Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 74 de 14/04/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

Resolución de 28 de marzo de 2011, de la Dirección General de Administración Local, por la que se suprime el puesto de trabajo de Vicesecretaría-Intervención de la plantilla de personal del Ayuntamiento de Dúrcal (Granada).

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El Ayuntamiento de Dúrcal (Granada), mediante Acuerdo adoptado por el Pleno, ha solicitado de esta Dirección General de Administración Local la supresión del puesto de trabajo de Vicesecretaría-Intervención, reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio.

El apartado 3 de la disposición adicional segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y el artículo 9 del mencionado Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, confieren al órgano competente de la Comunidad Autónoma respectiva la competencia para la creación, clasificación y supresión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal.

Visto lo anterior, al amparo de la legislación invocada y en virtud de las competencias conferidas por la disposición adicional novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, y el artículo 8.2.o) del Decreto 132/2010, de 13 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación y Justicia, esta Dirección General de Administración Local

RESUELVE

Primero. Suprimir el puesto de trabajo de Vicesecretaría-Intervención de la plantilla de personal del Ayuntamiento de Dúrcal (Granada).

Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 177 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 28 de marzo de 2011.- El Director General, José María Reguera Benítez.

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