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NIG: 2904242C20100000300.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 120/2010.
Negociado: LG.
De: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A.
Procurador: Sr. Pedro Ballenilla Ros.
Contra: Mirella Alejandra Gutiérrez Cárdenas.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Procedimiento Ordinario 120/2010 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Coín a instancia de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., contra Mirella Alejandra Gutiérrez Cárdenas sobre, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA Núm. 28/2011
En Coín, a dieciséis de febrero de dos mil once.
Vistos por mí, doña Lidia Bermúdez Martín, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Coín y su partido, los presentes autos de juicio ordinario 120/2010 sobre reclamación de cantidad, seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., representada por el Procurador don Pedro Ballenilla Ros y asistida por el Letrado don Rodrigo Pérez Vivar, y de otra como demandada doña Mirella Alejandra Gutiérrez Cárdenas en situación de rebeldía procesal.
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador don Pedro Ballenilla Ros, en nombre y representación de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., contra doña Mirella Alejandra Gutiérrez Cárdenas, se acuerda:
1. Condenar a la demandada a abonar a la actora la cantidad de cinco mil ochocientos veintitrés euros con cincuenta y un céntimos de euro (5.823,51 €) más los intereses expresados en el fundamento jurídico tercero de esta resolución.
2. Imponer a la parte demandada el abono de las costas devengadas en este procedimiento.
Llévese la presente resolución al Libro de Sentencias de este Juzgado, dejando testimonio de la misma en autos.
Notifíquese esta resolución a las partes y hágaseles saber que contra ella cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga, a preparar mediante escrito que deberá ser presentado en este mismo Juzgado, en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a la notificación de la presente Sentencia. Para la interposición de dicho recurso será necesario consignar previamente la cantidad de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, correspondiente al presente procedimiento, conforme lo establecido en la disposición adicional decimoquinta introducida en la LOPJ en virtud de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, quedando excluidos de la constitución de este depósito los litigantes que tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita. Debe hacerse constar en el campo «concepto» del documento resguardo de ingreso que se trata de un «recurso» con indicación del tipo de recurso, seguido del código 02.
Así, por esta sentencia, lo pronuncia, manda y firma doña Lidia Bermúdez Martín, Juez de Primera Instancia e Instrucción del Juzgado núm. Dos de Coín y su partido.
Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Sra. Juez que la ha dictado constituida en audiencia pública, en el día de la fecha. Doy fe.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Mirella Alejandra Gutiérrez Cárdenas, extiendo y firmo la presente en Coín a ocho de marzo de dos mil once.- El/La Secretario.
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