Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 70 de 08/04/2011

4. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

Certificación de 28 de marzo de 2011, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada, dimanante de recurso contencioso-administrativo núm. 1772/2006-K.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Don Miguel Sanz Septién, Secretario Judicial de la Sala de lo Contencioso-Administrativo –Sección Primera– del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada.

Certifico: Que en esta Sala y Sección se tramita recurso contencioso-administrativo, con el núm. 1772/2006-K, seguido a instancia de Asociación de Expertos en Ortopedia Sanitaria contra la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, sobre Decreto 132/2006, de 4 de julio, que establece las condiciones y requisitos de instalación y funcionamiento de ortopedias.

En dicho procedimiento se dictó Sentencia por esta Sala –Sección Primera, núm. *6/2009– con fecha 19 de enero de 2009, declarada firme en el día de hoy, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

«Fallo. Estima en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociación de Expertos en Ortopedia Sanitaria, contra el Decreto 132/2006, de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, de establecimiento de las condiciones y requisitos de instalación y función de las ortopedias; para decretar la nulidad en el aspecto que se recoge en los fundamentos de derecho de esta sentencia del art. 12.2.c) de la norma; así como de la disposición transitoria primera de la misma; sin costas.

Intégrese la presente sentencia en el libro de su clase y una vez firme remítase testimonio de la misma junto con el expediente administrativo al lugar de procedencia de este.

Así por esta nuestra sentencia que se notificará a las partes haciéndoles saber, con las demás prevenciones del art. 248,41 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que contra la misma cabe interponer recurso de casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, definitivamente juzgando lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

Y para que conste, en cumplimiento de lo establecido en el art. 72.2 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que ordena la publicación del Fallo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía en que lo hubiera sido la disposición anulada, extiendo la presente en Granada, 28 de marzo de 2011.- El Secretario.

Descargar PDF