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Advertido error en el texto de la Orden de 9 de marzo de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de comercio, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 58, de 23 de marzo de 2011, se procede a efectuar la oportuna rectificación:
En el Cuadro Resumen de las bases reguladoras, en el apartado 2.c) referido a la posibilidad de solicitar dos o más subvenciones.
- Donde dice:
Límite de actuaciones subvencionables.
En función del ámbito de actuación de la asociación, federación o confederación el número máximo de actuaciones a subvencionar, por beneficiario y convocatoria, será:
a) Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de ámbito regional: Hasta cuatro.
b) Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de ámbito provincial: Hasta dos.
c) Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de ámbito local o zonal: Una.
d) Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de ámbito local o zonal que hayan obtenido el reconocimiento de Centro Comercial Abierto con anterioridad a la finalización del año anterior al de cada convocatoria: Hasta tres.
- Debe decir
Límite de actuaciones subvencionables.
En función del ámbito de actuación de la asociación, federación o confederación el número máximo de actuaciones a subvencionar, por beneficiario y convocatoria, será:
a) Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de ámbito regional: Hasta cuatro.
b) Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de ámbito provincial: Hasta dos.
c) Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de ámbito local o zonal: Una.
d) Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de ámbito local o zonal, que hayan obtenido el reconocimiento de Centro Comercial Abierto con anterioridad al inicio del plazo de presentación de solicitudes de cada convocatoria: Hasta tres.
Sevilla, 29 de marzo de 2010
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