los escritos y documentos oficiales de los órganos y servicios del Parlamento de Andalucía.

Tema 28: Protección de datos de carácter personal. Ámbito de aplicación. Definición. Agencia Española de Protección de Datos: órganos y competencias. Principios de protección. Derechos de los ciudadanos.

Contratos del Sector Público

Tema 29: La Ley de Contratos del Sector Público (LCSP): Ámbito de aplicación subjetivo y objetivo y tipos de contratos en la normativa contractual.

Tema 30: La Ley de Contratos del Sector Público. Las partes del contrato. El órgano de contratación. Capacidad y solvencia del empresario.

Tema 31: La Ley de Contratos del Sector Público. Garantías exigibles en la contratación pública.

Tema 32: La Ley de Contratos del Sector Público. Preparación del expediente de contratación en la Ley de Contratos del Sector Público.

Tema 33: La Ley de Contratos del Sector Público. Selección del contratista y adjudicación de los contratos en la Ley de Contratos del Sector Público.

Tema 34: La Ley de Contratos del Sector Público. Racionalización técnica de la contratación en la Ley de Contratos del Sector Público.

Tema 35: La Ley de Contratos del Sector Público. Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos: normas generales en la LCSP.

Tema 36: La Ley de Contratos del Sector Público. El contrato de obras: Concepto, clasificación, actuaciones preparatorias, adjudicación, ejecución, cumplimiento y resolución.

Tema 37: La Ley de Contratos del Sector Público. El contrato de suministros: Concepto, clasificación, peculiaridades, efectos, cumplimiento y extinción de los contratos.

Tema 38: La Ley de Contratos del Sector Público. El contrato de servicios: concepto, precio y valor estimado, peculiaridades, efectos, cumplimiento y extinción de los contratos.

Tema 39: La Ley de Contratos del Sector Público. Registros oficiales y plataformas de contratación de las distintas administraciones.

Tema 40: Especialidades de la contratación en las normas de contratación del Parlamento de Andalucía.

GRUPO II

Presupuesto, gestión presupuestaria y gestión del gasto público y de los ingresos

Tema 41: Régimen económico-financiero del sector público estatal. La Ley General Presupuestaria: estructura y principios generales.

Tema 42: La Hacienda de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el Estatuto de Autonomía. Principios generales. Recursos. Tributos cedidos. Gasto público y presupuesto. Las haciendas locales.

Tema 43: Régimen económico-financiero del sector público autonómico. La Ley General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía: estructura y principios generales.

Tema 44: El Presupuesto: Concepto, características y fines. El Presupuesto por programas: Concepto y fases. El Presupuesto en base cero.

Tema 45: El Presupuesto: Los principios presupuestarios en el ordenamiento jurídico. Principios políticos, principios contables y principios económicos.

Tema 46: El Presupuesto. Las leyes anuales de presupuesto: características y especificidades. Contenido y ámbito de aplicación.

Tema 47: La Ley de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía: Normativa aplicable y ámbito subjetivo. El mainstreaming de género. Perspectiva de género en el Presupuesto.

Tema 48: El ciclo presupuestario en la Junta de Andalucía: elaboración, aprobación, ejecución y control. La prórroga del Presupuesto.

Tema 49: El presupuesto de gastos: Los créditos presupuestarios y su clasificación. La vinculación de los créditos.

Tema 50: Las modificaciones del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía: transferencias de crédito. Generaciones. Ampliaciones. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito. Incorporaciones de crédito. Modificaciones realizadas en el cierre del ejercicio.

Tema 51: El presupuesto de ingresos: Ingresos presupuestarios. Clasificaciones presupuestarias. El proceso presupuestario de los ingresos.

Tema 52: Las leyes generales de estabilidad presupuestaria: principios. Ámbitos objetivos y subjetivos. Instrumentación de estabilidad presupuestaria. La estabilidad presupuestaria para las comunidades autónomas.

Tema 53: El procedimiento común del gasto público en la Junta de Andalucía. Órganos competentes. Desarrollo del procedimiento: fases, actos de gestión y control y documentos contables que intervienen en el procedimiento. Especialidades en el procedimiento común del gasto público en el Parlamento de Andalucía.

Tema 54: Procedimientos especiales de gastos: Gastos plurianuales y de tramitación anticipada de gastos. Procedimientos especiales de pagos: Concepto y clasificación. El anticipo de caja fija. Pagos «a justificar». Pagos en firme con justificación diferida.

Tema 55: El control de la actividad financiera. Concepto y clases. El control interno de la gestión financiera. El control externo. La Cámara de Cuentas de Andalucía y el Tribunal de Cuentas.

Tema 56: El control parlamentario: Instrumentos de control parlamentario. El control sobre los gastos reservados. La cuenta general del Estado. El control parlamentario en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tema 57: La financiación de las comunidades autónomas. La cesión de tributos a Andalucía. Fuentes de financiación de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tema 58: Los ingresos públicos: Concepto y clases. El sistema tributario español: Principios constitucionales y estructura básica del sistema vigente.

Contabilidad Pública

Tema 59: Los métodos de reconocimiento de las transacciones como bases del sistema contable. El devengo. El devengo modificado. La contabilidad de caja y caja modificada.

Tema 60: Concepto y características generales de la contabilidad pública: Delimitación de su ámbito subjetivo y fines. Contabilidad presupuestaria y contabilidad económico-patrimonial. Contabilidad pública y contabilidad empresarial.

Tema 61: Antecedentes y regulación actual de la contabilidad pública en España. La normalización contable pública. El plan general de contabilidad pública actualmente vigente: descripción general, estructura, adaptaciones y características.

Tema 62: Sistemas de información contable para las administraciones públicas. Especial referencia al Parlamento de Andalucía.

Tema 63: Contabilización de las operaciones de ejecución del presupuesto de gastos (I): Concepto, marco contable y normas de valoración. Organización de la contabilidad de las operaciones de ejecución de gastos en un sistema de información contable.

Tema 64: Contabilización de las operaciones de ejecución del presupuesto de gastos (II): Apertura del presupuesto de gastos y las modificaciones de los créditos iniciales.

Tema 65: Contabilización de las operaciones de ejecución del presupuesto de gastos (III): Cambio en la situación de los créditos definitivos. Autorización y compromiso o disposición de gastos.

Tema 66: Contabilización de las operaciones de ejecución del presupuesto de gastos (IV): Reconocimiento y liquidación de las obligaciones.

Tema 67: Contabilización de las operaciones de ejecución del presupuesto de gastos (V): Operaciones de presupuestos cerrados y gastos de ejecución plurianual.

Tema 68: Contabilización de las operaciones de ejecución del presupuesto de gastos (VI): Anticipos de tesorería. Anticipos de caja fija y los pagos a justificar.

Tema 69: Contabilización de las operaciones de ejecución del presupuesto de ingresos (I): Concepto y marco contable. Las previsiones iniciales y sus modificaciones.

Tema 70: Contabilización de las operaciones de ejecución del presupuesto de ingresos (II): Reconocimiento y liquidación de derechos. Extinción de derechos.

Tema 71: Contabilización de las operaciones de ejecución del presupuesto de ingresos (III): Aplazamientos y fraccionamientos. Devolución de ingresos.

Tema 72: Contabilización de las operaciones de ejecución del presupuesto de ingresos (IV): Operaciones de presupuestos cerrados.

Tema 73: La contabilidad del inmovilizado no financiero: Concepto, clasificación y características. Marco jurídico. Marco contable.

Tema 74: La contabilidad de la tesorería: Análisis de las operaciones de cobros y pagos.

Tema 75: Operaciones a realizar a fin de ejercicio. Operaciones de periodificación y regularización. Operaciones de cierre.

Tema 76: Operaciones no presupuestarias. La contabilización del IVA.

Tema 77: El Plan General de Contabilidad Pública de la Administración de la Junta de Andalucía: La imagen fiel y los principios contables. El cuadro de cuentas.

Tema 78: El Plan General de Contabilidad Pública de la Administración de la Junta de Andalucía: definiciones y relaciones contables (I). Financiación básica.

Tema 79: El Plan General de Contabilidad Pública de la Administración de la Junta de Andalucía: definiciones y relaciones contables (II). Inmovilizado. Existencias.

Tema 80: El Plan General de Contabilidad Pública de la Administración de la Junta de Andalucía: definiciones y relaciones contables (III). Acreedores y deudores.

Tema 81: El Plan General de Contabilidad Pública de la Administración de la Junta de Andalucía: Definiciones y relaciones contables (IV). Cuentas financieras.

Tema 82 El Plan General de Contabilidad Pública de la Administración de la Junta de Andalucía: Definiciones y relaciones contables (V). Compras y gastos por naturaleza.

Tema 83: El Plan General de Contabilidad Pública de la Administración de la Junta de Andalucía: definiciones y relaciones contables (VI). Ventas e ingresos por naturaleza.

Tema 84: El Plan General de Contabilidad Pública de la Administración de la Junta de Andalucía: definiciones y relaciones contables (VII). Cuentas de control presupuestario.

Tema 85: El Plan General de Contabilidad Pública de la Administración de la Junta de Andalucía: Normas de valoración. Principios y normas de contabilidad generalmente aceptados.

Tema 86: El Plan General de Contabilidad Pública de la Administración de la Junta de Andalucía. La información contable periódica (I): El balance.

Tema 87: El Plan General de Contabilidad Pública de la Administración de la Junta de Andalucía. La información contable periódica (II): La cuenta del resultado económico-patrimonial.

Tema 88: El Plan General de Contabilidad Pública de la Administración de la Junta de Andalucía. La información contable periódica (III): El estado de liquidación del presupuesto.

Tema 89: El Plan General de Contabilidad Pública de la Administración de la Junta de Andalucía. La información contable periódica (IV): La memoria.

Tema 90: El Plan General de Contabilidad Pública de la Administración de la Junta de Andalucía. La información contable periódica (V): Análisis e interpretación de las cuentas anuales.

Tema 91: El nuevo PGCP. Aprobación, objetivos, principales novedades y entrada en vigor. Marco conceptual: Imagen fiel y requisitos de la información a incluir en las cuentas anuales.

Tema 92: El nuevo PGCP. Principios contables. Elementos de las cuentas anuales y criterios de reconocimiento contable.

Tema 93: El nuevo PGCP: Los criterios de valoración.

Tema 94: El nuevo PGCP: Inmovilizado material, inversiones inmobiliarias e inmovilizado intangible. Arrendamiento y otras operaciones.

Tema 95: El nuevo PGCP: Ingresos, transferencias y subvenciones, adscripciones, y otras cesiones gratuitas.

Tema 96: El nuevo PGCP: Contabilidad del patrimonio neto y del endeudamiento.

Tema 97: El nuevo PGCP: Activos y pasivos financieros. Coberturas contables.

Tema 98. El nuevo PGCP: Las cuentas anuales. El balance, la cuenta del resultado económico-patrimonial y el estado de liquidación del Presupuesto.

Tema 99: El nuevo PGCP: Las cuentas anuales. El estado de cambios en el patrimonio neto y el estado de flujos de efectivo.

Tema 100: La contabilidad analítica en las administraciones públicas. Referencias normativas. Antecedentes en España.

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