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El Real Decreto 1680/2009, de 13 de noviembre, de aplicación del régimen de pago único en la agricultura y la integración de determinadas ayudas agrícolas en el mismo a partir del año 2010, establece en su Capítulo IV las disposiciones relativas a la reserva nacional y a la asignación de derechos con cargo a la misma, de forma que configura el procedimiento para que el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) establezca los derechos a asignar a cada agricultor, previendo un plazo de presentación de solicitudes del 1 de febrero al 30 de abril de cada año, para en base a la aplicación de los criterios de reparto y, en función del número de derechos existentes en la reserva, el FEGA determine el número de derechos a asignar, quien remitirá la información a las Comunidades Autónomas para su notificación antes del 31 de diciembre de cada año.
La Orden de 20 de enero de 2011 determina el tablón de anuncios y los medios de comunicación donde se efectuarán, previo anuncio de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, las notificaciones y sucesivas publicaciones en el procedimiento de asignación de derechos de pago único procedentes de la reserva nacional, teniendo en cuenta que estamos ante un procedimiento de concurrencia competitiva y de conformidad con lo establecido en el artículo 59.6.b) en relación con el artículo 60, ambos de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
En su virtud, y en uso de las facultades que me confiere la legislación vigente,
DISPONGO
Primero. Anunciar la publicación de Resoluciones del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) sobre Solicitudes de Derechos de Ayuda de Pago Único a la Reserva Nacional para la Campaña 2010.
1. Se anuncia la publicación en el tablón de anuncios de la Consejería de Agricultura y Pesca y en la página web de la misma Consejería: http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/portal/servicios/ayudas/ayudas-pac/derecho-de-pago-unico/index.html, de las siguientes Resoluciones del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA):
- Resolución de 22 de febrero de 2011, del Fondo Español de Garantía Agraria, mediante la que se corrige la Resolución de 28 de enero de 2011, del Fondo Español de Garantía Agraria por la que se asignan los derechos de pago único procedentes de la Reserva Nacional de la Campaña 2010.
Constando de Anexo I que contendrá el listado de los beneficiarios con Importes aprobados en la Reserva Nacional 2010, y que presentaron su Solicitud de Reserva Nacional en la Comunidad Autónoma de Andalucía, comenzando con el titular con NIF 5913173B y finalizando con el titular con NIF J14543599, siendo un total de 111 beneficiarios; y un Anexo II referente a los tipos y casos de la Reserva Nacional 2010 asociados a la Resolución aprobatoria 2010.
- Resolución de 22 de febrero de 2011 del Fondo Español de Garantía Agraria, por la que se deniegan determinadas solicitudes de derechos de pago único de la Reserva Nacional correspondientes a la Campaña 2010. Constando de Anexo III contendrá el listado de beneficiarios con Solicitud de Reserva Nacional denegada y presentada en la Comunidad Autónoma de Andalucía, comenzando con el titular con NIF 06563490A y finalizando con el titular con NIF J91002642, siendo un total de 384 beneficiarios; y Anexo IV de descripción de las correspondientes Incidencias de Denegación.
2. Dicha publicación sustituye a la notificación surtiendo sus mismos efectos, conforme se establece en el artículo 59.6.b) de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Segundo. Recursos.
Contra dichas Resoluciones emitidas por el FEGA, que no ponen fin a la vía administrativa, y en las que se sustituye la notificación por la publicación, se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes que contará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. El recurso de alzada se dirigirá ante la Ministra de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Tercero. Efectos.
La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 7 de abril de 2011.- El Director General, Pedro Zorrero Camas.
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