Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 95 de 17/05/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 30 de marzo de 2011, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Cádiz, dimanante de procedimiento ordinario núm. 275/2008. (PP. 1149/2011).

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NIG: 1101242C20080001299.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 275/2008. Negociado: P.

De: Don José Serrano Martín.

Procurador Sr.: Antonio Medialdea Wandosell.

Letrada Sra.: Eva Caro Mateo.

Contra Estado Español y herederos desconocidos e inciertos de José Manuel Pascual Ortega.

Procurador/a Sr./a.: Abogado del Estado.

Letrado/a Sr./a.: Sr. Abogado del Estado.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 275/2008, seguido a instancia de José Serrano Martín frente a Estado Español y herederos desconocidos e inciertos de José Manuel Pascual Ortega, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

«SENTENCIA

En Cádiz, a cinco de noviembre de dos mil diez.

Vistos por el Ilmo. Sr. don Pablo Sánchez Martín, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de esta ciudad, los presentes autos de juicio declarativo ordinario núm. 275/08 instados por el Procurador don Antonio Medialdea Wandossell en nombre y representación de don José Serrano Martín, asistido por la Letrada doña Eva Caro Mateo, contra Herederos de don José Manuel Pascual Ortega, habiendo comparecido el Abogado del Estado.

Fallo: Que desestimando la demanda interpuesta por el Procurador don Antonio Medialdea Wandossell en nombre y representación de don José Serrano Martín, debo declarar y declaro no haber lugar a declarar acreditado el dominio que ejerce el actor de los 2.000 metros cuadrados procedente de su segregación de la finca registral núm. 2.826, inscrita en el Registro de la Propiedad de Barbate, al Tomo 11.054, Libro 123, Folio 169, inscripción 3.ª, que le fue vendida por don José Manuel Pascual Ortega el 9 de septiembre de 1987, al no haberse operado la transmisión de la propiedad de la misma a favor de don José Serrano Martín; todo ello con imposición de las costas causadas a la parte actora.

Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación que se presentará en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y para su resolución por la Audiencia Provincial de Cádiz.

Se hace saber a las partes que para la admisión a trámite del recurso que pudieren interponer contra la presente resolución, deberán constituir el Depósito en la Cuenta de Consignaciones y Depósitos de este Juzgado que previene el artículo 19 de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre (BOE núm. 266, de 4 de noviembre de 2009) sin cuyo requisito no será admitido a trámite el recurso.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.» Y encontrándose dicho demandado, herederos desconocidos e inciertos de José Manuel Pascual Ortega, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Cádiz, a treinta de marzo de dos mil once.- El/La Secretario/a Judicial.

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