Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 69 de 07/04/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 8 de marzo de 2011, por la que se extingue la autorización de apertura y funcionamiento al centro docente privado de formación profesional «Academia Claustro» de Sevilla.

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Visto el expediente de oficio sobre extinción de la autorización por cese de actividades del centro docente privado de formación profesional «Academia Claustro» con código 41702231, con domicilio en C/ Sierpes, 41, de Sevilla, cuya titularidad ostenta Claustro, S.L., iniciado conforme a lo establecido en el artículo 26 del Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que el centro fue autorizado para su apertura y funcionamiento por Orden de la entonces Consejería de Educación y Ciencia de 29 de julio de 2002 (BOJA de 24 de septiembre), con domicilio en C/ Rioja, 14, de Sevilla, y autorizado posteriormente el traslado de domicilio a C/ Sierpes, 41, mediante Orden de 9 de junio de 2004 (BOJA de 2 de julio).

Resultando que, según lo informado por el Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Provincial de esta Consejería en Sevilla, se ha constatado que en el centro, al menos desde el curso 2007/08, no se imparten las enseñanzas que tiene autorizadas en régimen presencial, por lo cual ha superado los dos años sin actividad de hecho, como centro docente privado, en las enseñanzas para las que fue autorizado por la citada Orden, lo que supone causa de extinción de la autorización de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.1 del Decreto 109/1992, de 9 de junio, antes mencionado.

Vistos: la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE del 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que el Decreto 109/1992, de 9 de junio, establece en su artículo 26 que la extinción de la autorización por cese de actividades de un centro docente se declarará de oficio por la Consejería de Educación, previa audiencia al interesado, cuando dicho centro haya cesado de hecho en sus actividades por un periodo de tiempo igual o superior a dos cursos académicos.

Considerando que de conformidad con el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le ha dado a la entidad titular del centro trámite de audiencia, sin que la misma haya presentado alegaciones ni se haya manifestado al respecto.

Considerando que en el presente expediente se han seguido todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En virtud de todo lo anterior y de conformidad con lo establecido en los artículos 25 y 26 del Decreto 109/1992, de 9 de junio, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Extinguir la autorización, a partir del curso 2011/12, del centro docente privado de formación profesional que se describe a continuación, quedando sin efecto la disposición que autorizó su funcionamiento, siendo necesario para el caso de que se instase la reapertura del mismo dar cumplimiento a los preceptos legales vigentes en materia de autorización de centros docentes privados:

Denominación genérica: Centro docente privado de formación profesional.

Denominación específica: «Academia Claustro».

Código centro: 41702231.

Titular: Claustro, S.L.

Domicilio: C/ Sierpes, 41.

Localidad: Sevilla.

Municipio: Sevilla.

Provincia: Sevilla.

Segundo. La presente extinción de la autorización por cese de actividades se inscribirá en el Registro de Centros Docentes, creado y regulado por el Decreto 151/1997, de 27 de mayo.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 8 de marzo de 2011

Francisco José Álvarez de la Chica

Consejero de Educación

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