Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 84 de 30/04/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Orden de 19 de abril de 2011, por la que se adecuan las tarifas correspondientes al canon de mejora del Consorcio del Huesna, aprobado por Resolución de 6 de marzo de 2008, de la Agencia Andaluza del Agua, y se determinan los importes a deducir del canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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La Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, configura el régimen económico-financiero destinado a financiar las infraestructuras y los servicios en la gestión del agua, con la finalidad esencial de dar respuesta al principio de recuperación de costes, establecido por la Directiva Marco de Aguas y por el Texto Refundido de la Ley de Aguas. En este sentido, la Ley establece como ingreso propio de la Comunidad Autónoma de Andalucía un canon, denominado de mejora de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma e incorpora en su articulado los cánones de mejora de infraestructuras hidráulicas existentes hasta ese momento para la financiación de inversiones locales, que ya estaban regulados por la disposición adicional decimoséptima de la Ley 7/1996, de 31 de julio, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1996, disposición que queda derogada a la entrada en vigor de la referida Ley de Aguas.

El canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma constituye una de las fórmulas de financiación para la construcción de las infraestructuras hidráulicas de depuración que la Administración de la Junta de Andalucía va a llevar a cabo para la consecución de los objetivos de calidad de las aguas establecidos por la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas.

Por su parte, la disposición transitoria séptima de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, establece que a la fecha del inicio de la aplicación del canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma deben estar adecuadas por Orden de la Consejería competente en materia de agua las tarifas que correspondan a los cánones de mejora locales aprobados con anterioridad a dicha fecha y que financien obras de depuración, con el fin de evitar la doble imposición.

Asimismo, dicha disposición, en relación con el artículo 89.2 de la Ley de Aguas de Andalucía, establece que la Orden debe determinar los importes correspondientes a las obras de depuración financiadas a cargo de entidades locales, que correspondan deducir por las entidades suministradoras en las autoliquidaciones que efectúen del canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con el fin de que dichas entidades procedan a cumplir con sus obligaciones periódicas de amortización de las inversiones en infraestructuras hidráulicas de depuración y los costes financieros que generen las mismas.

La entrada en vigor del canon de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma será el 1 de mayo de 2011, de conformidad con lo establecido en la disposición final cuarta del Decreto-Ley 7/2010, de 28 de diciembre, de medidas para potenciar inversiones empresariales de interés estratégico para Andalucía y de simplificación, agilización administrativa y mejora de la regulación de actividades económicas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Actualmente se encuentran vigentes una serie de cánones de mejora locales establecidos para la financiación de infraestructuras hidráulicas de abastecimiento, saneamiento y depuración correspondientes al ciclo integral del agua de uso urbano competencia de las entidades locales, creados al amparo de la citada disposición adicional decimoséptima de la Ley 7/1996, de 31 de julio, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1996, dándose la circunstancia de que parte de los ingresos procedentes de algunos de esos cánones financian obras hidráulicas de depuración.

En este sentido, por Resolución de 6 de marzo de 2008, de la Agencia Andaluza del Agua, se estableció un canon de mejora a solicitud del Ayuntamiento de Sevilla, de la Mancomunidad de Municipios del Aljarafe, del Consorcio de Aguas del Huesna y del Consorcio de Abastecimiento y Depuración de Aguas Plan Écija, como administraciones integrantes del Consorcio Provincial de Aguas de Sevilla, en sus correspondientes ámbitos territoriales, para la financiación del programa de obras relacionado en el Anexo de dicha Resolución, incluyéndose dentro del mismo infraestructuras de depuración, por lo que resulta necesario aprobar la presente Orden para cumplir con lo establecido en la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía.

Dado que el canon de mejora establecido en la Resolución de 6 de marzo de 2008 financia en parte infraestructuras de depuración, las adecuaciones de las tarifas de dichos cánones deben realizarse en la misma proporción en que las obras de depuración forman parte de los planes de obras de cada una de las entidades que solicitaron el establecimiento de dicho canon. Al efectuarse dicha adecuación resulta un tipo diferente para cada una de dichas entidades, por lo que deben adecuarse de forma individualizada para cada Administración.

En virtud de lo expuesto, y habiéndose cumplimentado el trámite de audiencia en consulta al Consejo de los Consumidores y Usuarios de Andalucía, previsto en el Decreto 58/2006, de 14 de marzo, en cumplimiento de la disposición transitoria séptima y el artículo 89.2 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

DISPONGO

Primero. Adecuación de las tarifas del canon de mejora de infraestructuras hidráulicas del Consorcio de Aguas del Huesna aprobado por Resolución de la Agencia Andaluza del Agua, de 6 de marzo de 2008.

A partir del 1 de mayo de 2011 quedan modificados los valores monetarios (IVA excluido) del canon de mejora de infraestructuras hidráulicas en el ámbito del Consorcio de Aguas del Huesna, en los siguientes importes:

AÑO TIPO VIGENTE REDUCCIÓN NUEVO TIPO
2011 0,1530 37,31% 0,0959
2012 0,1561 37,31% 0,0978
2013 0,1592 37,31% 0,0998
2014 0,1624 37,31% 0,1018
2015 0,1656 37,31% 0,1038
2016 0,1689 37,31% 0,1059
2017 0,1723 37,31% 0,1080
2018 0,1757 37,31% 0,1102
2019 0,1793 37,31% 0,1124
2020 0,1828 37,31% 0,1146
2021 0,1865 37,31% 0,1169
2022 0,1902 37,31% 0,1193
2023 0,1940 37,31% 0,1216
2024 0,1979 37,31% 0,1241
2025 0,2019 37,31% 0,1266
2026 0,2059 37,31% 0,1291
2027 0,2100 37,31% 0,1317
2028 0,2142 37,31% 0,1343

Segundo. Determinación de las cantidades a deducir por Aguas del Huesna, S.L., del canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

1. A fin de garantizar los empréstitos y/o operaciones financieras concertadas para la financiación de las actuaciones a su cargo comprendidas en el programa de obras financiado mediante el canon de mejora aprobado por Resolución de 6 de marzo de 2008, Aguas del Huesna, S.L., deducirá en el primer semestre de 2011 de la autoliquidación del canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la cantidad de 66.328 €, y en las sucesivas autoliquidaciones semestrales hasta la del primer semestre de 2028 inclusive, la cantidad de 350.268 €.

2. Las cantidades a deducir se afectarán exclusivamente a los compromisos de financiación contraídos en relación con las obras del programa de infraestructuras hidráulicas de depuración que a continuación se relacionan y hasta el límite de la cofinanciación que corresponde al Consorcio de Aguas del Huesna, esto es, hasta el 26,4% del total de dicho programa que asciende a 9.357.955 euros:

CONSORCIO DE AGUAS DEL HUESNA TOTAL 1.
CUATRIENIO
2.º
CUATRIENIO
Agrupación de vertidos de Villanueva del Río y Minas, fase II 985.895,00 € 985.895,00 € 0
EDAR de VilIanueva del Río y Minas 1.212.711,00 € 1.212.711,00 € 0
Agrupación de vertidos y EDAR de Villanueva del Río 443.002,00 € 443.002,00 € 0
Agrupación de vertidos y EDAR de Alcolea del Río 1.082.286,00 € 1.082.286,00 € 0
Agrupación de vertidos y EDAR de CantilIana 2.586.573,00 € 2.586.573,00 € 0
Agrupación de vertidos y EDAR de La Monta (Núcleo del T.M. Cantillana) 176.833,00 € 176.833,00 € 0
Terminacion de colectores y EDAR de Tocina-Los Rosales 2.303.276,00 € 2.303.276,00 € 0
Agrupación de vertidos y EDAR de Brenes 3.508.258,00 € 3.508.258,00 € 0
Agrupación de vertidos y EDAR de Carmona 6.352.807,00 € 6.352.807,00 € 0
Agrupación de vertidos y EDAR de Guadajoz (Núcleo del T.M. de Carmona) 530.400,00 € 530.400,00 € 0
Agrupación de vertidos y EDAR de El Palmar de T. (Núcleo T.M. de Utrera) 811.453,00 € 811.453,00 € 0
Agrupación de vertidos y EDAR de GuadaIema Q. (Núcleo l T.M. de Utrera) 325.826,00 € 325.826,00 € 0
Agrupación de vertidos y EDAR de Trajano (Núcleo del T.M. de Utrera) 458.117,00 € 458.117,00 € 0
Agrupación de vertidos y EDAR de El Torbiscal (Núcleo del T.M. de Utrera) 64.113,00 € 64.113,00 € 0
Agrupación de vertidos y EDAR de Pinzón (Núcleo del T.M. de Utrera) 336.426,00 € 336.426,00 € 0
Agrupación de vertidos y EDAR de Los Molares 1.044.494,00 € 1.044.494,00 € 0
Terminación de colectores en Las Cabezas de San Juan 426.883,00 € 426.883,00 € 0
Agrupac. vertidos y EDAR de Las Marismillas (Núcleo T.M. Las Cabezas) 824.856,00 € 824.856,00 € 0
Agrupac. de vertidos y EDAR de Sacramento (Núcleo T.M. Las Cabezas) 86.133,00 € 86.133,00 € 0
Agrupac. de vertidos y EDAR de Vetaherrado (Núcleo T.M. Las Cabezas) 114.179,00 € 114.179,00 € 0
Agrupac. de vertidos y EDAR de San Leandro (Núcleo T.M. Las Cabezas) 114.165,00 € 114.165,00 € 0
EBAR Las Marismas (Lebrija) 594.586,00 € 594.586,00 € 0
Finalización de colectores y EDAR de El Cuervo 1.834.180,00 € 1.834.180,00 € 0
Agrupación de vertidos y EDAR de Los Palacios 4.542.007,00 € 4.542.007,00 € 0
Agrupación de vertidos y EDAR de Maribañez (Núcleo T.M. Los Palacios) 533.769,00 € 533.769,00 € 0
Agrupación de vertidos y EDAR de El Trobal (Núcleo T.M. Los Palacios) 470.640,00 € 470.640,00 € 0
Agrupación de vertidos y EDAR de Chapatales (Núcleo T.M. Los Palacios) 220.420,00 € 220.420,00 € 0
Terminación de agrupación de vertidos y EDAR de Lebrija 1.098.837,26 € 430.475,19 € 668.362,07 €
Terminación de agrupación de vertidos de Utrera 500.000,00 € 300.000,00 € 200.000,00 €
Terminación de agrupación de vertidos de El Viso del Alcor 102.192,02 € 102.192,02 € 0
Terminación de obras de saneamiento y depuración 1.761.482,72 € 131.487,79 € 1.629.994,93 €
Total Consorcio de Aguas del Huesna 35.446.800,00 € 32.948.443,00 € 2.498.357,00 €

er

3. En el caso de que las cantidades establecidas en el número 1 de este apartado fuesen superiores a los compromisos financieros contraídos por la entidad local, el exceso deberá aplicarse para efectuar las correspondientes amortizaciones anticipadas de las operaciones financieras, así como los gastos inherentes a dichas amortizaciones.

4. Si las referidas cantidades fuesen inferiores a los compromisos financieros contraídos, las cantidades a deducir de las autoliquidaciones semestrales del canon podrán ser objeto de revisión y nueva aprobación por Orden de la Consejería competente en materia de agua. La revisión se realizará a instancia de parte, siempre que se produzca una diferencia en más del 10%, o una vez transcurrido un plazo de 3 años desde que la presente Orden surta efectos o, en su caso, de cualquiera de sus revisiones.

Tercero. Adecuación Plan de Obras.

Antes del 1 de enero de 2012, y de conformidad con el procedimiento legalmente establecido, se podrá adecuar el plan de obras establecido en el Anexo de la Resolución de 6 de marzo de 2008, por la que se establece un canon de mejora a solicitud del Ayuntamiento de Sevilla, de la Mancomunidad de Municipios del Aljarafe, del Consorcio de Aguas del Huesna y del Consorcio de Abastecimiento y Depuración de Aguas Plan Écija, como administraciones integrantes del Consorcio Provincial de Aguas de Sevilla, en sus correspondientes ámbitos territoriales sustituyendo las obras de depuración por nuevas obras, informadas por la Comisión de Seguimiento del Convenio de colaboración suscrito el 24 de julio de 2006 entre la Agencia Andaluza del Agua y el Consorcio Provincial de Aguas de Sevilla.

Cuarto. Eficacia.

La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 19 de abril de 2011

JOSÉ JUAN DÍAZ TRILLO

Consejero de Medio Ambiente

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