Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 10 de 17/01/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

Resolución de 10 de enero de 2012, de la Dirección General de Fondos Agrarios, por la que se anuncia la publicación de las comunicaciones de asignación provisional de derechos de pago único por nuevas incorporaciones para el año 2012 en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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El Real Decreto 1680/2009, de 13 de noviembre, de aplicación del régimen de pago único en la agricultura y la integración de determinadas ayudas agrícolas en el mismo a partir del año 2010, establece en su Capítulo III las disposiciones relativas a la asignación de derechos; en concreto y por lo que respecta a la asignación de derechos provisionales correspondientes al año 2012, su artículo 14.1 establece que dicha asignación provisional deberá ser comunicada a las personas interesadas antes del 31 de enero de 2012 a efectos de que puedan formular alegaciones.

Conforme a lo establecido en el artículo 15 del referido Real Decreto 1680/2009, las Comunidades Autónomas, una vez que el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (actual Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente) haya enviado los datos necesarios para tal fin, remitirán a los beneficiarios del régimen de pago único, definidos en el artículo 3.1.b) del mismo, por cualquiera de las formas posibles que permitan a los mismos el conocimiento de sus propios datos, incluida la posibilidad de acceso a las bases de datos, una comunicación de derechos provisionales que contendrá al menos la siguiente información:

a) El importe de referencia establecido como consecuencia de la incorporación de las ayudas de cada uno de los sectores en régimen de pago único.

b) El número de hectáreas, si procede, establecido como consecuencia de la incorporación de las ayudas de los sectores en régimen de pago único.

c) El número y valor de los derechos de ayuda provisionales que se determinen.

Haciendo uso de esta posibilidad, en la Comunidad Autónoma de Andalucía se llevará a cabo la publicación de las comunicaciones de asignación provisional de derechos en la página web de la Consejería de Agricultura y Pesca.

Por razón de lo expuesto, en virtud y uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y, en particular, el Decreto 38/2007, de 13 de febrero, que me asigna el ejercicio de las funciones de dirección del Organismo Pagador de los Fondos Europeos Agrícolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 100/2011, de 19 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca,

RESUELVO

Primero. Publicidad de las comunicaciones.

En relación con el procedimiento relativo a la asignación provisional de derechos de pago único por nuevas incorporaciones para la Campaña 2012, prevista en el Capítulo III del Real Decreto 1680/2009, de 13 de noviembre, se anuncia la publicación de las comunicaciones sobre asignación provisional de derechos de ayuda de pago único por incorporación de nuevos sectores para la Campaña 2012 en la página web de la Consejería de Agricultura y Pesca: http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/portal/servicios/ayudas/ayudas-pac/derecho-de-pago-unico/index.html.

Segundo. Alegaciones.

1. Aquellos agricultores y agricultoras que estén en desacuerdo con los datos correspondientes a los derechos provisionales que se les comuniquen podrán presentar alegaciones en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dirigidas al Director General de Fondos Agrarios durante el plazo de presentación de la solicitud única.

2. Los impresos para la presentación de las alegaciones indicadas en el párrafo anterior, que recogen la información mínima que figura en el Anexo II del Real Decreto 1680/2009, de 13 de noviembre, estarán a disposición de todos los agricultores y agricultoras interesados en la página web de la Consejería de Agricultura y Pesca: http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/portal/servicios/ayudas/ayudas-pac/derecho-de-pago-unico/index.html.

Tercero. Solicitud de admisión al régimen de pago único.

De conformidad con el artículo 14.3 del citado Real Decreto 1680/2009, de 13 de noviembre, todos aquellos agricultores y agricultoras a los que se les vayan a asignar derechos y que no posean en propiedad derechos de pago único previos en el momento de presentar su solicitud única o que pertenezcan a sectores que se incorporan por primera vez al régimen de pago único deberán solicitar en la Comunidad Autónoma en la que presenten la solicitud única el año de integración del correspondiente sector, la admisión al régimen de pago único para poder participar en el mismo y recibir la asignación de derechos definitivos que le correspondan.

Cuarto. Efectos.

La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 10 de enero de 2012.- El Director General, Pedro Zorrero Camas.

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