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La Orden de 28 de mayo de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional, determina que para la valoración de las solicitudes se creará un Jurado de selección designado por la persona titular de la Dirección General competente en materia de formación profesional, que tendrá en cuenta la composición de género que permita la representación equilibrada, y que estará presidido por la persona titular de la Inspección General de Educación de la Consejería de Educación o persona en quien delegue, y estará integrado por un Jefe o Jefa de Servicio de la Dirección General competente en materia de Formación Profesional, dos inspectores o inspectoras de Educación, dos profesores o profesoras de Formación Profesional y un funcionario o funcionaria de la Dirección General competente en materia de formación profesional, que actuará como secretario/a.
Mediante Orden de 19 de noviembre de 2010 (BOJA núm. 237, de 3 de diciembre), la Consejería de Educación ha convocado los Premios Extraordinarios de Formación Profesional para el curso 2009/2010.
En su virtud, y de conformidad con las atribuciones conferidas en la Orden de 28 de mayo de 2009,
RESUELVO
Primero. Hacer pública la composición del Jurado de selección de la convocatoria de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional correspondientes al curso 2009/2010.
Presidente:
- Don Jaime Pérez-Aranda Fernández, Inspector Central de Educación.
Vocales:
- Don Antonio Reja Sánchez, Jefe del Servicio de Desarrollo del Plan Andaluz de Formación Profesional de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente.
- Don Valerio Alberto Mata Silva, Inspector de Educación.
- Don Pedro Palacios Pavón, Inspector de Educación.
- Doña Gumersinda Marchal Rosa, Profesora de Formación Profesional.
- Don Francisco Muñoz García, Profesor de Formación Profesional.
- Doña María Jesús Romero Serrano, funcionaria de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, que actuará como secretaria.
La actuación del Jurado se regirá por lo establecido en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el Capítulo II del Título IV de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Segundo. La presente Resolución surte efectos el mismo día de su publicación en el BOJA.
Sevilla, 20 de diciembre de 2010.- El Director General, Emilio Iguaz de Miguel.
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