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EDICTO
Por Resolución de la Alcaldía de fecha 6 de mayo de 2011, se aprobaron las bases y la convocatoria para cubrir las 2 plazas de Auxiliares Administrativos vacantes en la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento, mediante sistema de concurso-oposición, y cuyo tenor literal es el siguiente:
BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA, PARA LA PRO-VISIóN EN PROPIEDAD, POR CONSCURSO-OPOSICIóN, DE DOS PLAZAS, ESCALA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, SUBESCALA AUXILIAR, DENOMINACIóN AUXILIAR ADMINISTRATIVO (áREA DE INTERVENCIóN)
Primera. Objeto de la convocatoria.
Es objeto de las presentes bases la provisión en propiedad de las plazas que se incluyen en las Ofertas Públicas de Empleo correspondientes a los ejercicios de los años 2010 y 2011, cuyas características son:
- Grupo: C; Subgrupo C2; Clasificación: Escala de Administración General; Subescala: Auxiliar Administrativo; Número de vacantes: 2; Denominación: Auxiliar Administrativo, (Área de Intervención).
Las plazas referidas están adscritas al área de Intervención del Ayuntamiento de Peligros.
El sistema selectivo elegido es el concurso-oposición libre.
Segundo. Condiciones de admisión de aspirantes.
Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
e) Poseer la titulación de graduado en educación secundaria o equivalente.
f) Comprometerse a realizar el juramento o promesa del cargo, tal y como se establece en el artículo 1 del Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.
Tercero. Forma y plazo de presentación de instancias.
Las solicitudes para tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes Bases Generales para las plazas a las que se opta, se dirigirán a la Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Peligros, y se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de las publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
En relación con la presentación, habrá que estar a lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma y en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada, así como en la web municipal: www.ayuntamientopeligros.es.
La solicitud deberá ir acompañada por:
1. Fotocopia del DNI o, en su caso, pasaporte.
2. Fotocopia compulsada del título que permite el acceso al Grupo correspondiente (artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público).
3. Justificante del pago de 19,40 euros, en concepto de derecho de examen, y que deberá ingresarse en la cuenta municipal núm. 2031.0146.06.0100050043.
4. Listado ordenado de méritos a tener en cuenta a la fase de concurso y méritos y circunstancias alegadas que deban ser valoradas (fotocopia compulsada).
Cuarto. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos.
En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en la web municipal, se señalará un plazo de diez días hábiles para subsanación.
Asimismo, se anunciará en el Boletín Oficial de la Provincia el día, hora y lugar en que habrá de realizarse el primer ejercicio de selección. El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en el tablón de edictos de la Corporación; en este supuesto, los anuncios de la celebración de las sucesivas pruebas deberán hacerse públicos por el órgano de selección en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior, con doce horas, al menos, de antelación al comienzo de este, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo.
Si no se formularan reclamaciones, será definitivamente aprobada la relación de aspirantes.
Quinto. Tribunal Calificador.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.
El Tribunal Calificador estará integrado por los siguientes funcionarios de carrera:
Presidente titular: Don Juan Carlos Pérez Gamarra.
Presidente sustituto: Don Juan José Monedero Navas.
Secretario titular: Don Luis María Coronel Escribano.
Secretaria sustituta: Doña Concepción López López.
Vocales titulares: Don Miguel Ángel Peláez Gutiérrez.
Doña Petra Díaz Oset.
Doña Carmen Olivencia Dueso.
Vocales sustitutos: Don Luis J. Rojas Jiménez.
Don Ángel Fernández-Cuevas Fernández.
Doña Teresa Martínez Blánquez.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que daba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el Tribunal, por mayoría.
Sexta. Sistema de selección y desarrollo del proceso.
El proceso de selección será el de concurso-oposición:
6.1. El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:
a) Concurso.
b) Oposición.
6.2. Previamente a la fase de oposición se realizará la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio.
6.3. El Tribunal se reunirá antes de la celebración del primer ejercicio, para valorar los méritos y servicios de la fase de concurso. El escrito resultado de ésta ha de contener para cada aspirante la puntuación global obtenida en la fase de concurso, con indicación, además, de la puntuación por méritos profesionales, cursos, seminarios, congresos y jornadas, no debiendo, en ningún caso, sobrepasar los límites que se expresan en el apartado de la base 6.10 «aplicación del concurso». Dicho escrito ha de publicarse en el tablón de anuncios de la Corporación con al menos una antelación de 48 horas a la realización del primer ejercicio.
6.4. La realización del primer ejercicio y fecha máxima para presentación de la memoria, se publicará en el BOP, conjuntamente con la relación de los aspirantes admitidos.
6.5. La fecha, lugar y hora de realización de los sucesivos ejercicios se anunciarán con una antelación mínima de 48 horas, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Por tanto, no será obligatoria su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
6.6. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En la realización de las pruebas en que tengan que actuar individualmente los aspirantes, se comenzará por el primer opositor cuyo primer apellido, según la lista de admitidos ordenada alfabéticamente, y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de 24 de enero de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, comience con la letra «U».
6.7. En cualquier momento el tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
6.8. Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
6.9. Valoración de méritos:
Fase de concurso:
Méritos profesionales:
1. Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración Local, en plaza o puesto de igual o similar contenido (Área de Intervención) al que se opta: 0,15 puntos.
2. Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier Administración Pública, en plaza o puesto de igual o similar contenido (Área de Intervención) al que se opta: 0,05 puntos.
Los servicios realizados en la Administración Local se justificarán con un certificado de servicios emitido por el fedatario municipal o provincial correspondiente, o en su caso, de la Administración Pública correspondiente.
Cursos y seminarios, congresos y jornadas:
Siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que se opta y sean impartidos u homologados por entidades, instituciones o centros públicos, incluidas todas las acciones formativas realizadas al amparo de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones Públicas, cuyo contenido guarde relación directa con las funciones propias de la plaza a la que se opta.
Por la participación como asistente:
De 0 a 16 horas: 0,20 puntos.
De 17 a 70 horas: 0,35 puntos.
De 71 a 100 horas: 0,45 puntos.
Los cursos en los que no se exprese duración conforme a la escala anterior, no podrán ser valorados.
Los cursos solo podrán ser justificados mediante copia compulsada de cualquier documento acreditativo.
Antes de comenzar la fase de oposición, se procederá a valorar los méritos aducidos por los opositores.
6.10. Aplicación del concurso.
Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a efectos de establecer el orden definitivo de aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.
El número máximo de puntos que se otorguen en la fase de concurso será el siguiente:
- Méritos profesionales: 7 puntos.
- Cursos, seminarios, congresos y jornadas: 1 punto.
Las puntuaciones totales otorgadas a los aspirantes en concepto de valoración de méritos serán hechas públicas en el tablón de edictos de la Corporación, con anterioridad a la publicación de las calificaciones del primer ejercicio de la fase de oposición.
Fase oposición:
6.11. Fase de oposición: Constará de los siguientes ejercicios, eliminatorios cada uno de ellos y obligatorios para todos los aspirantes:
Primer ejercicio eliminatorio: Consistirá en la presentación de una memoria cuya temática versará sobre el contenido de las funciones a desempeñar por el puesto al que se oposita y en relación con los temas contenidos en cada apartado del Anexo II de esta convocatoria. La Memoria se presentará escrita a ordenador (Arial 12), a doble espacio y por una sola cara, no pudiendo exceder de 40 folios.
La memoria será presentada por duplicado ejemplar en el Registro General del Ayuntamiento de Peligros en el plazo máximo que se indique en el BOP. La falta de presentación de la Memoria por parte de un aspirante en dicho plazo improrrogable, supondrá la automática eliminación de este proceso selectivo.
Los aspirantes serán convocados por el Tribunal mediante anuncio en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web para la exposición de la mencionada memoria. El Tribunal formulará exclusivamente preguntas, sobre el tema o temas desarrollado por los aspirantes en la Memoria, durante un periodo máximo de 45 minutos.
El Tribunal valorará especialmente la comprensión de los conocimientos, la claridad en la exposición de las ideas y la calidad de expresión.
Segundo ejercicio eliminatorio: Consistirá en contestación de un cuestionario de 50 preguntas tipo test con cuatro respuestas alternativas, siendo una la respuesta correcta. El tiempo máximo para la realización de esta prueba será determinado previamente por le Tribunal. Dicho ejercicio versará sobre las materias contenidas dentro del Anexo II, B) parte específica.
Tercer ejercicio eliminatorio: Consistirá en la realización, durante un plazo máximo de una hora, de uno o varios supuestos prácticos previamente determinados por el Tribunal, que guarden relación directa con el trabajo a desarrollar en los puestos de trabajo a los que se opta.
6.12. La puntuación máxima que se podrá otorgar para cada ejercicio será de 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos.
6.13. El cómputo de la puntuación de cada ejercicio se hará mediante la media aritmética de las notas dadas por los miembros del tribunal.
6.14. La puntuación total de la fase de oposición será el resultado de la media aritmética obtenida con la suma de las tres notas de los ejercicios en los que se desglosa esta fase.
6.15. La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de la fase de oposición y de la del concurso. En caso de empate se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en la fase de oposición, si persistiera el empate se estará a quien haya obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio, y si continuase el empate, a quien haya obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio.
Séptimo. Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, los Tribunales harán pública la relación de aprobados por orden de puntuación en el tablón de edictos del Ayuntamiento, precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas vacantes convocadas. Dicha relación se elevará a la Presidenta de la Corporación, que la publicará, una vez realizado el nombramiento, en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada.
Los aspirantes propuestos aportarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días naturales desde la publicación de la lista definitiva de aprobados en el tablón de edictos del Ayuntamiento, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación de la Administración u Organismo del que dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
La resolución de nombramiento será adoptada por la Alcaldía a favor de los aspirantes propuestos por el Tribunal, quienes deberán tomar posesión dentro del plazo que se establezca de acuerdo con lo establecido en el artículo 62 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. El plazo para tomar posesión será de 30 días naturales a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución. De no tomarse posesión en el plazo requerido sin causa justificada, se entenderá como renuncia a la plaza obtenida.
Octavo. Incidencias.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Granada, a partir del día siguiente al de la publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo).
En lo no previsto en las bases, será de aplicación el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de Medidas par la Reforma de la Función Pública el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
ANEXO I
D. ..............................................................................., con DNI núm. ..............................., y domicilio a efectos de notificación en .............................................................................................................................................,
EXPONE
Primero. Que vista la convocatoria anunciada en el Boletín Oficial del Estado núm. ......., de fecha ........................., en relación con la convocatoria para la provisión en propiedad mediante el sistema de concurso oposición de dos plazas de Auxiliar Administrativo, conforme a las bases que se publican en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada número ......., de fecha .......................
Segundo. Que cree reunir todas y cada una de las condiciones exigidas en las bases referidas a la fecha de expiración del plazo de presentación de la instancia.
Tercero. Que declara conocer las bases generales de la convocatoria para la provisión en propiedad de dos plazas de Auxiliares Administrativos (Área de Intervención), mediante el sistema de concurso-oposición.
Cuarto. Que adjunta el justificante de pago de los derechos de examen y la documentación acreditativa de los méritos alegados.
Por todo ello,
SOLICITA
Que se admita esta solicitud para las pruebas de selección de personal referenciada.
En .........................., a ........ de ........................ de 2011.
El solicitante,
Fdo.
ANEXO II
TEMARIO
A) PARTE GENERAL:
Tema 1. La Constitución Española. Proceso Constituyente. Estructura y contenido esencial. Procedimiento de reforma.
Tema 2. Organización territorial de la Comunidad autónoma de Andalucía. Estatuto de Autonomía de Andalucía. Derechos sociales, deberes y políticas públicas.
Tema 3. El régimen local español. Principios constitucionales. Regulación jurídica. Clases de Entidades Locales. El régimen electoral aplicable a las Corporaciones Locales. El municipio: Organización. Término municipal. Padrón de Habitantes. La Ley de Autonomía Local de Andalucía.
Tema 4. Los bienes de las Entidades Locales. Clases de bienes. Patrimonio de las Entidades Locales. Prerrogativas respecto a sus bienes. La legislación de bienes de las Entidades Locales en Andalucía.
Tema 5. El personal al servicio de la Administración local. Clases. Derechos y obligaciones. Sistema de retribuciones. Régimen Disciplinario.
Tema 6. Ofimática. Bases de datos y hojas de cálculo.
B) PARTE ESPECÍFICA:
Tema 7. Principios Constitucionales del Ordenamiento Jurídico Tributario. Fuentes del Ordenamiento Tributario.
Tema 8. La iniciativa económica Local. Régimen Jurídico.
Tema 9. Concepto de Tributo. Clases de tributos. Elementos del tributo: Hecho imponible, Obligados tributarios, exenciones. Las obligaciones tributarias. Los responsables tributarios.
Tema 10. Base imponible, base liquidable, tipo de gravamen, cuota tributaria. Clases de tributos.
Tema 11. Sistema tributario local. Normativa aplicable. Competencia general de las Haciendas locales para la gestión de sus tributos.
Tema 12. Procedimientos de liquidación de los tributos.
Tema 13. Notificación de los actos de liquidación.
Tema 14. La deuda tributaria. La prescripción. Extinción de la deuda tributaria. Pago.
Tema 15. Procedimiento de recaudación tributaria. Tipos de ingresos y periodos.
Tema 16. Formas de extinción de las deudas tributarias.
Tema 17. Aplazamientos y fraccionamientos de la deuda tributaria.
Tema 18. El procedimiento de apremio. Inicio, desarrollo y terminación del procedimiento de apremio.
Tema 19. Infracciones y sanciones tributarias. Calificación de las infracciones y tipología.
Tema 20. Procedimiento sancionador en materia tributaria. Principios informadores. Extinción de la responsabilidad.
Tema 21. Revisión en vía administrativa de los actos tributarios. La revocación. La rectificación de errores. La devolución de ingresos indebidos.
Tema 22. Las reclamaciones económicas-administrativas. Disposiciones generales. Órganos competentes. El procedimiento general económico-administrativo. El procedimiento abreviado.
Tema 23. Procedimientos de comprobación e inspección de sus tributos. Régimen Jurídico. Fases.
Tema 24. Documentación de las actuaciones inspectoras. Clases de actas de inspección.
Tema 25. Disposiciones especiales del procedimiento inspector. Otras actuaciones inspectoras.
Tema 26. El Presupuesto General de las Entidades Locales: Concepto y contenido. Especial referencia a las bases de ejecución del Presupuesto. La elaboración y aprobación del Presupuesto General. La prórroga presupuestaria.
Tema 27. Los créditos del presupuesto de gastos: Delimitación, situación y niveles de vinculación jurídica. Las modificaciones de crédito: Clases, concepto, financiación y tramitación.
Tema 28. La ejecución del presupuesto de gastos y de ingresos: Sus fases. Los pagos a justificar. Los anticipos de caja fija.
Tema 29. Los gastos de carácter plurianual. La tramitación anticipada de gastos.
Tema 30. La liquidación del presupuesto. Concepto y contenido. La elaboración y aprobación.
Contra las presentes bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Granada, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Peligros, 6 de mayo de 2011.- La Alcaldesa, Rosa Ruiz Huertas.
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