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En el recurso contencioso-administrativo número 4352/2001, interpuesto por la Organización Sindical Asociación de Veterinarios Funcionarios de Andalucía contra la Resolución 26 de octubre de 2001, del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía, de la Especialidad de Veterinaria, en Centros Asistenciales del Organismo (BOJA núm. 129, de 8 de noviembre), la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del TSJA, sede de Granada, ha dictado sentencia con fecha 12 de febrero de 2007, que es firme, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
«Que, desestimando la causa de inadmisibilidad de defecto legal en el modo de proponer la demanda opuesta por la Administración demandada, debe estimar y estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el procurador D. María Jesús Candenas González, en nombre y representación de la Organización Sindical Asociación de Veterinarios Funcionarios de Andalucía, contra la Resolución del Servicio Andaluz de Salud, de 26 de octubre de 2001, publicadas en el BOJA de 8 de noviembre de 2001, mediante la cual se convocaban pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía, de la Especialidad de Veterinaria, en Centros Asistenciales del Organismo, anulando dicho acto administrativo en lo que respecta a los puntos II.1 y II.2, por no ser conformes a Derecho, y confirmándolo en todo lo demás; todo ello sin hacer especial pronunciamiento respecto de las costas procesales causadas en este procedimiento.»
En su virtud, y según lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y demás normativa de referencia y de conformidad con las competencias que le vienen atribuidas por la Ley 8/86, de 6 de mayo, del Servicio Andaluz de Salud, y por el Decreto 171/2009, de 19 de mayo, que establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, esta Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional
RESUELVE
Llevar a efecto el fallo judicial en sus propios términos, por lo que procede, en su cumplimiento, la adopción de los siguientes acuerdos:
Primero. Anular los subapartados II.1 y II.2 del apartado II «Valoración del Trabajo Desarrollado» del baremo de méritos contenido en el Anexo II de la Resolución de 26 de octubre de 2001, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía, de la Especialidad de Veterinaria, en Centros Asistenciales del Organismo (BOJA núm. 129, de 8 de noviembre).
Segundo. Anunciar que, como consecuencia de esta anulación, se dará nueva redacción a dicho baremo que será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución procede entablar incidente de ejecución ante la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, por ser el órgano que ha dictado la sentencia de 12 de febrero de 2007.
Sevilla, 8 de abril de 2011.- El Director General, Antonio José Valverde Asencio.
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