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Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, se notifica por medio del presente edicto, a la relación de interesados que se adjunta como Anexo, al no haber sido posible su localización por ser desconocidos, ignorarse su paradero, y a los que intentada la correspondiente notificación no se hubiera podido practicar la misma, lo que a continuación sigue:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Mediante Resolución de la Dirección General del Dominio Público Hidráulico, con fecha 2 de marzo de 2009, se inició expediente MA-51.329 de apeo y deslinde del dominio público hidráulico en ambas márgenes del arroyo del Pinar, en el término municipal de Alhaurín de la Torre (Málaga).
Segundo. Tras la recepción de las alegaciones y manifestaciones por parte de todo aquel que ostentaba la condición de interesado en el expediente o bien algún interés o derecho legítimo que hacer valer en el mismo durante el trámite de audiencia preceptuado en el artículo 242.bis.4 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, se dio traslado de copia completa del expediente al Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, de conformidad con el art. 242.bis.5 del citado Reglamento, al objeto de que se emita el informe preceptivo y previo a la resolución de aprobación por el Organismo competente.
Tercero. Con fecha 4 de noviembre de 2010 se recepcionó el informe preceptivo, concluyéndose en el apartado primero que el proyecto de deslinde se ha formulado en un procedimiento caducado, de modo que procede dictar una declaración en tal sentido.
Si bien en dicha declaración se expresa «sin perjuicio de la caducidad, siempre será posible la conservación de los actos» en los términos establecidos en la normativa.
El nuevo procedimiento deberá ser sometido nuevamente a informe de este Servicio Provincial, en orden a examinar la regularidad jurídica de su configuración.
Cuarto. El motivo de la caducidad se refiere a los acuerdos de ampliación de plazo, pues, según se argumenta en el Informe: «(…) aunque los acuerdos de ampliación se tomaron antes de la finalización del plazo de caducidad originario, fueron no sólo notificados sino intentados notificar, con posterioridad».
A tales hechos les son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional Sexta, tercero, del R.D.L. 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas, el plazo para resolver y notificar la resolución en el procedimiento de deslinde del dominio público hidráulico es de un año.
Segundo. El mencionado artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en concordancia con el artículo 44.2, prevé la caducidad en los procedimientos en que ejercite la Administración potestades desfavorables o de gravamen, para cuando haya vencido el plazo máximo establecido sin que se haya dictado y notificado la resolución expresa. El artículo 66 del mismo texto legal prevé la conservación de los actos y trámites cuyo contenido se hubiera mantenido igual de no haberse cometido la infracción.
Por todo ello,
ACUERDO
La declaración de caducidad del expediente de deslinde, si bien en aplicación del artículo 66 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, y visto que la facultad de deslinde no está sujeta a prescripción, se dispone mediante el presente Acuerdo el reinicio del deslinde mencionado, con la conservación de todos los trámites procedimentales correctamente realizados, cuyo contenido no se haya visto alterado por el transcurso del tiempo y que pudieran hacerse valer en un momento posterior, hasta la fase de envío del expediente a los Servicios Jurídicos Provinciales, para su informe preceptivo.
Contra el presente Acuerdo no cabe recurso alguno, conforme a lo establecido en el artículo 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Así lo firmó y acordó en Sevilla, el 20 de diciembre de 2010, el Director General de Dominio Público Hidráulico: Javier Serrano Aguilar.
ANEXO
RELACIÓN DE INTERESADOS
TITULAR | DNI / NIF | REF. CATASTRAL | POL. | PARC. | T.M. |
RUIZ DIAZ, JUAN | 24629308B | 29007A015000120000XI | 15 | 12 | ALHAURIN DE LA TORRE |
HCAB ARQUITECTOS SL | B92448216 | 29007A015000070000XD | 15 | 7 | ALHAURIN DE LA TORRE |
SANCHEZ RUIZ RODRIGO (HEREDEROS DE ) | 25027336R | 29007A015000060000XR | 15 | 6 | ALHAURIN DE LA TORRE |
RUIZ ROSAS C | 24812851Z | 29007A015000050000XK | 15 | 5 | ALHAURIN DE LA TORRE |
GUZMAN GARCIA FRANCISCO | 29007A025000020000XR | 25 | 2 | ALHAURIN DE LA TORRE | |
MARTÍN RODRIGUEZ FLORENCIO | 28877788T | 9279110UF5597N0001XU | - | - | ALHAURIN DE LA TORRE |
BAENA MERIDA MANUEL | 24976833Y | 9279112UF5597N0001JU | - | - | ALHAURIN DE LA TORRE |
C.DAVIES GERARD | 9279113UF5597N0001EU | - | - | ALHAURIN DE LA TORRE | |
DIAZ RODRIGUEZ JORGE | 33378966D | 9582112UF5598S0001HO | - | - | ALHAURIN DE LA TORRE |
MESTANZA AVILA VIGINIA | 25667676K | ||||
ALVAREZ PAJARES ANA ISABEL | 33381458V | 9582111UF5598S0001UO | - | - | ALHAURIN DE LA TORRE |
GONZALEZ RAMOS RAFAEL | 25684674E | 9582104UF5598S0001JO | - | - | ALHAURIN DE LA TORRE |
IGLESIAS RUIZ ANA BELÉN | 26803299L | ||||
RUEDA CAMPIÑAS FRANCISCO JOSE | 25854653P | 9582106UF5598S0001SO | - | - | ALHAURIN DE LA TORRE |
VILCHES PESCADOR MILAGROS | 25891892X | ||||
HALDER PAUL ELMAR | H09004300 | 9582107UF5598S0001ZO | - | - | ALHAURIN DE LA TORRE |
FALCON ABRIL JOSE ANTONIO | 28694357V | 9582108UF5598S0001UO | - | - | ALHAURIN DE LA TORRE |
GARCIA ORTEGA ENCARNACIÓN | 75395370J | ||||
PORTILLO PEREZ MANUEL | 25097521G | 9582109UF5598S0001HO | - | - | ALHAURIN DE LA TORRE |
DIEGUEZ GAITAN MAGDALENA | 24850560A | 9582102UF5598S0001XO | - | - | ALHAURIN DE LA TORRE |
SANTANA SANCHEZ JESUS | 24833803J | 9582103UF5598S0001IO | - | - | ALHAURIN DE LA TORRE |
PALACIOS CORBACHO ANA FRANCISCA | 24746877F | 9582138UF5598S0001SO | - | - | ALHAURIN DE LA TORRE |
PALACIOS CORBACHO AMALIA | 25486204L | ||||
RODRIGUEZ CERRILLO FRANCISCO | 24845807B | 9584105UF5598S0001DO | - | - | ALHAURIN DE LA TORRE |
RUEDA PLAZA FRANCISCA MARIA | 74818445C | 9585108UF5598N0001XQ | - | - | ALHAURIN DE LA TORRE |
CHERON FRANCOIS DANIELA | 29007A026000180000XZ | 26 | 18 | ALHAURIN DE LA TORRE | |
SANCHEZ GOMEZ JUAN | 24629328P | 29007A026000200000XS | 26 | 20 | ALHAURIN DE LA TORRE |
AGUILERA RUIZ MARIA | 24734361T | 29007A026000140000XI | 26 | 14 | ALHAURIN DE LA TORRE |
RUIZ CEREZO ANTONIO | 25014718X | 29007A026000170000XS | 26 | 17 | ALHAURIN DE LA TORRE |
SANCHEZ GIL JUAN | - | - | - | - | ALHAURIN DE LA TORRE |
Sevilla, 29 de marzo de 2011.- El Director General, Javier Serrano Aguilar.
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