Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 85 de 03/05/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 8 de abril de 2011, de la Dirección General de Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales, por la que se autorizan tarifas de agua potable en el Centro de Interés Turístico Nacional de Sotogrande (Cádiz). (PP. 1194/2011).

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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Delegación Provincial de Hacienda y Administración Pública de Cádiz, en virtud del artículo 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía, y en relación con el artículo 13 del Decreto 133/2010, de 13 de abril, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública,

RESUELVO

Autorizar las tarifas de abastecimiento de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Concepto Tarifas autorizadas
IVA excluido
CUOTA FIJA O DE SERVICIO
Diámetro del contador en mm
13 18 euros/trimestre
15 20 euros/trimestre
20 22 euros/trimestre
25 33 euros/trimestre
30 36 euros/trimestre
40 40 euros/trimestre
50 60 euros/trimestre
60 80 euros/trimestre
65 90 euros/trimestre
75 130 euros/trimestre
80 150 euros/trimestre
100 240 euros/trimestre
125 380 euros/trimestre
150 550 euros/trimestre
200 1.000 euros/trimestre
250 1.550 euros/trimestre

En el caso de que el contador sea comunitario o colectivo, la cantidad fija a pagar vendrá determinada por la suma de las cuotas de servicios correspondientes a cada una de las viviendas o locales, en su caso, afectos al suministro. A tal efecto, el calibre del contador asociado dependerá del tamaño de las viviendas y/o locales según la siguiente asignación:

Superficie vivienda/local Calibre
S < 100 m² 20 mm
100 < S < 150 m² 25 mm
S > 150 m² 30 mm
CUOTA VARIABLE O DE CONSUMO
Consumos residenciales (uso doméstico)
De 0 hasta 50 m³/trimestre 0,32 euros/m³
Más de 50 hasta 200 m³/trimestre 0,36 euros/m³
Más de 200 m³/trimestre 0,48 euros/m³
Consumos terciarios
De 0 hasta 400 m³/trimestre 0,36 euros/m³
Más de 400 m³/trimestre 0,48 euros/m³
DERECHOS DE ACOMETIDA
Parámetro A: 16,00 euros/mm
Parámetro B: 65,40 euros/L./seg.
CUOTA DE CONTRATACIÓN Y RECONEXIÓN
Calibre del contador en mm
13 36,61 euros
15 43,82 euros
20 61,85 euros
25 79,88 euros
30 97,91 euros
40 133,97 euros
50 170,03 euros
60 206,09 euros
65 224,12 euros
75 260,18 euros
80 278,22 euros
100 350,34 euros
125 440,49 euros
150 530,64 euros
200 710,94 euros
250 891,25 euros
300 1.071,55 euros
FIANZAS
Calibre del contador en mm
13 36 euros
15 50 euros
20 60 euros
25 120 euros
30 150 euros
40 250 euros
50 y superiores 350 euros

Esta Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 8 de abril de 2011.- La Directora General, Eva María Vidal Rodríguez.

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