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Habida cuenta de que no ha sido posible la notificación en el domicilio conocido, y de conformidad con el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publican para que sirvan de notificación las resoluciones dictadas por esta Delegación Provincial, por las que se acuerda la del derecho a la prestación no contributiva, a los beneficiarios que se citan en el Anexo adjunto.
Lo que se le notifica, indicándole que contra dicha Resolución podrá interponer reclamación previa a la vía de la jurisdicción laboral, ante esta Delegación Provincial dentro de los treinta días siguientes a la fecha de recepción de estas notificaciones, conforme a lo dispuesto en el art. 71 del Texto Refundido la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por R.D.L. 2/1995, de 7 de abril (BOE de 11 de abril).
ANEXO
Exptes. extinción PNC referidos a la localidad de Cádiz.
Doña Antonia Junquera Castelo.
DNI: 31203970.
C/ San Juan, 38, 3D.
Fecha de la resolución: 24.3.11.
Cádiz, 29 de abril de 2011.- La Delegada, Manuela Guntiñas López.
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