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Mediante Resoluciones de esta Delegación Provincial de fechas 16.2.2011, 22.2.2011 y 1.3.2011 (BOJA núms. 44, de 4 de marzo, 49, de 10 de marzo, y 53, de 16 de marzo, respectivamente), se dio publicidad a la relación de beneficiarios y cantidades concedidas para con la solicitudes de Ayudas de Acción Social, modalidad Médica, Protésica y Odontológica, presentadas en la provincia de Huelva durante el período 1 de octubre de 2010 a 31 de diciembre de 2010.
En el mismo acto, y sin perjuicio de las notificaciones personales, se anunciaban las relaciones de solicitudes inadmitidas por necesidad de subsanación de la documentación necesaria y de aquellas cuya propuesta era desfavorable a la concesión. En ambos supuestos, se habilitaban los correspondientes plazos, tanto para la aportación a que se refiere el art. 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, como para la presentación de las alegaciones que cada interesado tuviere por conveniente a su derecho. Habiendo transcurrido los plazos previstos y conforme la documentación recibida en cada caso, se ha procedido a la calificación de la misma con el fin de efectuar el definitivo pronunciamiento de las solicitudes a que se refiere este párrafo y durante el periodo antes expuesto.
I. Conforme a la disposición adicional cuarta de la Orden de 15 de septiembre de 2010, de delegación de competencias de la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública en las personas titulares de las Delegaciones Provinciales y según lo dispuesto en el art. 16.1.o) del Decreto 133/2010, de 13 de abril, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, resulta inicialmente competente la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, «gestión en materia de acción social», competencias anteriormente atribuidas a la persona titular de la Dirección General de Inspección y Evaluación en materia de acción social, con anterioridad a la reforma organizativa operada por art. 14.2.K) del Decreto 305/2008, de 20 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública, derogatorio del D. 121/2002, y la Orden de 27 de mayo de 2002, que publicaba el texto integrado de ambos Decretos, y, en lo que afecta al caso, las expresadas en la Orden de 18 de abril de 2001, por la que se aprueba el Reglamento de Ayudas de Acción Social para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía.
II. El ejercicio delegado de las competencias, por así disponerlo tanto el art. 6 del referido Reglamento como la disposición adicional segunda de la Orden que lo soporta, corresponde a las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de Hacienda y Administración Pública, respecto del personal que esté destinado en los servicios periféricos de cada provincia, la disposición adicional primera de la Orden de la Consejería de Justicia y Administración Pública, de 18 de abril de 2001 (BOJA núm. 53, de 10 de mayo), en relación con el Decreto 133/2010, de 13 de abril (BOJA núm. 71, de 14 de abril), que establece la estructura orgánica de esta Consejería.
Visto lo anterior,
DISPONGO
1.1. Anunciar la publicación de la relación de personas solicitantes de Ayudas de Acción Social destinadas de los servicios periféricos de la Junta de Andalucía en la provincia de Huelva que habiendo presentado su petición durante el periodo comprendido entre el 1.10.2010 y el 31.12.2010 y resultando inicialmente inadmitidas o excluidas mediante Resoluciones de 16.2.2011, 22.2.2011 y 1.3.2011, han subsanado los defectos que padecían su solicitudes en el plazo comprendido entre 1.1.2011 y 28.2.2011, precediéndose por tanto a su declaración como beneficiarias de Ayudas de Acción Social, modalidad Médica, Protésica y Odontológica.
1.2. Anunciar análoga publicación para con quienes, en las mismas circunstancias que refiere las Resoluciones de 16.2.2011, 22.2.2011 y 1.3.2011, no han procedido a la subsanación, no ha sido efectuada en los términos establecidos, no han formulado alegaciones o, de haberlas efectuado, no desvirtúan la primera calificación, teniendo sus procedimientos por finalizados.
1.3. A los efectos de los párrafos precedentes, los listados podrán ser examinados por los interesados, en la parte que les concierne, en las dependencias de la Sección de Acción Social, Servicio de Administración Pública, de la Delegación Provincial de Hacienda y Administración Pública de Huelva (Avda. Alemania, 14, de la ciudad de Huelva).
1.4. Lo manifestado en el apartado 1.2 no es obsta la notificación personal al interesado.
2.1. Exponer el régimen de recursos aplicable al presente acto, que pone fin a la vía administrativa:
1. En el supuesto del personal laboral, podrá interponerse reclamación previa a la vía laboral conforme a lo dispuesto en los artículos 120 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 69 y siguientes de la Ley de Procedimiento Laboral.
2. En el supuesto del personal funcionario o no laboral podrá interponerse recurso de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el Delegado Provincial de Hacienda y Administración Pública en Huelva.
3. Tanto en un caso como en el otro puede hacer uso de su derecho a presentar la documentación en cualesquiera de los registros administrativos a que se refiere el art. 38.4 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Huelva, 15 de abril de 2011.- El Delegado, Juan F. Masa Parralejo.
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