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El Consejero de Medio Ambiente, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 36 y ss. de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, y los artículos del 60 al 63 del Reglamento Forestal de Andalucía que la desarrolla, y en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 139/2010, de 13 de abril, que establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Medio Ambiente, mediante Resolución de 21 de febrero de 2011, ha acordado el inicio del deslinde parcial, Expte. MO/00015/2011, del monte público «Barranca Honda y Ballesteros», propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía sito en el término municipal de Pujerra, cuya parte dispositiva es la siguiente:
1.º Se proceda a iniciar el deslinde parcial del monte Barranca Honda y Ballesteros, Código de la Junta de Andalucía MA-11060-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía y sito en el término municipal de Pujerra, provincia de Málaga.
2.º Encargar la redacción de la Memoria a la que alude el artículo 36 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andaluía, al Departamento correspondiente.
El plazo normativamente establecido para la resolución y notificación de este expediente es de dos años. Se advierte, a quienes se conceptúen como colindantes con el monte público u ostente algún interés legítimo que hacer valer en el expediente, de la necesidad de presentar toda la documentación que obre en su poder. Dicha documentación deberá ser presentada en la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente a efectos de tener formado mejor criterio sobre las fincas afectadas de cara a las jornadas de apeo.
A fin de no causar indefensión a terceros, se comunica que en caso de transmisión de algún derecho de los que integran su pretendida titularidad, deberá ser comunicado a esta Delegación Provincial, informando de la tramitación del presente expediente al nuevo titular.
Para cualquier tipo de aclaración, deberá llamar al teléfono 951 924 574 ó 697 958 281.
Málaga, 24 de marzo de 2011.- La Delegada, Remedios Martel Gómez.
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