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E D I C T O
Don Cristóbal Fernández Fernández, Sr. Alcalde-Presidente del Excelentísimo Ayuntamiento de Carboneras (Almería). Hace saber que en Junta de Gobierno Local de fecha 14 de marzo de 2011, dentro de las competencias delegadas por la Alcaldía, aprobadas en pleno en fecha 17 de julio de 2007, se acordó
Primero. Convocar pruebas selectivas para la provisión de plazas vacantes de personal laboral fijo de nuevo ingreso, en el Ayuntamiento de Carboneras (Almería).
Segundo. Aprobar las bases de selección que obran en el expediente (y que se reproducen a continuación), para cubrir una plaza vacante de personal laboral fijo por concurso-oposición, mediante el sistema de acceso libre, de la categoría de Asesor Jurídico, Grupo A, Subgrupo A-1.
Tercero. Publicar el correspondiente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería, en el que deberá constar el texto íntegro de las bases de selección, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (resumen de las bases) y en el tablón de edictos del Ayuntamiento, así como publicar en el Boletín Oficial del Estado un extracto de la convocatoria, siendo la fecha de este anuncio la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de instancias.
BASES DE LA CONVOCATORIA
1. Normas generales.
1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza vacante de personal laboral fijo por concurso oposición, mediante el sistema de acceso libre, de la categoría de Asesor Jurídico, Grupo A, Subgrupo A-1.
1.2. La adjudicación de la plaza a los aspirantes aprobados se efectuará de acuerdo con la calificación final obtenida.
1.3. Las pruebas selectivas constarán de una fase de concurso y otra de oposición.
1.3.1. La Fase de Concurso se estructura en la valoración de los siguientes puntos:
1.3.1.1. Servicios prestados en las distintas Administraciones Públicas, con un máximo de 10 puntos.
A) Por cada mes completo de servicios prestados como personal laboral en la plantilla de una Administración Local, en un puesto de iguales o similares características al que se opta: 0,15 puntos, hasta un máximo de 10 puntos.
B) Por cada mes completo de servicios prestados como personal laboral en otra Administración Pública, en el mismo grupo, subgrupo y categoría al que se opta: 0,10 puntos, hasta un máximo de 5 puntos.
1.3.1.2. Cursos de formación. Hasta un máximo de 3 puntos.
A) Cursos relacionados directamente con las funciones correspondientes a la plaza de Asesor Jurídico, debidamente justificados:
Hasta 20 horas: 0,15.
De 21 a 40 horas: 0,40.
De 41 a 100 horas: 0,55.
De 101 a 200 horas: 1,00.
De más de 201 horas: 1,55.
B) Otros cursos relacionados al menos indirectamente con las funciones correspondientes a la plaza de Asesor Jurídico, debidamente justificados:
Hasta 20 horas: 0,10.
De 21 a 40 horas: 0,15.
De 41 a 100 horas: 0,30.
De 101 a 200 horas: 0,80.
De más de 201 horas: 1,30.
- Las jornadas y conferencias específicas se computarán con 0,15 puntos y con 0,10 puntos si versaran sobre materias complementarias.
- No se tendrán en cuenta aquellos cursos que no guarden ninguna relación con la plaza de Asesor Jurídico, ni específica ni complementariamente.
- Por participar como ponente en cursos, jornadas o seminarios: 0,15.
1.3.1.3. Colegiación. Hasta un máximo de 3 puntos.
A) Por cada mes de colegiación en el Colegio Provincial de Abogados de Almería, que exceda de los cinco años que se exigen en los requisitos generales: 0,10 puntos.
1.3.2. Fase de oposición. Consistirá en una entrevista curricular, sobre la trayectoria profesional del solicitante, la justificación de los méritos alegados, la problemática a solventar en el puesto de trabajo al que se opta y las funciones a realizar en el mismo, que se recogen en el Anexo I.
1.3.2.1. El ejercicio se valorará de 0 a 10, debiendo obtener el opositor un mínimo de 5 puntos para ser aprobado.
1.4. Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al siguiente calendario:
1.4.1. La valoración de méritos se iniciará a partir del día siguiente a la publicación de la lista definitiva de admitidos.
1.4.2. En el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Carboneras se publicará conjuntamente la lista de aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de concurso, así como el lugar, el día y la hora en que tendrá lugar la celebración de la prueba de oposición.
1.5. Se exigirá a los participantes el pago de derechos de examen de 36,00 euros, que serán ingresados en la entidad bancaria Cajamar, número de cuenta: 3058 0036 31 2732000047.
2. Requisitos de los aspirantes.
2.1. Los aspirantes deberán cumplir los requisitos indicados a continuación en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión:
2.1.1. Tener cumplidos 18 años y poseer la nacionalidad española o de cualquier país miembro de la Unión Europea, o en caso de ser extranjero cumplir los requisitos del art. 10 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, modificada por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, y de acuerdo con el Real Decreto 864/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el reglamento de ejecución de la Ley Orgánica 4/2000.
2.1.2. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
2.1.3. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
2.1.4. Estar en posesión del título de Licenciado en Derecho.
2.1.5. Estar colegiado un mínimo de cinco años en el Colegio de Abogados de Almería, previo a la presente convocatoria.
3. Solicitudes.
3.1. La solicitud para tomar parte en estas pruebas selectivas, cuyo modelo se reproduce en el Anexo II de esta convocatoria, será facilitada en las Oficinas de Información y Registro del Excmo. Ayuntamiento de Carboneras o a través de la página web www.carboneras.es.
3.2. A la solicitud se acompañarán los siguientes documentos:
3.2.1. Fotocopia compulsada del DNI o tarjeta de residencia.
3.2.2. Fotocopia compulsada o Certificado de los títulos académicos, cursos, y demás méritos que pretendan acreditar en la fase de concurso según la base 1.3.1 de la presente convocatoria, y en definitiva acreditación de toda la puntuación adicional que aleguen.
3.3. Las solicitudes se dirigirán al Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Carboneras.
3.4. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado
3.5. La presentación de solicitudes podrá efectuarse en el Registro del Excmo. Ayuntamiento de Carboneras, o en la forma que establece el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3.6. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en su solicitud. El domicilio que figura en la solicitud se considerará el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del concursante, tanto los errores en la consignación del mismo como la no comunicación del cualquier cambio de domicilio.
3.7. Los aspirantes que opten a más de una plaza de las convocadas por este Ayuntamiento, deberán presentar toda la documentación que se requiera para cada una de las plazas, sin que sea válida la documentación presentada en una convocatoria para otra totalmente diferente.
3.8. De acuerdo con lo establecido en el art. 71 de la Ley 30/1.992 de 26 de noviembre, si la solicitud no reuniera los datos exigidos o no se aportaran los documentos previstos en estas Bases, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días hábiles, subsane la falta.
4. Admisión de solicitudes.
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Carboneras publicará en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, en el plazo máximo de un mes, resolución por la que se aprueba la lista provisional de concursantes admitidos y excluidos, con expresión, en su caso, de las causas de la exclusión.
4.2. Se concederá un plazo de diez días hábiles a efectos de reclamación ante el Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Carboneras. Transcurrido dicho plazo, se publicará la lista definitiva de admitidos y excluidos, en la que se resolverán las reclamaciones presentadas contra la lista provisional. La publicación se realizará en el tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Carboneras.
5. Tribunal.
5.1. El Tribunal Calificador de estas pruebas estará formado por los siguientes miembros titulares, que deberán tener designado también un suplente:
1. Presidente: Un funcionario local de habilitación de carácter nacional
2. Secretario: Un trabajador del Ayuntamiento de Carboneras, con voz pero sin voto.
3. Vocales:
- Un abogado inscrito en el Colegio de Abogados de Almería.
- Un funcionario local de habilitación de carácter nacional.
- Un técnico especialista.
La designación de los miembros titulares del Tribunal, conllevará la de sus suplentes, los cuales deberán poseer una titulación igual o superior a la de los titulares.
5.2. Con independencia del personal colaborador que será nombrado por resolución de la Alcaldía, el Presidente del Tribunal podrá disponer la incorporación a sus deliberaciones, sin formar parte del Tribunal, de asesores especialistas (con voz pero sin voto) para las pruebas correspondientes a los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de dichos Asesores deberá comunicarse a la Alcaldía.
5.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o si se hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal en los casos y formas que establece el art. 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, así como en el resto de los casos previstos en el párrafo anterior.
5.4. Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal, con asistencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
5.5. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá presencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes y, en todo caso, la del Presidente titular o suplente.
5.6. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la del Excmo. Ayuntamiento de Carboneras, en Plaza del Ayuntamiento, número 1, 04140 Carboneras (Almería) Telfs: 950 454 238-950 454 059. Fax: 950 136 132.
6. Desarrollo de las pruebas.
6.1. Los ejercicios de las presentes pruebas se celebrarán en Carboneras, Almería.
6.2. En cualquier momento, los aspirantes podrán ser requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.
6.3. Si en el transcurso del procedimiento selectivo el Tribunal tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberán proponer su exclusión al Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Carboneras, comunicándole asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión, a los efectos procedentes. Contra la exclusión del aspirante podrá interponerse recurso ordinario ante el Alcalde-Presidente.
6.4. Los aspirantes serán convocados para la realización de las pruebas en único llamamiento.
6.5. La publicación del anuncio de la celebración de la fase de oposición se efectuará por el Tribunal en los tablones de anuncios indicados en la base 4.1, con cuarenta y ocho horas, al menos, de antelación a la señalada para la realización de la misma.
7. Lista de aprobados.
7.1. Concluida la valoración de los méritos y la realización de la fase de oposición, el Tribunal hará pública, en los lugares indicados en la base 4.1, la relación de aspirantes, con indicación de la puntuación obtenida y del documento nacional de identidad.
7.2. El Tribunal elevará a la Alcaldía-Presidencia del Excmo. Ayuntamiento de Carboneras, la relación definitiva de los aspirantes aprobados, en la que constará la calificación total, siendo vinculante para la Administración, salvo que se hubiera incurrido en defectos esenciales de procedimiento. Esta relación será hecha pública en los lugares indicados en la base 4.1.
7.3. El órgano de selección no podrá proponer el acceso a la condición de personal laboral fijo de un número superior de aprobados al de plazas convocadas, excepto lo previsto en las bases 8.3. y 9.4 de la presente convocatoria.
8. Presentación de documentos y firma de contrato.
8.1. En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hicieran públicas en los lugares indicados en la base 4.1, la relación definitiva de aprobados, éstos deberán presentar ante el Excmo. Ayuntamiento de Carboneras, en Plaza del Ayuntamiento, número 1, 04140 Carboneras (Almería), los documentos que siendo necesarios aún no hubiesen presentado.
8.2. Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser contratados y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
8.3 Si por motivo anteriormente referido o por cualquier otro, alguno de los candidatos aprobados perdiese su derecho a la contratación, el Alcalde queda habilitado para la contratación del siguiente de la lista de aspirantes.
9. Contratación e incorporación.
9.1. El Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Carboneras, dictará Resolución que se publicará en el lugar y en la forma previstos en la base 4.1, con expresión de los aspirantes aprobados y del puesto de trabajo concreto adjudicado, ofertándoles la firma del contrato de trabajo.
9.2. En el plazo improrrogable de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de dicha Resolución, deberán los interesados firmar el contrato de trabajo e incorporarse a sus respectivos puestos de trabajo, perdiendo los derechos de las pruebas selectivas quienes dejaran pasar el plazo para incorporarse, salvo los casos de fuerza mayor.
9.3. La firma del contrato y la incorporación de los interesados se realizará previa presentación por escrito de los mismos de la declaración de no encontrarse en situación de incompatibilidad para el desempeño del puesto de trabajo, o bien haber efectuado la opción regulada por el artículo 10 de la Ley 53/1.984 de 26 de diciembre.
9.4 La falta de contratación de cualquier candidato declarado aprobado, por cualquier motivo, habilita al Alcalde para la contratación del siguiente de la lista de aspirantes.
10. Norma final.
10.1. La convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de esta y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en las formas establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
10.2. Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la misma norma.
ANEXO I
FUNCIONES DEL PUESTO DE TRABAJO
Área: Servicios Jurídicos.
Adscripción: Personal laboral fijo.
Puesto de trabajo: Asesor Jurídico.
Grupo A; Subgrupo A1; Nivel C.D.: 20.
Funciones:
- Las propias de su titulación.
- Asistir y asesorar a los distintos Servicios y Departamentos del Ayuntamiento.
- Asistencia, elaboración y negociación de contratos
- Emitir informes de carácter jurídico sobre tareas sometidas a consulta.
- Informar sobre las resoluciones judiciales de los asuntos contenciosos a los Órganos de Gobierno.
- Informar a los Servicios de las variaciones normativas y doctrinales de carácter jurídico que les puedan ser de interés.
- Analizar los procedimientos administrativos y normativa reglamentaria municipal proponiendo las modificaciones necesarias.
- Supervisar la ejecución de resoluciones judiciales.
- Asesorar en las relaciones con los órganos judiciales, y sobre los procedimientos previos a los judiciales.
- Efectuar cualquier otra tarea propia de su categoría para la cual haya sido previamente instruido.
ANEXO II
SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN PRUEBAS SELECTIVAS ACCESO PLAZAS DE PERSONAL LABORAL, ASESOR JURÍDICO, GRUPO A, SUBGRUPO A-1
Apellidos: .......................................................................................
Nombre: ........................................................................................
DNI: ...............................................................................................
Domicilio: ......................................................................................
Teléfono de contacto: ...................................................................
Documentos que acompaña:
- Fotocopia del DNI.
- Título requerido, Licenciado en Derecho.
- Certificado de colegiación del Colegio de Abogados de Almería.
- Justificante de abono de los derechos de examen.
- Justificantes de méritos (relacionados):
Fecha y firma
Carboneras, 15 de marzo de 2011.- El Alcalde-Presidente, Cristóbal Fernández Fernández.
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