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La Orden de 10 de mayo de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a Consorcios Escuela de Formación para el Empleo participados por la Junta de Andalucía (BOJA núm. 106, de 2 de junio de 2005) establece en su disposición adicional segunda que la convocatoria para sucesivos ejercicios de las subvenciones destinadas a los referidos Consorcios Escuela se realizará mediante Resolución del Consejero de Empleo, en que se fijará el plazo de presentación de solicitudes.
Por ello, en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 115 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Publica de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.c) de la Ley 4/2002, de 16 de diciembre, de creación del Servicio Andaluz de Empleo,
RESUELVO
Primero. Efectuar la convocatoria para el año 2011 de las subvenciones reguladas en la Orden de 10 de mayo de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a Consorcios Escuela de Formación para el Empleo participados por la Junta de Andalucía, estableciendo el plazo de presentación de solicitudes en veinte días naturales desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Segundo. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones los Consorcios Escuela relacionadas en el Anexo I de la mencionada Orden de 10 de mayo de 2005.
Sevilla 18 de marzo de 2011
MANUEL RECIO MENÉNDEZ
Consejero de Empleo
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