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Mediante la Resolución de 19 de julio de 2010, del Instituto de Estadística de Andalucía (BOJA núm. 152, de 4 de agosto), se convocaron tres becas de formación y dos de investigación en el área de la estadística pública para el ejercicio 2010 cuya concesión correspondía al Instituto de Estadística de Andalucía.
Esta convocatoria se rige por lo dispuesto en la Orden de 20 de agosto de 2008 de la Consejería de Economía y Hacienda (BOJA núm. 169, de 26 de agosto), por la que se establecen las normas reguladoras de la concesión de becas de formación e investigación por el Instituto de Estadística de Andalucía.
Por Resolución de 24 de noviembre de 2010, del Instituto de Estadística de Andalucía, se adjudicaron tres becas de formación y dos becas de investigación. Al no proceder a la aceptación de la beca una de las beneficiarias de una beca de formación, se procedió a su sustitución resultando adjudicada Elisa Ávila Cortázar en virtud de la Resolución de 30 de noviembre de 2010 del Instituto de Estadística de Andalucía.
Teniendo en cuenta las memorias realizadas por las cinco personas becarias de formación e investigación y el informe favorable del Servicio de Estudios, Síntesis y Métodos Estadísticos y habida cuenta de las disponibilidades presupuestarias del Instituto de Estadística de Andalucía y con arreglo a lo dispuesto en el Decreto 44/1993, de 20 de abril, por el que se regulan los gastos de las anualidades futuras, y el art. 5.2 de la Orden reguladora de dichas becas,
RESUELVO
Primero. Prorrogar el disfrute de las becas adjudicadas mediante las Resoluciones de 24 de noviembre y de 30 de noviembre de 2010, por un período de nueve meses, a las personas beneficiarias siguientes:
PERSONAS BECARIAS DE FORMACIÓN | |
Ávila Cortázar, Elisa | 47.003.724-G |
Caballero Blanco, Montserrat | 44.297.082-W |
Gallardo Estévez, Beatriz Natividad | 75.147.715-E |
PERSONAS BECARIAS DE INVESTIGACIÓN | |
De los Santos Mora, Manuel | 45.658.648-Z |
Ordóñez Cano, Raúl | 50.607.525-G |
Las fechas de inicio y final del disfrute de esta prórroga son 1 de junio de 2011 y 28 de febrero de 2012, respectivamente.
Segundo. La asignación mensual de las becas objeto de esta prórroga será de 1.239,84 €/mes para las becas de formación y de 1.340,64 €/mes para las de investigación una vez revisada la cuantía inicial de la beca, según lo previsto en el artículo 4.3 de la Orden de 20 de agosto de 2008, por la que se establecen las normas reguladoras de la concesión de becas de formación e investigación por el Instituto de Estadística de Andalucía.
Tercero. Notifíquese esta Resolución a las personas interesadas.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la misma, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 10 de mayo de 2011.- El Director, Ignacio Pozuelo Meño.
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