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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Delegación Provincial de Hacienda y Administración Pública de Cádiz, en virtud del artículo 9 del Decreto 365/2009,de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía, y en relación con el artículo 13 del Decreto 133/2010, de 13 de abril, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública,
RESUELVO
Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tarifas autorizadas
Concepto IVA incluido
Tarifa 1:
- Bajada de bandera 1,32 euros
- Por cada km recorrido 0,70 euros
- Por cada hora de espera 16,69 euros
- Carrera mínima 3,34 euros
Tarifa 2:
- Bajada de bandera 1,67 euros
- Por cada km recorrido 0,83 euros
- Por cada hora de espera 20,14 euros
- Carrera mínima 4,15 euros
La tarifa 2 se aplicará en los supuestos siguientes:
- Servicios realizados desde las 22,00 horas del viernes hasta las 6,00 horas del lunes.
- Los festivos locales: 6 de junio y 18 de octubre.
- Los festivos nacionales: 24 y 31 de diciembre.
- Los días de la Feria de la Manzanilla 2011: días 1, 2, 3 y 4 de junio, desde las 6,00 horas hasta las 15,00 horas.
- Los días de Carrera de Caballos, desde las 15,00 horas.
- Servicios nocturnos realizados en días laborales de 22,00 a 6,00 horas.
Tarifa 3:
Se aplicará un 20% sobre la tarifa 2 desde:
- Las 22,00 horas del día 31 de mayo a las 6,00 horas del día 1 de junio.
- Desde las 15,00 horas hasta las 06,00 horas del día siguiente de los días 1, 2 y 3 de junio.
- Desde las 15,00 horas del día 4 a las 6,00 horas del día 6 de junio, perÍodo en el que tendrá lugar la celebración de la Feria de la Manzanilla.
Suplementos:
- Por cada maleta o bulto superior a 60 cm: 0,46 euros.
- Extrarradio 1: Bonanza, Sanlúcar Viejo, la Jara, Villa Horada 1,2 km: 0,92 euros.
- Extrarradio 2: La Reyerta, 5 km, Colonia Monte Algaida, 7 km: 1,30 euros.
Esta Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 21 de febrero de 2011.- La Directora General, Eva María Vidal Rodríguez.
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