Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 8 de 13/1/2011

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 4 de marzo de 2010, del Juzgado de primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Motril, dimanante de autos núm. 455/2009. (PP. 3096/2010).

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NIG: 1814042C20090001687.

Procedimiento: Medidas Cautelares Previas 455/2009.

Negociado: JO.

EDICTO

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Motril.

Juicio: Medidas Cautelares Previas 455/2009.

Parte demandante: VFS Financial Services Spain EFC, S.A.

Parte demandada: Don Bartolomé Díaz Díaz y Antonia Estévez Vázquez.

Sobre: Medidas Cautelares Previas.

En el juicio referenciado, se han dictado autos de fechas 12.2.10 y 2.3.10 cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Acuerdo: Estimar la petición de medidas cautelares formulada por la Procuradora Sra. Esteva Ramos, en nombre y representación de la mercantil "VFS, Financial Services Spain, S.A.", consistentes en:

1.º El depósito del camión Volvo FH, matrícula 2812-FDH, con número de chasis YV2ASW0A66B438731, en la persona o entidad que se designe, librándose a tal fin los oportunos oficios a las Fuerzas de Seguridad del Estado con competencia en materia de Tráfico;

2.º El embargo preventivo de los siguientes bienes de los demandados, todas ellas inscritas en el Registro de la Propiedad número 1 de Motril:

- Finca urbana inscrita con el número 5999, al tomo 1432, libro 62, folio 206.

- Finca urbana inscrita con el número 4568, tomo 1246, libro 51, folio 191.

- Finca urbana inscrita con el número 5233, tomo 1397, libro 60, folio 141.

- Finca urbana e inscrita con el número 5966, tomo 1432, libro 62, folio 107, plaza de garaje.

- Finca urbana inscrita con el número 5982, tomo 1124, libro 44, folio 115, trastero propiedad de los demandados; y

- Cantidades pendientes de devolución a favor de los demandados en concepto de IVA e IRPF.

No se efectúa expresa imposición a ninguna de las partes de las costas devengadas en este incidente.

Se fija como caución a prestar por la parte actora la de consignación por importe de 15.000 euros, que habrá de ingresarse en la cuenta de este Juzgado, ello en un plazo de cinco días desde la notificación de la presente, hasta cuya prestación carecerán de efectividad las medidas acordadas. Notifíquese esta resolución a todas las partes. Contra este auto cabe interponer recurso de apelación, dentro de los cinco días siguientes a su notificación.

Acuerdo: Que debo rectificar y rectifico auto de fecha 12.2.10, en el sentido de sustituir la expresión "por importe de 15.000 euros" por la de importe de "1.500 euros".

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 16.2.10 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en ese Boletín para llevar a efecto la diligencia de notificación de auto.

Motril, 4 de marzo de 2010.- El/La Secretario/a Judicial.

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