Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Vista la Orden de 22 de febrero de 2010 (BOJA núm. 42, de 3 de marzo de 2010), de las ayudas económicas para financiar actividades de las organizaciones estudiantiles, durante el curso 2010/2011, en los niveles no universitarios.
Vista la Orden reguladora de Asociaciones de 6 de julio de 2007 (BOJA núm. 148, de 2007), por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas económicas para financiar actividades de las organizaciones estudiantiles de Andalucía, en los niveles no universitarios.
Esta Delegación Provincial de Educación en Jaén
ha Resuelto
Primero. Conceder las ayudas económicas para financiar las actividades presentadas a las organizaciones estudiantiles de la provincia de Jaén relacionadas en el Anexo I de la Resolución con sus correspondientes cuantías y con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.11.00.18.23. .489.00 .42F .7.
Segundo. El plazo de ejecución de las actividades subvencionadas se desarrollarán en el Curso Académico 2010-2011.
Tercero. Las entidades beneficiarias deberán justificar la correcta aplicación de las ayudas recibidas, en el plazo de 6 meses, a contar desde la fecha de recepción de las mismas, (art. 14.4 de la Orden de 22 de febrero de 2010, BOJA núm. 42, de 3 de marzo de 2010), mediante la presentación de la siguiente documentación:
a) Certificado del Gestor de la Entidad, en el que se haga constar que el importe de la ayuda ha sido destinado en su integridad a las actividades para las que se concedió y que este ha quedado asentado en su contabilidad. Art. 14.6.a) (Orden de 22 de febrero de 2010).
b) Carpeta-índice que incluya una cuenta justificativa con todos los originales de las facturas y de cualquier otro justificante de gasto legalmente admitido, que sea imputable a la ayuda percibida, o fotocopias debidamente compulsadas de los mismos. La documentación acreditativa de los gastos efectuados deberá contener todos los requisitos formales exigibles a la misma. Art. 14.6.b) (Orden de 22 de febrero de 2010).
c) Memoria Evaluadora del Plan de Actividades, art. 14.6.c) (Orden de 22 de febrero de 2010).
Cuarto. Con carácter adicional, y para la mejor justificación de los gastos, las entidades beneficiarias estarán obligadas a aportar cualquier otra documentación que se prevea de forma específica para la subvención concedida.
Quinto. Contra la presente Resolución de la Delegación Provincial de Educación que se pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses, contados desde el siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14, y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante el Excmo. Señor Consejero de Educación, de acuerdo con lo dispuesto en los Artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
ANEXO I
AYUDAS ECONÓMICAS PARA FINANCIAR ACTIVIDADES ESTUDIANTILES EN LOS NIVELES NO UNIVERSITARIOS EN LA PROVINCIA DE JAÉN. CONVOCATORIA 2010
Asociación | Centro | Localidad |
Presupuesto Adjudicado |
RURARIA | C.E.I.P. NUEVA ANDALUCIA | RUS | 866,5 |
ALTO GUADALQUIVIR | C.E.I.P. SAN VICENTE MARTIR | MOGÓN | 1.297.5 |
EL EDUCANDO | C.E.I.P. FRANCISCO VADILLO | VILLARGORDO | 1.385,5 |
INSTITUTO VIEJO | I.E.S.N.ª SEÑORA CABEZA | ANDÚJAR | 951,5 |
AL-ANDALUS | I.E.S. GUADALENTÍN | POZO ALCÓN | 1.124,5 |
LOS PATIOS | C.E.I.P.PEDRO POVEDA | JAÉN | 1.211 |
HELVIA | I.E.S. CIUDAD DE ARJONA | ARJONA | 951,5 |
MULEY-XEQUE | C.P.PER. PEDRO ESCAVIAS | ANDÚJAR | 1.124,5 |
TOTAL 8.912,5 € |
Jaén, 16 de marzo de 2011.- La Delegada, Angustias M.ª Rodríguez Ortega.
Descargar PDF