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Andrea Blum ha manifestado su voluntad de donar a la Comunidad Autónoma de Andalucía una obra de la que es autora y propietaria, y que se relaciona en el Anexo, para su adscripción al Centro Andaluz de Arte Contemporáneo.
Desde mediados de los años setenta del pasado siglo esta artista neoyorquina se ha interesado por el diseño de mobiliario e instalaciones para espacios públicos y privados. Con esta proposición ha construido proyectos permanentes en California, New York, Minneápolis y Boston, así como en Francia, los Países Bajos e Inglaterra.
Su trabajo está en algún lugar entre la escultura, la arquitectura y el diseño. A través de sus creaciones analiza la relación de lo social y lo político con el mundo de lo privado, de la sicología.
La Dirección del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo, con fecha 1 de marzo de 2011, informó favorablemente sobre el interés del bien ofrecido en donación y propone su aceptación. Con fecha 5 de noviembre de 2010, la Comisión Técnica del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo informó favorablemente el ingreso de la mencionada obra en la colección del Centro.
La Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, en su art. 87.1 faculta a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico para aceptar donaciones y legados de bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz.
Dicha aceptación queda exceptuada del requisito de previa aceptación por Decreto del Consejo de Gobierno, previsto en el art. 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
El artículo 3.6 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por el Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la persona titular de la Consejería de Cultura, la competencia para aceptar esta donación.
Por lo expuesto, y a propuesta del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo,
RESUELVO
Primero. Aceptar la donación del bien mueble de la artista Andrea Blum que se relaciona en el Anexo, y del que se toma posesión en este acto por la Consejería de Cultura.
Segundo. Adscribir el citado bien al Centro Andaluz de Arte Contemporáneo, que pasará a formar parte de los fondos artísticos que comprenden su colección estable. Su director levantará acta de recepción definitiva por donación, en la que se mencionará la presente Orden de aceptación.
Contra esta Orden que pone fin a la vía administrativa se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, de acuerdo con lo previsto en al artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, el interesado podrá optar por interponer contra esta Orden recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 11 de marzo de 2011
Paulino Plata Cánovas
Consejero de Cultura
Anexo
Título: Vídeo Viewing Station.
Año: 1995.
Técnica: Instalación para la visualización de vídeos. Madera aglomerada (DM).
Medidas: 675 x 225 cm (máximas).
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